Liquidación de haberes para el mes de Noviembre de 2012 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.
Además, se debe incorporar al básico de noviembre, el acuerdo no remunerativo del 15% que se pagó de mayo a octubre, acrecentando la suma, de manera tal que el neto a pagar sea el mismo.
nuevo acuerdo salarial para los empleados de rama general CCT 130/75. El cual estableció un
incremento salarial del 24% no remunerativo sobre las escalas de abril 2012,
en dos tramos no acumulativos según el siguiente cronograma:
Recordemos que según lo que dice el artículo segundo del acuerdo mayo 2012, el “acuerdo mantendrá su carácter no remunerativo hasta el mes de octubre de 2012 inclusive. A partir de su incorporación, se integrarán a las escalas de salarios básicos de la actividad, debiendo incluir el monto equivalente a los aportes a cargo del trabajador, a fin de que éste no sufra una merma en su ingreso neto y siga percibiendo en su salario de bolsillo el mismo monto nominal que recibía cuando los conceptos le eran liquidados sin aportes atento su carácter no remunerativo, y sin computar para ese único fin, el importe no remunerativo equivalente al presentismo del artículo 40 del C.C.T. 130/75”
Por lo tanto,
El BÁSICO OCTUBRE ya lo tenemos es de $4.116,45 y el ACUERDO MAYO 15% también $617,47, pero nos falta acrecentarlo de manera tal que el neto a pagar sea el mismo. Para ello debemos utilizar la formula de acrecentamiento (grossing up) que siempre usamos para incorporar los acuerdos en comercio::
100 – porcentaje de aportes No Remunerativos
_____________________________________ = tasa acredentamiento (grossin up)
100 – porcentaje de aportes Remunerativos
Reemplazamos las variables para este caso:
100 – 5,50 94,50
___________ = ______ = 17,3913 (tasa de acrecentamiento)
100 – 19,5 80,50
Antigüedad: En este caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Como vimos al comienzo, desde noviembre se aplica el aumento del 9% del acuerdo mayo con carácter no remunerativo, que al igual que el 15% otorgado de mayo a octubre, se debe calcular sobre el básico de la categoría del mes de Abril de 2012 .
4.116,45 x 9% = 370,48
Asistencia y puntualidad: $30,87
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para
este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el
cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este
porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
- 3% de Obra Social
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al
sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo
consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que
tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede
cambiar.
aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un caso simple, sin antigüedad,
si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco
tuve en cuenta el feriado del 20 de noviembre (que se pasa al lunes 26) en la liquidación, es
al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.
De todos modos, pueden ver como liquidar el feriado en la liquidación de septiembre 2012 aquí. También pueden ver más ejemplos de recibos aquí
Anónimo dice
Ignacio, consulta. Si dices que el sueldo del mes noviembre debe ser igual al de octubre, porque en la planilla de FAECYS – SECRETARIA DE ASUNTOS LABORALES para el año 12-13 los básicos aumentan de octubre $4667,597 a noviembre $5138,76 ??
¡¡¡Gracias Ignacio ¡¡¡ Dios Bendiga tu generosidad.
Besos
Norma
Muchas gracias a vos Norma, besos!!
Gracias por la informacion que nos aportas. Queria saber como se calcula cuando Si tenemos en el recibo el item a cuenta de futuros aumentos. Yo cobre solo 70 pesos mas que en el recibo anterior ( Soy administrativo A, haciendo las mismas 8 horas en igual horario, nunca voy los feriados, hice la misma cantidad de domingos, no estoy afiliada al sindicato y tengo osecac). Desde ya te agradezco tu respuesta.
Habría que ver como es que se compone la liquidación para eso, puede ser que te lo hayan tomado a cuenta.
Hola Ignacio, respecto a la pregunta e Petru de la nueva ley de Riesgo de Trabajo, a partir de ahora la remuneraciòn 9 tiene que ser igual a la 4 y a la 8???
