Liquidación de haberes para el mes de Octubre 2013. Empleados de Comercio CCT 130/75.
Si tendremos novedades para la liquidación de noviembre donde se aplica el segundo y último tramo del aumento salarial acordado en la paritaria 2013.
Pero este artículo se refiere a octubre así que veamos como realizar la liquidación mediante un caso práctico.
Datos para la liquidación
Feriado del 14 de Octubre: no trabajó
Jornada: Completa
El básico para el mes de Octubre de 2013, es el mismo que determinamos en la liquidación de mayo, y lo podemos lo podemos buscar en la escala para cada categoría. Para el caso de un Administrativo A es de $ 5.276,22.
Ahora, para determinar el monto para los días normales trabajados en el mes, calculamos el valor día:
5.276,22 / 30 = 175,87
y lo multiplicamos por la cantidad de días, en este caso 29:
175,87 x 29 = $ 5.100,35
Feriado no trabajado: $211,05
Corresponde al Feriado del 14 de octubre que, según los datos del ejemplo, el trabajador no prestó servicios en ese día.
Veamos la forma de cálculo:
5.276,22 / 25 = 211,05 por el feriado
o lo que es lo mismo, sumarle un 20% al valor día normal 175,87 + 20% = 211,05
Ese 20% que se obtiene es lo que algunos denominan “plus por feriado.”
Es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
5.276,22 x 5 x 1% = 263,81
En la liquidación de mayo, vimos como calcular el aumento salarial no remunerativo acordado en la última paritaria, pero a modo de resumen digamos que es el 14% sobre el básico de mayo:
738,67 / 30 = $ 24,62
y lo multiplicamos por la cantidad de días, en este caso 29:
24,62 x 29 = $ 714,05
Feriado no trabajado: $29,55
Al igual que como hicimos con las sumas remunerativas, debemos determinar el valor del día feriado sobre el acuerdo no remunerativo.
Veamos la forma de cálculo:
738,67 / 25 = $ 29,55 por el feriado
Asistencia y puntualidad: $61,97
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para
este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el
cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este
porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
- 3% de Obra Social
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al
sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo
consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que
tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede
cambiar.
Hasta aquí el ejemplo, como siempre, espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
Anónimo dice
Hola Ignacio no puedo modificar la planilla de los sueldos…no se si me faltara algún programa.
Quería saber si por trabajar 6hs (empleada de comercio, Administrativa A) hay que descontar la O.Social como en la 1/2 media, es decir, doble como si trabaja la jornada entera.
Espero tu respuesta. Muchas gracias.
Rocio
hola soy estudiante de ciencias económicas y necesito conocer cual es el porcentaje y cada una de los conceptos que debe pagar el empleador en concepto de contribuciones patronales, y cuales son los porcentajes que debería retener como aportes personales. siempre tratando de empleados de comercio.
Gracias
Hola Ignacio, tenes alguna planilla para liquidacion final por renuncia este 2013? Empleados de comercio. Besos
hola Ignacio una consultas soy empleada de comercio, estoy como categoria A, me liquidan por 4 horas, pero trabajo 6hs de lun a vier. 30hs semanales. estoy cobrando en blanco $2700 y $400 en negro. obviamente las supuestas horas extras en negros , me la pagan normal. mi jefe dice que no puede liquidarme por 6hs. cuanto tendría que estar cobrando? muchas gracias
Si amigo reclama yo trabajo 36 horas semanales y de bolsillo ganó lo mismo que vos. Vos tendrías que tener exactamente el mismo recibo de sueldo que Ignacio pone en el ejemplo compara el tuyo con el de ellos y fíjate lo que falta! Saludos! Y espero lo soluciones!
Hola Ignacio , un consulta. Estoy anotada en sindicato de comercio, trabajo en blanco, 9hrs de lunes a viernes. Mi categoria es de 5276,22 administrativo A – 45 hrs semanales
Pero en mi basico me figura, $3957,17…. total neto 4500 aprox.
A que se debe eso? me estan liquidando menos horas en blanco que las que trabajo? o a que se podria deber eso de que me paguen menos que el acuerdo?
espero tu respuesta para saber si debo o no reclamar!
muchas gracias!
