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Empleados de Comercio: liquidación Marzo 2025 – Aumento del 1,7%

25 marzo, 2025 Por Ignacio 19 comentarios

Índice de Contenidos

  • Cómo aplicar el aumento del 1,7% en la liquidación de sueldos de marzo 2025 para Empleados de Comercio CCT 130/75. Incluye cálculos detallados, sumas no remunerativas, feriados y ejemplos prácticos.
  • Ejemplo de Aplicación
    • Cálculos de la Liquidación
  • Sumas No Remunerativas
    • Suma No Remunerativa Acuerdo Abril 2025
  • Feriados no trabajados
  • Feriado trabajado
  • Feriado trabajado sobre sumas no remunerativas
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Cómo aplicar el aumento del 1,7% en la liquidación de sueldos de marzo 2025 para Empleados de Comercio CCT 130/75. Incluye cálculos detallados, sumas no remunerativas, feriados y ejemplos prácticos.

En marzo tenemos debemos aplicar el último tramo de aumento de la paritaria 2024-2025 de empleados de comercio, se trata del incremento no remunerativo del 1,7% y, por otro, la incorporación de sumas no remunerativas al básico.

Luego en abril, comenzará la discusión paritaria de un nuevo acuerdo, recordemos que las paritarias de Empleados de Comercio van de abril a marzo de cada año.

Si repasamos el acuerdo enero 2025, se pactó un incremento no remunerativo del 5,1%, acumulativo y se abonará en tres tramos:

  • ✅ 1,7% a partir de enero 2025, base diciembre (APLICADO)
  • ✅ 1,7% a partir de febrero 2025, base enero (APLICADO)
  • ✅ 1 ,7% a partir de marzo 2025, base febrero (SE APLICA AHORA)

Las bases de cálculo de cada mes incluyen básicos de convenio más sumas no remunerativas. El efecto acumulativo resulta en un porcentaje trimestral final del 5,18%.

  • ACUERDO ENERO 2025
  • ADENDA ACLARATORIA

Ejemplo de Aplicación

Ahora, veamos un ejemplo de cómo se aplica el acuerdo, utilizando los siguientes datos:

  • Categoría: Administrativo A
  • Tipo de Jornada: Completa
  • Antigüedad: 10 años
  • Obra Social: O.S.E.C.A.C.
  • Afiliado al Sindicato: No
  • Feriados: 2 no trabajados y 1 trabajado

Cálculos de la Liquidación

Básico Marzo 2025: $815.260
Al básico de marzo se llega sumando al básico de febrero los no remunerativos de junio 2024 y febrero 2025:

ConceptoImporte
Básico Febrero 2025$764.279
+ No remunerativo Junio 2024$35.280
+ No remunerativo Febrero 2025$15.701
Básico Marzo 2025$815.260

Pueden ver las escalas para cada categorías AQUÍ.

Antigüedad: $ 86.298

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%, entonces:

862.980 x 10 x 1% = 86.298

Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $79.106,50

El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes (Básico + Antigüedad):

(862.980 + 86.298) / 12 = 79.106,50

Sumas No Remunerativas

Durante abril 2025, se siguen pagando las sumas no remunerativas de los acuerdos:

  • Junio 2024, la parte correspondiente Agosto
  • Septiembre 2024, completo
  • Enero 2025, suma que se pagaba en marzo

Suma No Remunerativa Acuerdo Abril 2025

Además, debemos calcular el nuevo monto del acuerdo de abril 2025, se trata del primer tramo, el 1,9% que se paga en este mes. Este se calcula sobre el básico más sumas no remunerativas vigentes a marzo 2025: 59.975 64.068 15.968

ConceptoImporte
Básico Marzo 2025$815.260
+ Saldo Acuerdo No Remunerativo Junio 2024$59.975
+ Acuerdo No Remunerativo Septiembre 2024$64.068
+ Acuerdo No Remunerativo Enero 2025$15.968
Base de Cálculo$955.271
% de aumento1,9%
Suma No Remunerativa Abril 2025$18.150

Pueden ver las escalas para cada categorías AQUÍ.

