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Empleados de Comercio: liquidación mayo 2024 con aumento del 7%

18 mayo, 2024 Por Ignacio 36 comentarios

Índice de Contenidos

  • Básico $ 445.901,45
  • Antigüedad: $ 44.590,15
  • Asistencia y Puntualidad: $ 40,874.30
  • Suma no remunerativa enero 2024
  • Suma no remunerativa febrero 2024
  • Suma no remunerativa abril 2024
  • Otros temas relacionados
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Caso Práctico: Liquidación de sueldos Empleados de Comercio mayo 2024.

Para la liquidación de mayo de Empleados de Comercio Rama General tenemos como novedad la aplicación del segundo tramo de aumento acordado en la última paritaria.

Recordemos, que durante este mes se cerró el acuerdo paritario de 2024, que estableció un incremento del 15% no remunerativo, que se paga en dos cuotas:

  • 8% ahora en abril (ya aplicado)
  • 7% en mayo (se aplica ahora)

Tomando como base de cálculo el básico de convenio y las sumas no remunerativas vigentes a marzo 2024.

Para más detalles, pueden ver el artículo artículo sobre las claves del acuerdo.

Ejemplo

Ahora, veamos un ejemplo de como se aplica el acuerdo, para lo cual utilizaremos los siguientes datos:

– Categoría: Administrativo A
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 10 años
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
– Feriado: 2 no trabajados

Cálculos de la liquidación

Básico $ 445.901,45

El básico no tiene modificaciones, es el mismo que se pagó en enero pasado, pueden ver los básicos de convenio de comercio para cada categoría.

Antigüedad: $ 44.590,15

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.

Entonces: 

445.901,45 x 10 x 1% = 44.590.15

Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $ 40,874.30

El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.

(445.901,45+ 44.590,15) / 12 = 40,874.30

Feriados

Este mes tenemos dos feriados, 1° día del trabajador y el 25 de mayo.

Veamos como calcularlos.

Recordemos que los feriados nacionales son días pagos, se trabaje o no. Además, el artículo 169 de la LCT establece que “Para liquidar las remuneraciones se tomará como base de su cálculo lo dispuesto en el artículo 155.”

El artículo 155 LCT se refiere a la forma de retribución de las vacaciones:

“a) Tratándose de trabajos remunerados con sueldo mensual, dividiendo por veinticinco (25) el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento.“

Por lo tanto, los feriados no trabajados se pagan en base 25, entonces:

Primero, determinamos el valor de un día normal, para eso sumamos todos los haberes remunerativo y lo dividimos por 30:

(445.901,45+ 44.590,15 + 40,874.30) / 30 = 17.712,20

Pero, como indicamos arriba, los feriados son pagos, se hayan trabajado o no, pero se bajan en base 25 en vez de base 30:

Veamos como hacer el cálculo:

(445.901,45+ 44.590,15 + 40,874.30) / 25 = 21.254,64

Donde $ 21.254,64 es el valor del día del Feriado no trabajado. En este caso, como son dos días lo multiplicamos por 2 y nos da $ 42.509,28

La diferencia entre estos dos valores 21.254,64 – 17.712,20 = 3.542,44 es el plus por feriado.

A TENER EN CUENTA: también puede ver que se liquide el plus, si restar el día en base 30. Y, otro criterio, es pagar el feriado en base 30, sin el plus.

Suma no remunerativa enero 2024

La de enero, es el 20% sobre el básico, entonces, el cálculo sería:

445.901,45 x 20% = 89.180,29

Además, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

Antigüedad sobre no remunerativo:

89.180,29x 10 x 1% = 8.918,03

Presentismo sobre no remunerativo:

(89.180,29+ 8.918.03) / 12 = 8,174.86

Estos adicionales no remunerativos, y se deberán liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

  • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Enero 20243
  • Acuerdo Enero 2024 No Remunerativo Antigüedad
  • Acuerdo Enero 2024 No Remunerativo Presentismo

Suma no remunerativa febrero 2024

Además, en febrero, por el nuevo acuerdo de este mes, tenemos otra suma no remunerativa, que es el 17.60% sobre el básico de convenio de enero 2024, es decir la misma base de calculo que la suma no remunerativa acordad en enero, entonces:

