Ejemplo de liquidación octubre 2014 para Empleados de Comercio. Feriado. Pago diferencia $1200 septiembre.
Finalmente, se acordó que la suma no remunerativa se debe pagar a todos los trabajadores por igual, independientemente de la jornada trabajada. Por lo tanto, todos los trabajadores deberán percibir $2400, ya sea que trabajen a jornada completa o a jornada parcial.
Para el caso de aquellos empleadores que hubieran abonado de manera incompleta la primera cuota de la referida asignación no remunerativa deberán abonar la diferencia hasta completar la suma de $ 1.200 con la liquidación de salarios correspondientes al mes de octubre de 2014.
Para el caso de ejemplo, como es jornada completa, no hay diferencia a pagar sobre los $1200 de septiembre, pero en los casos de empleados a jornada parcial en que los que se haya liquidado parcialmente esa suma no remunerativa, se deberá incluir en la liquidación de octubre la diferencia.
Datos para la liquidación
Día del empleado de Comercio: No Trabajó
Básico $ 8.588,67
Puede ver las escalas salariales para septiembre para todas las categorías AQUÍ
Es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
8.588,67 x 5 x 1% = 429,43
Asistencia y Puntualidad: $751,51
(8.588,67 + 429,43 ) / 12 = $ 751,51
Los trabajadores mensualizados cobrarán, por el día feriado, el importe mensual dividido por 25. Lo que nos genera un incremento en valor día, lo que se denomina “plus por feriado”. Vamos al ejemplo:
(8.588,67 + 429,43 + 751,51) / 30 = 325,65
Pero como los feriados son pagos, sumamos 1 día, pero calculado en base 25:
(8.588,67 + 429,43 + 751,51) / 25 = 390,78
La diferencia es lo que comúnmente se llama plus por feriado, y no es otra cosa que el 20% sobre un día normal:
325,65 x 1,20 = 390.78
Descuentos
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Anónimo dice
Buen Día! quiero hacer una consulta, tengo una empleada que entró en licencia de maternidad y me pregunta a quién le corresponde abonarle los $ 1.200 no remunerativos de noviembre. Se los paga Anses o la empresa?
Que la empresa lo incluya en el 931 para que lo pague la ANSES
Ignacio, estuve de licencia por maternidad de feb a abril y luego excedencia de mayo a julio, no me pagaron los primeros 1200, está bien esto? o deberían haberme pagado igual?
Hola ignacio recien me acreditaron el sueldo de octubre y no me depositaron los 600 restantes de la primera cuota… que hago??
Hola quisiera sacarme una duda con respecto a mi antiguedad yo tengo 7 años de antiguedad y me pagan 277 esta bien? Les comento soy categoria ventas asistente deposito y mi remuneracion asignada es 7934,56 esta bien lo que me dan?
Hola Ignacio. Una consulta.
En el recibo tengo estos items que no entiendo muy bien:
A.E.C. 2%
FDO. COMPENSADOR MERC 2%
CUOTA SINDICAL
FAECYS 0,5 %
El fondo compensador mercantil que significa? Aclaro que no estoy afiliado el sindicato. Gracias
Buen día ignacio.
Una consulta:
Debo hacer una liquidación en la que el empleado falto un día sin justificar y se retiro en dos ocasiones antes de que termine su jornada.
El presentismo lo sigue manteniendo, es así?
Gracias
hola cuanto deberia cobrar si trab 15 hs semanales 60 al mes hace 4 1/2 y estoy en negro trab como administ gracias
hola Ignacio mi hijo renuncio el 24/10/14 trabajo desde 1/10/13 cuantos días de vacaciones le corresponde?
Los 1200 no remunerativos se cobran junto a los haberes correspondientes al mes de noviembre, es decir los primers dias de diciembre (ver acuerdo abril 2014)
Hola queria consultar si dejo de trabajar el 15 de noviembre, me corresponde el pago de los 1200 pesos? gracias!
BUENOS DIAS IGNACIO. felicitaciones por tu blog, una aclaración. LA PRIMERA PARTE SE LIQUIDO CON LO HABERES DE JULIO y la restante en la liquidación de Noviembre, con la cual se completa la asignación NR de 2400. En Septiembre no se liquida
queria saber cuanto corresponde que me paguen al mes 5 horas por dia de lunes a sabados?gracias
Si en septiembre no te lo pagaron, si lo cobrarías el 31 de octubre. Pero también están los 1200 por noviembre q los tenes q el 30 de noviembre.
Hola Ignacio yo empecé en octubre después de haberme tomado la licencia por maternidad tres meses mas sin goce de sueldo me corresponde que me paguen los 1200. En julio me pagaron..
Si, te corresponde
Buen día una consulta el pago de los 1200 lo cobramos el 31 de octubre(los que cobramos el ultimo día hábil) o el 30 de noviembre? Muchas gracias
La segunda cuota de 1200 se cobra en noviembre, lo que se cobra en octubre es, para quienes no les pagaron la totalidad de los $1200 por trabajar a jornada parcial, es la diferencia
Buen día una consulta el pago de los 1200 se abona con el pago del 31 de octubre (los que cobramos el ultimo fua hábil) o para el 30 de noviembre? Muchas graciaa
Con los haberes de octubre
Perdon , pero es junto a los haberes de noviembre 2014 (es decir los primeros dias de diciembre), ver acuerdo abril 2014