Importante:

Las sumas no remunerativas no son contributivas a ningún efecto ni generan aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social, con excepción de:

  • Aportes y Contribuciones a OSECAC
  • Aporte del trabajador establecido en los artículos 100 y 101 del CCT 130/75

Feriados

Por último, tengan en cuenta que en marzo hubo 3 feriados nacionales, los cuales también se deben liquidar, según se hayan trabajado o no:

  • 3 y 4 de marzo Carnaval
  • 24 de marzo Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia

Feriados no trabajados

(815.260 + 81.526 + 74.732,17) / 25 x 2 = 77.721,45

Feriado trabajado

(815.260 + 81.526 + 74.732,17) / 25 x 1 = 32.383,94

Feriado trabajado sobre sumas no remunerativas

Además, debemos calcular el feriado trabajado sobre las sumas no remunerativa, según lo previsto el el quinto párrafo del acuerdo de junio 2024:

“Los importes no remunerativos pactados en el presente acuerdo deberán ser tenidos en cuenta para el cálculo de los pagos correspondientes a los días trabajados feriados nacionales y domingos, siendo que el pago de dichos conceptos cobrarán operatividad a partir del mes de julio de 2024, es decir, no tendrá efecto retroactivo de ninguna naturaleza.”

Entonces, el cálculo sería;

(59.976,00 + 5.997,60 + 5.497,80 + 64.068,00 + 6.406,80 + 5.872,90 + 15.968,00 + 1.596,80 + 1.463,73) / 25 x 1 = 6.673,91

Recibo de sueldo

Empleados de Comercio: liquidación Marzo 2025 – Aumento del 1,7%

Calculadora

Por último, ya está actualizada la Calculadora hasta Marzo 2025.

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: Casos Prácticos, FAECYS, Paritarias, Recibo de Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Carlos dice

    21 abril, 2025 a las 9:34 pm

    Hola Ignacio. Sabés algo de paritarias y que va a pasar con lo perdido en el trimestre Enero/Marxo? Gracias

    Responder
  3. MARCELINO GONZALEZ dice

    17 abril, 2025 a las 8:49 am

    Gracias a un sindicato que no REPRESENTA EN LO MAS MINIMO a la GENTE REAL que lo conforma, y la runfla de impresentables gremiales UNO DE LOS SINDICATOS CON MAS GENTE A NIVEL PAIS CAYO EN LA LINEA DE LA POBREZA, politicas de aumentos NO REMUNERATIVAS QUE SOLO ENGORDAN SUS BOLSILLOS YA QUE PARA UNA PERSONAL A PUNTO DE JUBILARSE PERJUDICAN SOBRE MANERA YA QUE NO SE TOMA EN CUENTA PARA LA JUBILACION, Y SI NO TENES SU OBRA SOCIAL LOS AUMENTOS NR TAMPOCO TE AYUDAN A LA QUE TENES PORQUE NO LES IMPORTA LA PERSONA, SINO LA MANERA DE ASALTAR TU BOLSILLO LO MAS SIGILOSAMENTE POSIBLE, Ojala la gente comience a despertar y a darse cuenta que a ninguno de los que dicen representar a los empleados de comercio les interesa en lo mas minimo las condiciones laborales y ni hablar de los acuerdos que ellos mismos firman y nos significan con toda la furia y para un jornada completa $ 15.000,00 de aumento. DESAFILIACION MASIVA Y QUE DEJEN DE COBRAR CUOTAS SOLIDARIAS Y CONTRIBUCIONES EMPRESARIALES QUE SOLO LLENAN SUS CUENTAS BANCARIAS ES LO MEJOR QUE NOS PODRIA PASAR, TAMPOCO TENES QUE SER UN CRACK DE LAS NEGOCIACIONES PARA GESTIONAR UN AUMENTO DEL 1,7 % O 1%.-

    Responder
  4. Diego dice

    8 abril, 2025 a las 11:58 am

    Nacho, consulta, el calculo del aporte a la obra social veo que lo haces sobre el remunerativo + el no remunerativo, es asi? porque en el acta acuerdo no encuentro donde lo mencione expresamente.. Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      8 abril, 2025 a las 3:28 pm

      Si, es así y lo dice acta

      Responder
  5. MATIAS Cordoba dice

    4 abril, 2025 a las 4:56 pm

    ignacio me parece o venimos cobrando cada vez menos .. en que nos beneficia que se pase al basico ??