445.901,45 x 17,60% = 78.478,66

Además, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

Antigüedad sobre no remunerativo:

78.478,66 x 10% = 7.847,86

Presentismo sobre no remunerativo:

(78.478,66 + 7.847,86) / 12 = 7.193,88

Estos adicionales no remunerativos, y se deberán liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

  • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Febrero 2024
  • Acuerdo Febrero 2024 No Remunerativo Antigüedad
  • Acuerdo Febrero 2024 No Remunerativo Presentismo

Suma no remunerativa abril 2024

En abril, como vimos al comienzo, se acordó un incremento no remunerativo del 15%, en dos tramos, el 1° del 8% ya lo aplicamos, ahora, en mayo tenemos que aplicar el 7% restante.

Pero a diferencia de las dos anteriores, esta suma no remunerativa se calcula sobre otra base, el básico de convenio más las sumas no remunerativas enero y febrero, entonces el cálculo sería:

( 445.901,45 + 89.180,29 +78.478,66 ) x 15% = 92.034,06

Al igual que las anteriores, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

Antigüedad sobre no remunerativo:

92.034,06 x 10% = 9.203,41

Presentismo sobre no remunerativo:

(92.034,06 + 9.203,41) / 12 = 8.436,46

Estos adicionales no remunerativos, deberán ser liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

  • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Abril 2024
  • Acuerdo Abril 2024 No Remunerativo Antigüedad
  • Acuerdo Abril 2024 No Remunerativo Presentismo

Asimismo, atento su carácter No remunerativo, no serán contributivos a ningún efecto ni generarán aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social, con excepción de:

– Aportes y Contribuciones a OSECAC

– Aporte del trabajador establecido en los artículos 100 y 101 del CCT 130/75.

Sigue vigente el aporte de $100 con destino a OSECAC, para los trabajadores afiliados a esa obra social.

Recibo

El recibo de sueldos, quedaría así:

Empleados de Comercio: liquidación mayo 2024 con aumento del 7%

Calculadora

Por último, ya está actualizada la Calculadora hasta mayo 2024.

Otros temas relacionados

  • Empleados de Comercio: Claves del acuerdo salarial abril 2023
  • Escala salarial abril y mayo 2024
  • Homologación del acuerdo

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: Casos Prácticos, FAECYS, Liquidación de Sueldos, Recibo de Sueldos, SEC, Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. vanina dice

    24 mayo, 2024 a las 11:37 am

    Puede ser que sin el Bono del mes pasasdo y a apesar del aumento de may-24 cobren menos que en ABr-24?

    Responder
    • Eduardo dice

      26 mayo, 2024 a las 9:35 pm

      Buenas noches, si

      Responder
  3. Omar dice

    21 mayo, 2024 a las 2:55 pm

    Ignacio buenas tardes, una consulta…lo no remunerativo se toma en cuenta para ? horas extras ? Aguinaldo ? Vacaciones ? Gracias

    Responder
  4. Rodolfo dice

    20 mayo, 2024 a las 1:31 pm

    Buenos días gracias por la información que brinda .
    Podría hacer alguna vez el recibo de maestranza categoria A .
    Con 10 años de servicio para poder tener una idea e imagen para el personal de maestranza san luis ciudad.
    Gracias!

    Responder
    • Omar dice

      21 mayo, 2024 a las 2:44 pm

      Tenes la calculadora ! pones los años hs extras, etc y te sale el recibo

      Responder
  5. Claudia Mattenet dice

    20 mayo, 2024 a las 1:14 pm

    Ignacio, excelente como siempre, un unico Comentario , en abril estas enunciando en la explicacion el 7% pero estas en los calculos poniendo: ( 445.901,45 + 89.180,29 +78.478,66 ) x 15% = 92.034,06

