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Empleados de Comercio: liquidación sueldo Mayo 2019 [Suma no remunerativa 4,5%]

29 mayo, 2019 Por Ignacio 168 comentarios

Índice de Contenidos

    • Datos para la liquidación
  • Modelo de recibo
  • Cálculos de la liquidación
    • Básico $ 27.699,54
    • Antigüedad: $ 2.769,95
    • Asistencia y Puntualidad: $ 2.539,12
    • Suma no remunerativa $1.246,48
    • Antigüedad suma no remunerativa: $124,65
  • Presentismo
  • Descuentos
      • Sobre las lo REMUNERATIVO calculamos:
      • Sobre las SUMAS NO REMUNRATIVAS calculamos:
      • Aporte OSECAC
  • Calculadora online
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Caso práctico de liquidación de sueldo Mayo 2019 para Empleados de Comercio. Suma no remunerativas del 4.5%.

Recién ayer, la FAECYS y las Cámaras cerraron el acuerdo salarial 2019 de Empleados de Comercio, y como ya estamos en tiempo de descuento para cerrar las liquidaciones, a continuación va un breve y sencillo caso práctico.

Los detalles del acuerdo, los pueden ver en un artículo Claves del Acuerdo 2019 de Empleados de Comercio.

A manera de resumen, podemos decir que se acordaron dos aumentos, una suma no remunerativa que se paga en 5 tramos y un incremento remunerativo que se paga en 4 tramos.

En total, suman aproximadamente un 30% que se terminará de pagar en marzo de 2020 y se incorporará totalmente al básico de comercio en abril de ese mismo año.

Como es habitual, a continuación un breve ejemplo de la liquidación con a liquidación del mes.

Datos para la liquidación

Categoría: Administrativo A
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 10 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
Feriados no trabajados: 2

Modelo de recibo

Cálculos de la liquidación

Básico $ 27.699,54

Para el caso de un empleados categoría “Administrativo A”, el valor del básico para Mayo 2019 es de $27.699,54, es el mismo que se viene aplicando desde marzo pasado.

Pueden ver la escala completa publicada por la FAECyS en el siguiente enlace Ver escalas o bajar la versión resumida que publiqué aquí.

Antigüedad: $ 2.769,95

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:

27.699,44 x 10 x 1% = 2.769,95 

Asistencia y Puntualidad: $ 2.539,12

Según lo establecido en artículo 40 del CCT 130/75 el adicional por Asistencia y Puntualidad es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.

(27.699,54  + 2.769,95) / 12 = 2.539,12

Suma no remunerativa $1.246,48

El nuevo acuerdo salarial 2019, pactó el pago de una Asignación Extraordinaria no remunerativa que se paga según según el detalle del Anexo A y Anexo C.

  • 4.5% Mayo y Junio 2019
  • 4.5% Julio y Agosto 2019
  • 3 % Marzo 2020

En todos los casos, la base de cálculo es marzo 2019, que en definitiva es igual al básico de mayo 2019, entonces para calcular el valor aplicamos el 4.5% sobre le básico:

27.699,54 x 4.5% = 1.246,48

Esta es la primera cuota, que se paga en mayo, en junio se paga una igual, en Julio y agosto se suma el otro 4.5%, lo que totaliza en 9%. En septiembre, ambas pasan al básico con un 50% de grossing up.

El 3% en cambio, pasa en abril 2020, también con un 50% de grossing up.

Para todos los casos, pueden ver los valores de estas sumas en el ANEXO A.

Antigüedad suma no remunerativa: $124,65

Sobre la suma no remunerativa, también se calcula la antigüedad. En este caso, como la antigüedad es 10 años, el calculo es:

1246,48 x 10% = 124,65

Presentismo

También, tenemos que calcular el presentismo sobre las sumas no remunerativas:

( 1.246,48 + 124,65 ) / 12 = 114,26

Descuentos

Sobre las lo REMUNERATIVO calculamos:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato.  (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre las SUMAS NO REMUNRATIVAS calculamos:
  • 3% de Obra Social, en caso afiliados a OSECAC
  • 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato.  (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Aporte OSECAC
  • Aporte de $100 con destino a la O.S.E.C.A.C. Sólo para afiliado a esta obra social. El descuento no corresponde para los que tienen otra obra social o una pre-paga.

Hasta aquí el desarrollo del ejemplo que, si bien es para un Administrativo A, el procedimiento es el mismo para todas las categorías.

No tuve en cuenta los dos feriados de Mayo, pero de deben tener en cuenta, tanto para las sumas no remunerativas como las no remunerativas.

Calculadora online

Por último, pueden probar la calculadora online de Empleados de Comercio, que está en etapa de prueba y tiene cargado hasta la liquidación de Junio 2019 por el momento.

Ir a la Calculadora

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, Liquidación de Sueldos

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Comentarios

  1. -
  2. Fernando dice

    11 mayo, 2020 a las 8:36 pm

    PEDIDO DE AYUDA:

    Quisiera saber como debe ser el recibo de sueldo de los empleados este mes, por el tema del “salario complementario”, ese porcentaje que les abonara el gobierno. Quiero saber si en el recibo de sueldo debe figurar solo lo que se le paga al trabajador, descontado lo que les paga el gobierno o por el contrario si se pone la totalidad con una aclaración de que una parte la paga el gobierno.
    Agradeceré mucho su ayuda ya que mi contador esta un poco desaparecido y todavía no me preparo nada. Muchas gracias.