    Responder
  6. Jhonatan dice

    3 abril, 2025 a las 12:44 pm

    Hola Ignacio, una observación, en el cálculo que hizo de feriado no trabajado solo tomó el total del día dividido en base 25. y multiplicado por 2 y ese total puso como fer no tr. pero en realidad la fórmula no era
    ((Basico+ant+presen)/25) – ((Basico+ant+pres)/30) = Plus fer no trab. y luego por 2 por los dos días

    Responder
  7. Laura dice

    1 abril, 2025 a las 6:05 pm

    Buenas tardes, el sueldo de febrero fue de 866.787 en mano.
    El básico fue de 783.454.
    Porque dicen en la página que se cobra más de 900mil? Categoría B vendedores

    Responder
    • Ignacio dice

      2 abril, 2025 a las 10:44 am

      en qué página?

      Responder
  8. Marisol dice

    1 abril, 2025 a las 2:22 pm

    Ignacio, buenas tardes.
    Soy administrativo D y cobré menos que el mes pasado. Cómo puede ser? Dónde se refleja ese aumento del 1,7%?
    Gracias

    Responder
  9. daniel dice

    1 abril, 2025 a las 10:53 am

    una consulta ignacio .. el feriado no trabajado no esta incluido en el basico mensual? y solo deberia calcularse un plus feriado . ?

    veo q es el mismo calculo para un feriado no trabajado que para un feriado trabajado

    Responder
    • Ignacio dice

      2 abril, 2025 a las 10:46 am

      Hola, si, es lo que hice

      Responder
    • natalia dice

      3 abril, 2025 a las 10:47 am

      si, creo que hay un error en eso…esta duplicado. deberia estr solo la dif.el plus o descontar los 2 dias en el bruto..-

      Responder
  10. Diego dice

    31 marzo, 2025 a las 9:33 pm

    Buenas noches una consulta si pago 3 dias feriado con el plus no le debería restar los día del básico para no pagar 2 veces el día y los adicionales?

    Responder
  11. Agustina dice

    31 marzo, 2025 a las 2:05 pm

    Hola Ignacio. Yo soy empleada de comercio, vendedora B (call center), estoy cobrando lo mismo desde el mes de octubre de 2024 (ese mes cobré 611.191 y ahora en marzo 2025 cobré 613.000), no tuve ausencias, ni nada que me tengan que descontar. Los aumentos que publican parece no estar aplicando… Trabajo de lunes a viernes 6 hrs diarias (30 horas semanales). Estoy cobrando bien?

    Responder
  12. Maria Jose dice

    31 marzo, 2025 a las 11:37 am

    Como puede ser que cobre $4.000 menos que en Diciembre 2024??
    La farsa del aumento y los no remunerativos.
    El peor sindicato de la historia

    Responder
  13. Gustavo dice

    28 marzo, 2025 a las 11:14 am

    Que robo que es el pago NO REMUNERATIVO, cuando se incorpora al básico terminas cobrando menos. Los porcentajes de aumento son una mentira.
    Como le roban al trabajador.

    Responder
  14. lola dice

    28 marzo, 2025 a las 10:12 am

    Ignacio, buenos dias. una duda importante: los No remunerativos de acuerdos anteriores que van pasando al básico, fueron calculados + antigüedad + presentismo. y al incorporarlos no se tienen en cuenta estos dos puntos. o casualidad el de junio no aplica para estos items por eso paso solo?
    gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      28 marzo, 2025 a las 10:38 am

      lo explico en el artículo, pasan sin adicionales

      Responder
  15. roberto giovio dice

    26 marzo, 2025 a las 1:09 pm

    Hola Ignacio.
    Solo para tu conocimiento. No deseo que se publique.
    Fijate de corregir el programa de la calculadora de sueldos porque al descargar un ejemplo sencillo sin antiguedad y sin asistencia, a simple vista se observa que el total de la columna NO REMUNERATIVO suma mal. Seguro “trae” el nùmero de algùn otro lado en donde se calculò teniendo en cuenta que la diferencia es el Presentismo. Referencia: MARZO 2025.
    Querìa pegar un print pero no me deja. Saludos.

    Responder

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