Convenio de Adhesión por Suspensiones Art. 223 bis LCT en el marco de la Emergencia para Comercio (CCT 130/75) ante el MTEySS.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) elaboró un modelo de acuerdo para las suspensiones dispuestas en los términos del Art. 223 bis de la Ley 20.744.
Recordemos, que días atrás, la FAECyS y las Cámaras de Comercio firmado un acuerdo marco para este tipo de suspensiones, así como también las asignaciones compensatorias otorgadas en dinero en virtud de lo dispuesto en el DNU N° 332/2020, modificado por DNU 376/20.
Estas asignaciones no remunerativas, no podrán ser en su conjunto inferiores al 75 % del salario neto que hubieran percibido los empleados de comercio prestando servicios de manera normal y habitual durante los meses de abril y mayo de 2020.
Modelo de acuerdo
Temas Relacionados
Acuerdo marco FAECyS y cámaras de comercio
Ejemplos de liquidación del acuerdo
leandro dice
hola ignacio, queria saber si pueden reducir el sueldo de todos los empleados, en este caso un 10% sin estar suspendidos, algunos trabajando en la empresa y otros desde la casa y en mi caso en particular, siendo paciente de riesgo, muchas gracias.
Natalia dice
Hola Ignacio, en Gastronómicos firmaron acuerdo el 29 de Abril, que decía que se podía notificar por medios electrónicos, whatsApp o teléfono, apelando a la buena fe y que si los empleados ya venían sin concurrir a su lugar de trabajo NO hacía falta notificarlos de la suspensión,
Ahora, el 29 de Mayo la Homologación dice que el inicio de la suspensión debe ser notificado por escrito en todos los casos, pudiendo utilizar medios electrónicos disponibles…..
Cómo se hace para cumplir con esto que determina la Homologación en forma retroactiva?? Cómo se notifica a los empleados para no tener futuros problemas?? Qué debería decir la notificación??
Gracias.-
viviana dice
Una consulta hay que notificar al trabajador previamente?? por que via se hace ??
Gabriela dice
Hola Ignacio, quería consultarte yo soy empleada de comercio y trabaje todo mayo en venta online 8 horas diarias y el 11 de mayo comencé a trabajar en el local físicamente 8 horas diarias también nos corresponde el 75% de salario o el salario total? Espero me puedas responder ya que somos varias personas que trabajamos igual. GRACIAS
Natalia dice
Aunque el empleador tengo menos de 5 empleados deben de informar al ministerio de trabajo la suspensión?
¿como se hace?
Jonathan dice
En este acuerdo de que se paga el 75% a los empleados ,para el caso de los trabajadores suspendidos se les puede no pagar el presentismo ????si es asi en que norma esta esto.
Fany dice
consuelta hago las notas de empleados de comercio, para el ministrio, y còmo las presento??? a dònde ya que aqui el ministerio està cerrado.
Santiago dice
Hola ignacio, nosotros todo el mes de abril trabajamos normal, este mes estamos trabajando 5hs en lugar de 9hs, nos van a pagar el 75% este mes, es asi? Y cobramos el atp por el mes de abril que cobramos el 100% pero nuestro empleador nos dijo que lo tomemos a cuenta de el sueldo de este mes , dentro del 75%. Esto esta bien o deberian abonarnos el 100% el mes de mayo dado que estamos trabajando y tenemos el atp. Muchas gracias.
Gabriela dice
Ignacio buen día. Empleador persona física (Abogado) con un único empleado. Intento enviar mail con modelo de presentación de comercio a [email protected] y rechaza el mail y por TAD no me deja enviarlo si no adjunto balances. Sabes cómo se debe hacer? Gracias!!!!
Tenía el mismo problema. Adjunté un archivo en .pdf que solo dice: La empresa es unipersonal y no practiva balances.
Fue una forma de saltar la limitación del sistema.
hola Luis, ¿y te lo aceptaron asì? es decir en donde hay que adjuntar balances, entiendo que vos adjuntaste esto, no? ¿yte homologaron? Yo hice una consulta por TAD pero no obtuve respuesta
gracias!
Que se pondria en TAD, donde pide Información sobre la Entidad que representa a los trabajadores
N° de Legajo
cuit
Denominacion
Si estos son los datos del sindicato, para aquellos empleadores que tienen mas de un comercio y los representa mas de un sindicato?
Hola Daniela, Yo tambien estoy con la misma duda.. vos ya lo solucionaste?
Hola quisiera consultar respecto de la presentación de la nota del art 223 ya que refieren a que debe ser presentado por abogado,
El bogado deber firmar también la nota como apoderado de la Empresa
La presentación se realiza via mail a mesa deentradastrabajo.gov.ar, para el caso de ingresar por clave fiscal es la clave fiscal de la empresa o del abogado???
Los 3 balances certificados por Consejo es obligatorio adjuntar o solo la nómina de empleados??
Ignacio, yo nunca deje de trabajar , desde el 20 de Marzo estoy home office, en Abril me liquidaron con el art 223 y solo me pagaron la os, No tengo aportes ni faecys. Nunca me notificaron de nada tampoco. En que me perjudica esto?
IGNACIO, Una empleada de comercio que está embarazada, no asiste al trabajo por ser de riesgo, no se puede suspender. Se liquida normalmente, todo remunerativo, se hace alguna aclaración. Muchas gracias!
¿La firma de los empleados va en el anexo?
Buenas tardes una consulta. El registro de acuerdos homologados ya se puede consultar? En donde sería? No puedo encontrarlo. Muchas gracias
Hola!! Yo estoy trabajando horario normal desde q se decreto la cuarentena….me avisaron q a partir del 18/05 debo trabajar día por medio…. estoy en blanco desde el año 2008..
. rengo q cobrar el sueldo íntegro o tengo algún descuento?? Gracias
En principio t contesto, que deberías cobrar lo mismo que venias cobrando, lo que se reducen son los aportes y contribuciones patronales y jubilación, pero la OS seguís aportando normalmente, en especial aquellos que derivan aportes.