Ejemplo de liquidación mayo 2015 para Empleados de Comercio con incremento del 17%. Según el acuerdo salarial firmado en mayo.
En sus aspectos principales, el acuerdo establece un incremento en un 27% sobre las escalas vigentes de las remuneraciones básicas, a abonarse en dos tramos no acumulativos:
- 17% a partir del mes de abril 2015
- 10% a partir del mes de noviembre 2015
La base de cálculo, en todos los casos, serán las escalas salariales del convenio vigente al mes de marzo de 2015.
Por otra parte, se convino el pago de una suma fija , extraordinaria, excepcional, por única vez, no habitual ni permanente, de $3048, de carácter no remunerativo. La misma, se abonará en dos cuotas iguales de $1524 cada una en los meses de julio y septiembre.
También, se estableció un aporte a OSECAC de $70 mensuales que será retenido por el empleador solo a los afiliados a esa obra social.
Para mas detalles sobre acuerdo, pueden leer el artículo sobre el tema AQUÍ.
Ahora, veamos como quedaría la liquidación de mayo según el nuevo acuerdo en un breve caso práctico.
Liquidación mayo 2015
Datos para la liquidación
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Básico $ 10.048,73
- 17 % del total acordado, a partir del 1 de abril de 2015
- 10 % del total acordado, a partir del 1 de noviembre de 2015
A tal efecto, se tomará como base de cálculo para la aplicación de dicho incremento, la suma resultante de la escala salarial convencional correspondiente para cada categoría, en el valor expresado para el mes de marzo de 2015, en razón de encontrarse conformado el salario con arreglo al acuerdo celebrado en mayo de 20154, que incluye los básicos de las escalas convencionales vigentes con las sumas no remunerativas, pactadas en el acuerdo anterior.
Dicho esto, determinemos el incremento salarial del primer tramo, que para nuestro caso es para un empelado de Categoría Administrativo A jornada completa. El cálculo será el siguiente:
Básico Marzo 2015 Administrativo A: $ 8.588,67
8.588,67 x 17% = 1.460,06 —- > incremento
Por lo que el básico desde abril y hasta octubre de 2015 será de $ 10.048,73 (8.588,67 + 1.460,06 )
También podemos ver las escalas salariales para cada categoría publicadas por FAECyS aquí.
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:
10.048,73 x 10 x 1% = 1.004,87
Acuerdo no homologado – Anticipo a cuenta
– Antigüedad: 1.460,07 x 1% x 10 = 146,00
– Asistencia y Puntualidad: (1460.07 + 146,00) / 12 = 133.85
Entonces, Pago anticipo a cuenta del acuerdo 2015: $1739.91
Pago anticipo a cuenta del acuerdo 2015: $1.460,06
Descuentos
Entonces calculamos:
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- Aporte de $70 con destino a la O.S.E.C.A.C.
Anónimo dice
hola quisiera que me espliques como es el seguro x jubilacion gracias
Esta establecido algún interés o multa por pagar retroactivo fuera de termino? (pasado el 15 de Junio) Gracias…
hola el retoactivo de abril es solo para empleados administrativos o para empleados de comercio tambien??
hola el retroactivo de abril es solo para empleados administrativos o para empleados de comercio tambien?
hola el retroactivo es para empleados administrativos solamente? o para empleados de comercio tambien?
hola te queria consultar, el retroactivo es solo para administrativos? o para los empleados de comercio tambien…
Hola buenas tardes, consulta: entre a trabajar el 10 de mayo bajo empleados de comercio, la pregunta es: ¿el aumento me corresponde igual? Por favor si alguien me puede responder se lo agradezco… gracias
Hola.estamos a 16/6 y todavia no me.pagaron el retroactivo de abril q puedo hacer?
hola quiero saber si el retroactivo de abril debe ir como remunerativo o no remunerativo , dado que busque en varias paginas de Internet y hay una en donde el retroactivo figura como no remunerativo. cual es la forma correcta ??
también quiero saber si me corresponde el descuento de osecac ya que tengo hecho el traspaso de obra social .
desde ya muchas gracias
Hola en caso de haber estado de licencia por maternidad quien me paga el retroactivo de abril?
Hola en caso de haber estado de licencia por maternidad quien me paga el retroactivo de abril?
El retroactivo sufre descuento?
Hola Ignacio.. consulta simple, el mes de mayo cobre lo mismo que el mes de marzo, no me vino el aumento… esta bien? porque si es asi me estan cagando parte del aguinaldo… o no?
Hola buenas tardes, mi pregunta es: si me tome vacaciones desde Marzo pero por mi antigüedad 23 días fueron dentro del mes de abril, aunque fueron liquidadas en marzo, no me correspondería el ajuste de vacaciones por los días de abril?
Hola buenas tardes, mi pregunta es: si me tome vacaciones desde Marzo pero por mi antigüedad 23 días fueron dentro del mes de abril, aunque fueron liquidadas en marzo, no me correspondería el ajuste de vacaciones por los días de abril?