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Empleados de Comercio liquidación sueldo Noviembre 2022 – Aumento del 11%

25 noviembre, 2022 Por Ignacio 52 comentarios

Índice de Contenidos

    • Básico $ 88.135,92
    • Antigüedad: $ 8.813,59
    • Asistencia y Puntualidad: $ 8.079,13
    • Cálculo del día feriado
    • Cálculo del día normal
  • Otros temas relacionados
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    • ¡Gracias!

Caso Práctico: Liquidación de sueldos Empleados de Comercio noviembre 2022 aumento del 11%. Feriados trabajados y no trabajados.

Para la liquidación de noviembre 2022 de Empleados de Comercio tenemos como novedad la aplicación del último tramo de aumento salarial acordado en la última paritaria salarial.

Con este último tramo de aumento, se completa el 59.5% acordado por el gremio de comercio en abril pasado. Además, tenemos dos feriados, así que veamos como liquidarlos.

Ejemplo

Para este ejemplo utilizaremos los siguientes datos:

– Categoría: Administrativo A
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 10 años
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
– Feriados: no trabajados

Cálculos de la liquidación

Básico $ 88.135,92

Para la categoría “Administrativo A” seguimos aplicando el mismo básico de convenio vigente desde abril que es de $88.135,92

Antigüedad: $ 8.813,59

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.

Entonces: 

88.135,94 x 10 x 1% = 8.813,59 

Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $ 8.079,13

El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.

(88.135,94 + 8.813,59) / 12 = 8.079,13

Feriados

En noviembre tuvimos dos feriados, el domingo 20, Día de la soberanía nacional, y el lunes 21 feriado con fines turísticos.

Para el caso de ejemplo tomamos que no fue trabajado, entonces la liquidación será la siguiente:

Plus Feriados no trabajados: $1.400,38

El plus a pagar el feriado sería de 1.400,38, veamos como llegamos a ese número.

Recordemos que los feriados nacionales son días pagos, preste el trabajar tareas o no. Además, el artículo 169 de la LCT establece que “Para liquidar las remuneraciones se tomará como base de su cálculo lo dispuesto en el artículo 155.”

El artículo 155 LCT se refiere a la forma de retribución de las vacaciones:

“a) Tratándose de trabajos remunerados con sueldo mensual, dividiendo por veinticinco (25) el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento.“

Por lo tanto, los feriados no trabajados se pagan en base 25, entonces:

Primero, determinamos el valor de un día normal, para eso sumamos todos los haberes remunerativo y lo dividimos por 30:

(88.135,92 + 8.813,59 + 8.079,13) / 30 = 3.500,95

Donde 3.500,95 es el valor de un día normal, y como no lo trabajó, lo restamos. Pero, como indicamos arriba, los feriados son pagos, se hayan trabajado o no.

En este caso son días no trabajados, entonces se determinar con el plus que surge de calcular el día en base 25 en vez de base 30:

Veamos como hacer el cálculo:

Calculamos el valor del día feriado, calculado en base 25:

(88.135,92 + 8.813,59 + 8.079,13) / 25 = 4.201,15

Donde 4.201,15 es el valor del día del Feriado no trabajado.

La diferencia entre estos dos valores 4.201,15 – 3.500,95 = 700,19 es el plus por feriado. Como son dos feriados lo multiplicamos por dos:

700,19 x 2= $1.400,38

Feriado Trabajado

Ahora, en caso de trabajar en un día feriado, el artículo 166 LCT establece:

“En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.“

Entonces, cuando el trabajador prestara servicios en el día feriado cobrará la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.

Cálculo del día feriado

(88.135,92 + 8.813,59 + 8.079,13) / 30 = 3.500,95

Cálculo del día normal

(88.135,92 + 8.813,59 + 8.079,13) / 25 = 4.201,15

Ahora sumamos  ambos valores y tenemos el total de un día feriado trabajado:

3.500,95 + 4.201,15 = 7.702,10

Otra forma en la que lo pueden ver liquidado es en base 30 por 2, es decir “remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”, en ese caso sería 3500,95 x 2= $7.001,90

Si los dos feriados son trabajados lo multiplicamos por 2 con cualquier de los dos métodos.

Suma no remunerativa

Incremento No Remunerativo – Acuerdo 2022

En cuanto al “Incremento No Remunerativo – Acuerdo 2022”, tenemos que aplicar el 6° y ultimo tramo de aumento salarial del 11% no remunerativo.

  • Abril 2022: 6% aplicado
  • Mayo 2022: 6% aplicado
  • Junio 2022: 6% aplicado
  • Agosto 2022: 20.5% aplicado (se adelantó 10.5% de enero 2023).
  • Septiembre 2022: 10% aplicado
  • Noviembre 2022: 11% aplicado

Con este sexto tramo de aumento, completamos el 59.5% no remunerativo acordado en abril, el cálculo es el siguiente:

88.135,92 x 59.5% = 52.440,87

De todos modos, en este enlace está la escala salarial para todas las categorías de Empleados de Comercio publica aquí.

En cuanto a los aportes y contribuciones, esta suma es base de cálculo para:

  • aportes y contribuciones de la OSECAC.
  • aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del CCT 130/75, es decir sindica y FAECyS.