    Responder
  3. Anabella dice

    10 enero, 2020 a las 10:54 am

    Hola! como sería el cálculo de una persona cuyo sueldo básico es $76.549 ??? Por otro lado, hay alguna forma certera de saber si le están debitando correctamente impuesto a las ganancias ???
    Desde ya… Gracias !!!

    Responder
    • Anabella dice

      10 enero, 2020 a las 10:56 am

      olvide un detalle, la antigüedad en ese período (Mayo 2019) era de 25 años. Gracias!

      Responder
  4. Monica dice

    4 enero, 2020 a las 8:46 pm

    Una pregunta, como quedaria mi sueldo soy vendedor B, siempre sobre el basico. No estoy afiliado al sindicato y mis aportes no van a osecac sino a otra obra social. Estoy mirando las escalas y la verdad no enctiendo. Tengo 7 años de antigüedad.(en realidad 2 años estan en negro, el recibo de sueldo dice 5 años) Me podrías ayudar a calcular? Gracias

    Responder
  5. carolina dice

    24 noviembre, 2019 a las 10:49 pm

    corrigo el comentario anterior

    lo mismo se le retiene el 2%C.E.C y 0,5% FAECyS? es decir este o no afiliado? es decir es obligatorio a pesar de no estar afiliado al centro de empleado de comercio

    Responder
  6. carolina dice

    24 noviembre, 2019 a las 10:44 pm

    disculpa por mi pregunta, recién estoy viendo las remuneraciones y cargas sociales
    si el empleado no esta afiliado al centro de empleado de comercio
    lo mismo se le retiene el 2%C.E.C y 0,5% FAECyS? es decir este o afiliado?

    Responder
  7. flroencia dice

    8 octubre, 2019 a las 10:10 am

    Buenas días Ignacio
    Te consulto, en el caso de despido, se debe tener en cuenta los montos del acuerdo para tomar la mejor remuneración?

    Responder
    • Ignacio dice

      8 octubre, 2019 a las 3:04 pm

      El acuerdo de comercio, si

      Responder
  8. Silvana dice

    5 septiembre, 2019 a las 11:33 am

    Buenos dias,tengo una consulta.Me liquidaron los haberes del mes de Agosto,con descuento sobre los No remunerativos.Esto es correcto?
    Hasta donde tengo entendido el No Remunerativo no aplica a ningun descuento.

    Responder
  9. Cecilia dice

    13 agosto, 2019 a las 5:20 pm

    Buen día… Quería consultar sobre el último acuerdo que salió.
    Yo estoy categorizada como administrativa c con una antigüedad de 14 años, pero mi básico es $58.893,95 más presentismo.
    Cuál es el aumento que me corresponde (importe o porcentaje)?
    Aguardo comentarios. Saludos

    Responder
  10. Elizabeth dice

    12 agosto, 2019 a las 4:41 pm

    Hola Ignacio, las sumas no remunerativas aplican para una persona que tiene 1 mes da antigüedad? o tiene que esperar los 3 meses a prueba para poder recibirlos?
    Entre en el mes de Junio, ya hubieron 2 aumentos y me dicen que NO me corresponden x mi antigüedad….pero si tengo todos los descuentos de sindicato .
    Gracias por tu ayuda

    Responder
    • Ignacio dice

      15 agosto, 2019 a las 11:37 pm

      no se requiere antiguedad

      Responder
  11. ALE dice

    5 agosto, 2019 a las 1:21 pm

    DISCULPAME, ME OLVIDE DE ACLARAR EN MI ANTERIOR COMENTARIO QUE EL DESCUENTO REALIZADO POR EL CÓDIGO 5062 “OSECAC Acuerdo Colectivo” ES DE $78,17. Y QUE EL IMPORTE FIJO DE $100 (CUOTA SOLIDARIA POR LA “EMERGENCIA SANITARIA” DE LAS OBRAS SOCIALES) TAMBIÉN LO TENGO DESCONTADO A TRAVÉS DEL CÓDIGO 5060 “APORTE OSECAC ACU. MAYO 2019”

    Responder
  12. ALE dice

    5 agosto, 2019 a las 1:11 pm

    HOLA IGNACIO, TRABAJO PARA CENCOSUD, PREGUNTA, ¿TENES IDEA CUAL ES EL FUNDAMENTO PARA EL DESCUENTO QUE FIGURA EN MI RECIBO CON EL CÓDIGO 5062 “OSECAC Acuerdo Colectivo”?. ESTOY REVISANDO LOS ACUERDOS PARITARIOS DESDE 2005 Y NO ENCONTRE NADA AL RESPECTO. ¿ME PODRÍAS DESPEJAR ESA DUDA?. QUEDARE ETERNAMENTE AGRADECIDO SI ME DAS UNA MANO.

    Responder
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