Yo trabajo en un call center 36 horas semanales y de bolsillo me llevó 4350 aprox. Vos haces 9 horas más que yo y ganas lo mismo… Sin saber mucho me doy cuenta que te están robando
Hola Ignacio, este modelo tambien se aplica a la liquidacion de Vendedor? y una ultima consulta, es legal el "básico absorbible"?
Ignacion, a mi no se me pagan los feriados. Ni tampoco un adicional con la vacaciones. podes explicarme bien como es eso?
Ignacio, podrías aclarar las dudas del post de "Vacaciones Empleados de Casas Particulares ". Gracias
Ignacio,¿los importes no remunerativos integran la base para el calculo de valor de la hora extra? si tu respuesta es afirmativa, eses importe es no remunerativo?
Ignacio, las sumas no remunerativas deben considerarse para calcular el valor hora de la hora extra. y si tu respuesta es positiva, dicho valor ¿es "no remunerativo" ?
Permítame una observación, el CCT 130/75 no menciona en su articulado que los feriados se liquidan por separado. Los sueldos de comercio son mensuales y se liquidan como mes completo, haya habido feriados o no, excepto que el trabajador haya prestado servicios en ese día, en cuyo caso se liquida por separado el feriado trabajado mas el sueldo mensual completo por 30 dias del mes. La única excepción es el feriado por el día del gremio, ya liquidado en septiembre. El CCT 130/75 no prevé liquidaciones de jornalizados, que son liquidaciones distintas y no están contempladas en este caso particular. Gracias.
HOLA COMO ANDAS. LO QUE ESTA HACIENDO IGNACIO ES CORRECTO. ESTA ESTABLECIDO EN LA LCT EN LA PARTE DE LIQUIDACION DE LOS FERIADOS.
LO QUE SE REFIERE EL CCT 130/75 CUANDO HABLA DE JORNALIZADOS. ES QUE NO SE PUEDEN CONTRATAR EMPLEADOS POR DIA DE FORMA PERMANENTE. POR EJEMPLO A LOS EMPLEADOS DE COMERCIO NO SE LO PUEDE CONTRATAR COMO A LOS EMPLEADOS NO PERMANENTES DEL CAMPO. EN DONDE TODOS LOS MESES SON CONTRATADOS 3 O 4 VECES AL MES DURANTE TODO EL AÑO.
Art. 57°.- No podrá existir dentro del ámbito de esta Convención Colectiva, personal
jornalizado permanente
SALUDOS. JUAN-VILLA MARIA-CORODBA
El pago de feriados está establecido en la LCT, no en el CCT
Ignacio, podrías aclarar las dudas del post de "Vacaciones Empleados de Casas Particulares ". Gracias
Genio como siempre. Muchas gracias!!!
Ignacio! POdrias poner un ejemplo con zona? Ayer vino el ispector de OSECAC al estudio y me dijo que a los empleados de una empresa que son de media jornada le falta el concepto no remunerativo de la zona. Me parece raro que sea solo para los de media jornada. Tambien me parece raro que me lo haya dicho para este acuerdo de 2013 y el año pasado no me dijo nada ya que no le liquidaba zona no remunerativa.
Espero tu respuesta!
Antonela
Hola Antonela, el concepto de adicional por zona desfavorable se aplica tanto para lo remunerativo como para lo no remunerativo
hola Ignacio una consultas soy empleada de comercio, estoy como categoria A, me liquidan por 4 horas, pero trabajo 6hs de lun a vier. 30hs semanales. estoy cobrando en blanco $2700 y $400 en negro. obviamente las supuestas horas en negros , me la pagan normal. mi jefe dice que no puede liquidarme por 6hs. cuanto tendría que estar cobrando? muchas gracias
Si te puede liquidar x 6 horas y no podríaas hacer hs extras
Gracias Ignacio.
Antonela
Ignacio, lo que pasa es que con el 92 ter, consideran que hay 2/3 del sueldo por lo cual va sueldo completo. A mi me pasa eso. Trabajan 6 horas, y, para no entrar en las dos tercios, pago 4.5 horas (supuestamente 9 horas de lunes a viernes.