Ejemplo de liquidación Octubre 2016 para Empleados de Comercio con incremento del 12% no remunerativo.
Para mas detalles sobre acuerdo, pueden leer el artículo sobre el tema AQUÍ.
Liquidación Octubre 2016
Veamos la liquidación
Datos para la liquidación
Básico Octubre 2016: 13.089.83
Tipo de Jornada: Completa
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
El básico de convenio no tendrá variación hasta enero, porque el 12% de incremento salarial acordado para octubre es NO REMUNERATIVO, por lo tanto debemos liquidarlo de manera diferenciada y exponerlo por separado.
La semana próxima la FAECyS publicará las nuevas escalas del acuerdo.
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:
13.089,53 x 10 x 1% = 1308,98
Liquidación del 12% no remunerativo “Acuerdo octubre
El cálculo será el siguiente:
10.907,60 + 12 % = $ 1.308,91— > incremento no remunerativo del 12%
Ahora, ¿qué pasa con la antigüedad y el presentismo? ¿ forman parte de la base cálculo? Si, forman parte de la base de cálculo, o lo que es lo mismo, calculamos antigüedad y presentismo sobre el incremento no remunerativo.
Entonces, el cálculo sería el siguiente:
Antigüedad
1308,91 x 1% x 10 = 130,89
1308,91 + 130,09 + 119,98 = 1.559,78
A mi entender, sería mejor exponerlo diferenciando antigüedad y presentismo, para poder diferenciar cada rubo.
Me parece una mejor opción, queda mas claro como está integrada la suma no remunerativa. De todos modos, todo dependerá un poco del sistema que usamos para liquidar.
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre lo NO REMUNERATIVO, calculamos
- 3% de Obra Social en caso de estar en OSECAC
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- Aporte de $100 con destino a la O.S.E.C.A.C.
El caso planteado sirve de guía para cualquier otra categoría. Les dejo una planilla excel para donde se pueden estimar los cálculos para cada categoría.
IGNACIO: UNA CONSULTA EL INCREMENTO SALARIAL NO REMUNERATIVO, NO TENDRIA QUE LLEVAR EL DESCUENTO DEL 3 %, POR MAS QUE NO TENGA LA OBRA SOCIAL OSECAC.
MUCHAS GRACIAS.
SALUDOS.
Hola Ignacio el desc. de obra social a los de media jornada en el no rem se calculs por jornada completa tambien
Hola Ignacio el desc. de obra social a los de media jornada en el no rem se calculs por jornada completa tambien
Si
como de manera proporcional??????????
Que cosa?
Para las inasistencias injustificadas hay que descontar tambien los conceptos no remunerativos?
Si
seguro que el no remunerativo se aplica sobre la antiguedad?
Si
Ignacio yo tmb me quedé en relación a esto un poco en duda porque si bien existe un apartado especifico de aplicar el presentimos al aumento no encontré un apartado para la antigüedad.
Por otro lado, el 7% al ser remunerativo va directamente al básico?? o se pondrá como concepto aparte y se toma para el presentimos y antigüedad??
Holq ese aumento lo tendriamos q haber cobarado ahlra o lo cobramos con el sueldo quese deposita en noviembre?
y las horas extras? sube el valor de la hora extra?
Si, un 12%
La antiguedad se calcula? porque el convenio no lo especifica.
No lo dice directamente, peor lo dice
donde lo dice, si no lo dice??!!!
y donde dice que no se toma?
Y que significa proporcional, podes dar un ejemplo gracias
Lo del aguinaldo? si, en la semana subo uno
Hola Ignacio, el NR es base de cálculo para las Ret. de ganancias? Gracias
Si
Suponiendo que el empleado hizo horas extras y feriado, calculamos un no remunerativo para cada concepto tomando como base el aumento del acuerdo octubre 2016 N/R? mismo con la licencia por vacaciones y el aguinaldo?
Así es, lo accesorio sigue a lo principal
ESTA TODO MAL..PUSISTE 3 BASICOS DIFERENTES PARA LOS DISTINTOS CALCULOS.INENTENDIBLE !!!
Gracias por la tan amable advertencia, ya hice los cambios.
Ubicate flaco, Ignacio no es tu empleado. Nos da una mano, se respetuoso.
Si no te resulta útil, no lo leas. La verdad que siempre es a tiempo y clara cada nota. No es necesario agredir…respeto!!
A mi me ayuda muchisimo este sitio, nose como pueden ser atrevidos de encima criticar
pregunta: se suma el bruto con el aumento:(1559,70)? queda un total de 17.158, o sea para cobrar las asignaciones supero la primer categoria y pasaria a la segunda?. saludos. Damian Metz
Este 12% No remunerativo lleva el 20% por zona desfavorable en la Patagonia?
Si, y todos los adicionales de convenio