Ejemplo de liquidación noviembre 2014 para Empleados de Comercio. Pago asignación no remunerativa de $1.200.
Recordemos que el punto 2 del acuerdo salarial firmado en abril pasado, se convino el pago de una suma fija , extraordinaria, excepcional, por única vez, no habitual ni permanente, de $2400 , de carácter no remunerativo. La misma, se abonará en dos cuotas iguales de $1200 cada una en los meses de julio y noviembre.
Feriado 24 de noviembre: no trabajó
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Solución Propuesta
Básico $ 8.588,67
También puede ver las escalas salariales para todas las categorías AQUÍ
Es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
8.588,67 x 5 x 1% = 429,43
Asistencia y Puntualidad: $751,51
(8.588,67 + 429,43 ) / 12 = $ 751,51
El 20 noviembre “Día de la Soberanía Nacional” se traslada como feriado al lunes 24 de noviembre. Para este caso en particular, el empleado no ha prestado servicios, veamos como liquidarlo:
El artículo 169 de la LCT determina la manera de determinar el salario para trabajadores que no prestan servicios durante el día feriado. Se debe liquidar según, remitiendo su tratamiento al artículo 155 de la misma ley. Recordamos que este artículo dispone la forma de calcular el salario del trabajador durante el período de vacaciones. Por consiguiente:
Los trabajadores mensualizados cobrarán, por el día feriado, el importe mensual dividido por 25. Lo que nos genera un incremento en valor día, lo que se denomina “plus por feriado”.Vamos al ejemplo:
(8.588,67 + 429,43 + 751,51) / 30 = 325,65
Pero como los feriados son pagos, sumamos 1 día, pero calculado en base 25:
(8.588,67 + 429,43 + 751,51) / 25 = 390,78
La diferencia es lo que comúnmente se llama plus por feriado, y no es otra cosa que el 20% sobre un día normal:
325,65 x 1,20 = 390.78
Feriado trabajado: El artículo 166 de la LCT, en el segundo párrafo, establece la forma de cálculo para los trabajadores que se desempeñan los días feriados. Cuando el trabajador prestara servicios en el día feriado cobrará la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.
Asignación no remunerativa $ 1.200
Como vimos más arriba, el acuerdo abril 2014 pactó por única vez, con carácter extraordinario y excepcional una asignación no remunerativa de $2.400 a pagarse en dos cuotas iguales de pesos $1200 cada una de ellas, en los meses de julio y noviembre de 2014.
Por lo tanto, debemos liquidar para el mes de noviembre de 2014, la segunda y última cuota de la “Asignación no remunerativa”.
Presentismo
Se presenta la discusión sobre si debe pagar el presentismo sobre los $1200, a mi entender si, por aplicación del artículo 40 del CCT 130/75.
No proporcional a la jornada
Para el pago de la primera cuota generó polémica respecto si se debería pagar en forma proporcional o no. Por un lado, la FAECyS planteaba que los trabajadores a jornada parcial deberían cobrar los $1.200 en su totalidad, sin proporcionar la suma a la jornada trabajada, y por por otro lado, las cámaras empresarias planteaban lo contrario, que los $1.200 se deberían pagar de manera proporcional.
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- No lleva ningún descuento, ni aportes ni contribuciones. A diferencia de acuerdos anteriores, en donde los aumentos supuestamente no remunerativos llevaban descuento de obra social y sindicato. En este caso la asignación hace honor a su nombre y no lleva descuento de ninguna naturaleza.
Anónimo dice
Buen día Ignacio, yo estuve de licencia por maternidad sin goce de sueldo, en junio y julio por lo que no recibi la primera cuota de $1200 , me corresponderia los $2400 igual?o solo una cuota de $1200 de noviembre?
espero puedas contestarme o alguien, me seria de mucha ayuda
muchas gracias
No va el presentismo no remunerativo como en asignaciones anteriores?
Buen dia Ignacio
Aparte de estos $1200 existe un bono navideño por el mismo monto? Hay noticias que confirman eso, pero no lo encuentro publicado formalmente.
Gracias
Buen dia Ignacio
Aparte de estos $1200 existe un bono navideño por el mismo monto? Hay noticias que confirman eso, pero no lo encuentro publicado formalmente.
Gracias
HOLA IGNACIO TE HAGO UNA CONSULTA CUANTO ME TIENE QUE DESCONTAR LA OBRA SOCIAL EN MI RECIBO DE SUELDO Y CUANTO TIENE QUE PAGAR LA PATRONAL?GRACIAS.ESPERO TU RESPUESTA.
Hola Ignacio. En mi recibo de sueldo de empleada administrativa A aparece arriba Remuneración Básica $4838.13 y luego, en la Descripción de Conceptos Sueldo Básico $4294.33. Es correcto? Porque veo que en el recibo que ponés de ejemplo ambos importes son iguales ($8588.67). Muchas gracias!
hola Ignacio, te consulto por la siguiente situación si solo trabajo 1 semana en el mes de 11/2014 con una antigüedad de solo 9 meses, corresponde 1) pagar de manera proporcional a los días trabajados en noviembre los $1200 ? o corresponde pagar los $1200 en su totalidad independientemente de que se aya trabajado mes incompleto?
Gracias!
Hola Ignacio! Te consulto, es posible que a los empleados de comercio se les realice la liquidacion por dia, o por hora? o solo 2 hs por dia en lugar de 4 como media jornada??
Muchas gracias!
depende del convenio, pero lo que se hace es determinar el valor hora y pagar la cantidad de horas trabajadas
Empleados ingresados el 03/11/2014 les corresponde el plus de 1200?
Ignacio Buen dia. Si bien se aclara que los $2400 no son proporcionales con respecto al tipo de jornada, que pasa con respecto a la fecha de inicio de la relacion laboral ? es proporcional a esta? y si lo es, que plazo tomamos como vigencia de este acuerdo?.
Gracias
Ignacio, lo no remunerativo paga ART en el 931? O no corresponde? Muchas gracias, Claudia.
Ignacio te hago una consulta, en la empresa en la trabajo no prestamos tareas los feriados, mi recibo es muy parecido al que diste de ej salvo en los dos item del feriado el positivo y el negativo tienen el mismo importe, no cobro mas los meses que tienen feriados, es correcto? disculpa la consulta. Saludos
SI TE CORRESPONDE FRANCISCO !! EN OTRO POST DE IGNACIO LO EXPLICA MUY BIEN..BUSCA ACA ADENTRO..IMPRIMI LA NOTA Y MOSTRALE A TU JEFE-..
Hola, trabajo 4 horas por dia, 6 dias a la semana, de los cuales estoy anotado tan solo 3. Segun mi jefe, me dijo que solo me corresponden 1200 de los 2400, por ser un proporcional a las horas trabajadas (4 horas). Lei que a todos se le paga por igual la suma completa de 2400, que me corresponde realmente? Muchas gracias por responder..!!
Te corresponden los 2400 integros asi trabajes 1 hora x dia. busca en la seccion de comercoo de ignacio o hacele leer la notica de hoy y q no se haga el vivo
Te corresponde el pago completo $1200 por julio y $1200 por noviembre!!
Hola Ignacio, como estas? Queria consultar respecto al acuerdo firmado en octubre sobre la no proporcionalidad del pago no remunerativo…. ya se encuentra homologado?? Porque veo que no aclaras nada respecto a los de jornada reducida si cobran 1200 o 600 como en julio. Aclaro ademas que las empresas no pagaron los 600 faltantes junto con los haberes de octubre porque estan esperando la homologacion del acuerdo… Que se sabe sobre esto??