Liquidación de haberes para el mes de Marzo 2013.
Recordemos que el último cambio importante fue en el mes de noviembre se incorporó al básico, el acuerdo no remunerativo del 15% que se pagó de mayo a octubre, acrecentando la suma, de manera tal que el neto a pagar sea el mismo. En el mes de mayo se incorporará el saldo del acuerdo al básico, quedando de esa manera totalmente remunerativo.
Respecto a las negociaciones del nuevo acuerdo, las versiones hablan de un incremento salarial del 25 al 30%.
Pero volviendo al caso de este artículo, para la liquidación del mes de marzo 2013, tomaremos como caso los siguientes datos:
Es el mismo básico noviembre, que se puede buscar en la escala salarial 2012-2013 publicada por FAECYS.
Antigüedad: En este caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Como vimos al comienzo, desde noviembre se aplica el aumento del 9% del acuerdo mayo con carácter no remunerativo, que al igual que el 15% otorgado de mayo a octubre, se debe calcular sobre el básico de la categoría del mes de Abril de 2012 .
4.116,45 x 9% = 370,48
Asistencia y puntualidad: $30,87
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para
este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el
cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este
porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
- 3% de Obra Social
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al
sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo
consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que
tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede
cambiar.
aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un caso simple, sin antigüedad,
si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco
tuve en cuenta los feriados del 24 de marzo y Viernes Santo.
Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
buenas trabajo de 8 a 14 hs y cobro $ 2313.94 estoy como maestranza cuando hago trabajos administrativos.
Hola, soy Gustavo, trabajo hace 3 años en una agencia de lotería, de lunes a viernes de 15 a 21 hs, es decir, 36 hs semanales, mi sueldo es de $3400, mi categoría en el recibo de sueldo es vendedor B media jornada, necesito saber por favor si estoy cobrando lo que corresponde, les agradecería su ayuda, desde ya muchas gracias.
Hola, Soy Juan, Soy técnico electromecánico y trabajo en una empresa de mantenimiento, estoy contratado como administrativo pero realizo aparte de este labor, el de jefe de mantenimiento. Estoy tratando de conseguir aumento y mi pregunta es si puedo exigir que me cambien la categoría y me paguen sueldo como técnico. Gracias
hola soy jose torres trabajo como cocinero ,pero no se por que mis jefes me escribieron a este sindicato y no alo de gastronomia,les agradeceria si alguien me da el telefono ola diriccion de faecys