No me quedo claro… Muchas Gracias. Pía
Hola Pia, la alícuota se debe aplicar sobre conceptos remunerativos y no remunerativos
hOLA iGNACIO, RESPECTO A LA TASA DE ACRECENTAMIENTO ME PODRIAS DECIR COMO LLEGAS AL PORCENTAJE DE LOS CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS Y REMUNERATIVOS PARA LLEGAR AL 5.5 % Y 19.5 RESPECTIVAMENTE? SOBRE QUE BASE DE CALCULO? mUCHAS GRACIAS, MUY UTIL TODO LO QUE PUBLICAS
Remunerativos 19.5%
– 11% Jubilación
– 3% Obra Social
– 3% ley 19032
– 2% SEC
– 0.5% FAECYS
No remunerativos 5.5%
– 3% Obra Social
– 2% SEC
– 0.5% FAECYS
Buen día Ignacio, te hago una consulta, por algo que ví publicado en un blog similar a éste. Allí se decía que sobre la suma no remunerativa se debía abonar también ART. Para ello debía modificarse, en el F931, la Remuneración 9 de tal manera que quede con los mismos valores que Rem 4 y 8.
No pude encontrar en el acuerdo el fundamento de ésto, creería que ART no va sobre lo no rem, pero a lo mejor vos sepás algo más.
Muchas gracias.
Hola Petru, no está en el acuerdo de comercio, es por la nueva ley de riesgos de trabajo, una de las mofidicaciones fue esa.
muy bueno…muchísimas gracias
vanesa
Buen dia Ignacio, mi consulta es cuanto me queda a mi, de bolsillo en el mes de Noviembre estoy en la cat. Admin. A con 5 años de antig. y cobro zona por que soy de la Prov. Rio Negro Gracias.
Hola Ignacio, te pido me saques una duda, mi sueldo basico es de $2540.16, ADM.B=JOR/RED/P/ACT SOY AFILIADA AL SINDICATO DE COMERCIO, MI BRUTO ES DE $2930,43, REM.EXENTAS $422, MAS O MENOS CUANTO DEBERIAN DESCONTARME DE CUOTA SINDICAL?? PORQUE ME DESCUENTAN $300 Y ME PARECE QUE NO DEBERIA SER TANTO…GRACIAS, PAOLA.
Aporte Solidario, 2% al SEC 0.5% FAECYS
Afiliados, 2%, por lo general por jornada completa
Una consulta media obvia pero que siempre me generó duda… cuanto es el valor del faltante de caja del art 28 del CCT???
Ojo, no hablo de la suma adicional que se debe pagar a los cajeros de empresas que superen el monto anual de ventas establecidos para los Pymes.
Saludos
Cajero B 48%
Cajero A 12,25%
Cajero C 12,07%
Hola Ignacio!! Gracias por la ayuda.
Te hago una consulta, que sucede en el caso de una persona que esta cobrando un basico por encima del convenio??
Puntualmente tengo que liquidar un recibo de un administrativo D con un basico de $4850 y un no remunerativo de $727.50
Desde ya muchas gracias!!
Saludos!
July.
Hola Juli, pero el básico de Adm D es de $4.976,94
Te consulto por cuanto tengo que cobrar como administrativo A soy de la Prov. de Rio Negro cobro con Zona y Tengo 5 años de Antiguedad?
Hola mi consulta se debe a una empleada de comercio que trabaja 4 horas por dia de lunes a viernes.¿cobra por 20 horas o es obligatorio pagar media jornada de 24 horas aunque no las trabaje?Desde ya gracias.Espero tu respuesta.Rosa
NO, si trabaja 20 son 20, por?
Hola: porque del sindicato dicen que la jornada es completa o parcial(24) si trabaja menos hay que pagar 24.Rosa
HOLA MUY UTIL TU INFORMACION, QUERIA CONSULTARTE YA QUE AL SUBIR A REMUNERATIVO EL OTRO ACUERDO HICE MAL EL CALCULO Y POR ERROR SUBI MAS DE LO QUE DEBIA HACER, TE PREGUNTO HAY FORMA DE ARREGLAR ESO??? O SEA EL EMPLEADO ESTA COBRANDO DE MAS POR UN ERROR DE CLACULO. MUCHAS GRACIAS
Pero que acuerdo subiste mal?
EL DEL AÑO PASADO PERO ME DI CUENTA EN ESTE!!!!!! NO SE ESTA HABLANDO DE ESCONTARLE AL EMPLEADO SOLO QUE COBRE LO QUE CORRESPONDA POR SER UN ERROR DE CALCULO
Hola te consulto ¿como vendría liquidado mi recibo soy auxiliar especializado B?.
ate: Leonardo olocco
Sin antiguedad 4751 pesos