Por último, sobre estas sumas no remunerativas, no se aplicará ningún equivalente respecto de los adicionales previstos en el CCT 130/75, a saber, presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer, ayudante de chofer, zona desfavorable ni tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario (Aguinaldo).

Recibo de sueldos noviembre 2022

El recibo de sueldos de noviembre 2022 quedaría así:

Caso Práctico: Liquidación de sueldos Empleados de Comercio noviembre 2022 aumento del 10%. Feriados trabajados y no trabajados.

Calculadora

Por último, ya está actualizada la calculadora con las nuevas sumas no remunerativas para agosto.

Calculadora

Otros temas relacionados

  • Acta acuerdo y homologación 2022
  • Recibo de sueldos Septiembre 2022
  • Claves del acuerdo 2022
  • Homologación

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: FAECYS, Liquidación de Sueldos, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. -
  2. Jonatan Rodriguez dice

    26 noviembre, 2022 a las 2:29 am

    Esto pasa por la gran mayoría de los gremio paran y hasta que no tienen lo que piden no levantan el paro.ellos están unidos y no se quedan de brazos cruzados esperando miserias .tenemos que empezar hacer ruido y no esperar a que el viejo chorro de cavalleri pelee un 40% o nos arregle con un bonito como una cuenta futuro aumento.agamos ruido gente.

    Responder
  3. Sergio Del Manso dice

    25 noviembre, 2022 a las 10:36 pm

    SOMOS EL.PEOR GREMIO,PORQUE NUNCA ABRA PARO DE EMPLEADOS DE COMERCIO

    Responder
  4. Bj dice

    25 noviembre, 2022 a las 9:37 pm

    Primero se tendría que recuperar el 40 % que perdimos del 2015 hasta ahora.. con una suma fija para. Los trabajadores se podría recuperar. Pero el gobierno nos deja en las manos de estos mafiosos de sindicalistas que arreglan para sus bolsillos.

    Responder
  5. Oscar dice

    25 noviembre, 2022 a las 9:06 pm

    Hay que pelear por aumentos que superen a la inflación, todos los meses perdemos poder adquisitivo,cómo hizo camioneros,bancarios,etc,es una vergüenza

    Responder
  6. Karina dice

    25 noviembre, 2022 a las 8:40 pm

    Muchos tienen bono de fin de año y los empleados de comercio que? Por más que adelanten el porcentaje de enero no nos alcanza, todo subió un montón.

    Responder
  7. Belén dice

    25 noviembre, 2022 a las 7:36 pm

    Buenas tardes Ignacio! La suma no remunerativa se tiene en cuenta para el cálculo de vacaciones? No dice nada de eso el acuerdo… Gracias!

    Responder
  8. carlos dice

    25 noviembre, 2022 a las 3:49 pm

    Son unas ratas otra cosa no se puede decir

    Responder
    • jose luis dice

      26 noviembre, 2022 a las 10:33 am

      No sé quejen que nosotros los metalúrgicos estamos un 40% por debajo de eso y ahí si que se trabaja con fuerza….

      Responder
  9. Patricia dice

    25 noviembre, 2022 a las 2:55 pm

    Hola te podría mandar por privado el recibo de sueldo de mi marido para ver si le están liquidando bien vos me podrías ayudar.Gracuas

    Responder
  10. Alejandra dice

    25 noviembre, 2022 a las 1:43 pm

    Y para rama cerealera nada ??? No adelantan nada?

    Responder
  11. Karina dice

    25 noviembre, 2022 a las 1:21 pm

    Quiero saber a base de que sueldo cobro el medio aguinaldo en diciembre

    Responder
    • Lucrecia dice

      26 noviembre, 2022 a las 12:25 pm

      Aguinaldo junio meses a tomar en cuenta enero _junio
      Aguinaldo diciembre meses a tomar en cuenta julio – diciembre
      En ambos casos es a base del mejor sueldo entre los meses señalados

      Responder
      • Omar dice

        28 noviembre, 2022 a las 11:05 am

        Acordate Lucrecia que es sin lo NO REMUNERATIVO osea que cobramos el mismo aguinaldo que en Junio con un 50% abajo de la inflacion

        Responder
  12. Carolina dice

    25 noviembre, 2022 a las 11:39 am

    Cuando deja de ser no remunerativo el aumento?? O sea que tampoco cuenta para aguinaldos de diciembre?

    Responder
  13. Dario dice

    25 noviembre, 2022 a las 11:31 am

    Ignacio: ya en Octubre con el 48.5% quedaban $42.000 y pico. Pero con el 11% que se abona con Noviembre se va a $52.000 y monedas… mas arriba pusiste que con el 59.5% final quedaban $42.000 y eso es incorrecto. En el ejemplo de recibo de sueldo ahí si esta bien calculado el importe total final. Slds

    Responder
  14. Pablo dice

    25 noviembre, 2022 a las 9:25 am

    Que inutiles somos los que pertenecemos a este gremio nefasto. Nos abrocho un 59 cuando la inflacion sera mas del 100%. Y nadie hace nada. Que dociles de mierda somos increible

    Responder
  15. laura dice

    25 noviembre, 2022 a las 8:42 am

    empleados de comercio los mas crotos que somos….Cavalleri porque no vivis con nuestro sueldos

    Responder
  16. Guada dice

    25 noviembre, 2022 a las 8:17 am

    Gracias Ignacio! 🙂

    Responder
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