    Responder
    • Ignacio dice

      20 mayo, 2024 a las 2:03 pm

      es el 8% + 7%

      Responder
  6. ReymondReddington dice

    20 mayo, 2024 a las 12:30 pm

    Piensan q descargandose acá van a lograr algo jaa jaaa…

    Responder
  7. VANESA dice

    20 mayo, 2024 a las 10:39 am

    no e sabe nada de la rama acopio hace dos meses que no hay aumento . IGNACIO no hay noticia sobre el tema . RAMA ACOPIO

    Responder
  8. Marcela Fernanda Alvarez dice

    20 mayo, 2024 a las 9:19 am

    Hay que tener en cuenta que los porcentajes NO REMUNERATIVOS de abril y mayo no son un porcentaje, SEGUN LAS PLANILLAS QUE SE EXTIENDEN DE FAECYS sino que son un redondeo. OJO!!

    Responder
  9. Veronica dice

    20 mayo, 2024 a las 7:39 am

    Cómo se liquida el sábado por la tarde?

    Responder
  10. PEDRO dice

    19 mayo, 2024 a las 3:45 pm

    Ignacio, todavia no se homologo callcenter.. es una verguenza… se sabe algo’?? TODAVIA NI BONO NI 8% COBRAMOS…

    Responder
  11. NANCY dice

    19 mayo, 2024 a las 3:39 pm

    El aumento anterior,todavía no subió al basico.
    Los dos últimos acuerdos,siguen figurando como NO REMUNERATIVOS,porque se demoro en subir al basico los acuerdos anteriores,esto no son tenidos en cuenta para el aguinaldo?

    Responder
  12. Horacio dice

    19 mayo, 2024 a las 2:06 pm

    Necesitamos que pongan los aumentos remunerativos sino nuestro sueldo queda estancado y tanto a mí como creo que a todos los empleados de comercio ns siguen comiendo de mal empeor la inflación de todos los meses a si que x favor hagan algo que para eso se ns descuenta del sueldo y pagamos sus sueldos muchas gracias

    Responder
    • VEROSOSA dice

      20 mayo, 2024 a las 1:05 pm

      Mas remunerativo, es más desempleo, por que en recesión si aumentas el costo laboral lo que conseguís es que aumenten los despidos, en un sector muy sensible al consumo como es comercio

      Responder
  13. Sergio Mudry dice

    19 mayo, 2024 a las 11:14 am

    Cuando lo pasan a remunerativo los aumentos,cobramos el aguinaldo sobre el básico únicamente?

    Responder
    • Ignacio dice

      19 mayo, 2024 a las 1:06 pm

      no hay fecha

      Responder
      • noelia dice

        20 mayo, 2024 a las 9:41 am

        En el Acuerdo del 22 de Febrero , el el ítem SEGUNDO dice que se incorpora al básico febrero y marzo 2024 , porque no se aplica eso

        Responder
      • Laura dice

        22 mayo, 2024 a las 6:15 pm

        Hola Ignacio cuanto quedaría el básico de vendedor B? Gracias

        Responder
        • Ignacio dice

          22 mayo, 2024 a las 6:23 pm

          https://www.ignacioonline.com.ar/calculadora-empleados-de-comercio/

          Responder
  14. David Heredia dice

    19 mayo, 2024 a las 10:57 am

    Cuando pasan al básico todos esos aumentos que tenemos.???

    Responder
    • Carmen dice

      19 mayo, 2024 a las 3:04 pm

      Si nos joden en el aguinaldo.tienen que agregar al básico..

      Responder
    • Guiller dice

      24 mayo, 2024 a las 3:13 pm

      Lo mismo quiero saber, nos dan porcentajes de aumento calculados a un basico muy bajo. Ya debería haber pasado todo al basico

      Responder
  15. Griselda Velazquez dice

    19 mayo, 2024 a las 10:45 am

    Hola buenas días yo trabajo en comercio trabajo 4 horas al día de lunes a viernes y un sábado al mes x la mañana quería saber cuanto es lo q debo cobrar me arranque el 1 de febrero del 2024 y el 19 de abrir me blanquearon

    Responder
  16. Javier dice

    19 mayo, 2024 a las 8:27 am

    Sigue el básico a 440 q vergüenzaaaaaa!!!!!!!
    Y no hacemos nada!!!!!

    Responder
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