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Empleados de Comercio: liquidación junio 2024 con aumento del 5%

29 junio, 2024 Por Ignacio 26 comentarios

Índice de Contenidos

  • Resumen del acuerdo
    • Aumento del 13,5% no remunerativo
    • Base de cálculo
  • Adenda aclarativa.
  • Básico $ 445.901
  • Antigüedad: $ 44.590,15
  • Asistencia y Puntualidad: $ 40,874.30
  • Suma no remunerativa enero 2024
  • Suma no remunerativa febrero 2024
  • Suma no remunerativa abril 2024
  • Suma no remunerativa junio 2024
  • Descuentos sobre sumas no remunerativas
  • Otros temas relacionados
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Nuevo Acuerdo de Revisión Salarial Empleados de Comercio: Liquidación de sueldos Empleados de Comercio junio 2024.

El 27 de junio se firmó el acta de revisión salarial en el marca de la paritaria 2024-2024 de Empleados de Comercio Rama General CCT 130/75.

Resumen del acuerdo

Aumento del 13,5% no remunerativo

Las partes pactaron un incremento salarial de 13,5% no remunerativo que se abonará en su valor nominal y en tres tramos no acumulativos:

  • 5% desde junio,
  • 4,5% desde julio y
  • 4% desde agosto.

Base de cálculo

En este punto, se generó una controversia por la mala comunicación de la base de cálculo por parte de los firmantes del acuerdo. Tanto en el comunicado de las cámaras, como en el acta acuerdo, la base de calculo informada es del 13.5% es:

“Todos los incrementos porcentuales se liquidarán conforme las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de marzo de 2024 con más las sumas de carácter no remunerativos a dicha fecha.“

En cambio, la FAECyS no informó la base de cálculo del incremento no remunerativo, sino que informó el básico conformado la mes de agosto, el cual sería de $858.200, y para llegar a el es necesario tomar las sumas no remunerativas vigentes a mayo 2024.

Entonces, ¿Cuál es la base de cálculo? ¿marzo o mayo?

Para aclarar, esperemos de manera definitiva, la Cámara Argentina de Comercio (CAC) emitió un parte de prensa donde se comunicó la siguiente aclaración:

Adenda aclarativa.

Con relación al acta paritaria salarial suscripta con fecha 27 días del mes de junio de 2024, las partes de común acuerdo pactan la siguiente adenda aclarativa del punto SEGUNDO:

“Que con relación a los incrementos porcentuales no remunerativos acordados, los mismos se liquidarán conforme las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de marzo de 2024 con más los incrementos de carácter no remunerativo a dicha fecha, dejando aclarado que se computarán asimismo los incrementos no remunerativos otorgadas durante los meses de abril y mayo de 2024, los cuales se adjuntan y forman parte integrante del presente”.

(Era más sencillo el básico y los incrementos no remunerativos vigentes a mayo.)

Esta adenda, firmada por las partes, todavía no se ha publicado, pero se publicaría la semana próxima.

Realizadas estas aclaraciones, vamos con el ejemplo de liquidación de junio 2024. Para más detalles, pueden ver el artículo artículo sobre las claves del acuerdo.

Ejemplo

Ahora, veamos un ejemplo de como se aplica el acuerdo, para lo cual utilizaremos los siguientes datos:

– Categoría: Administrativo A
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 10 años
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
– Feriados: 3 no trabajados

Cálculos de la liquidación

Básico $ 445.901

El básico no tiene modificaciones, es el mismo que se pagó en enero pasado, pueden ver los básicos de convenio de comercio para cada categoría.

Antigüedad: $ 44.590,15

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.

Entonces: 

445.901 x 10 x 1% = 44.590,10

Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $ 40,874.30

El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.

(445.901,45+ 44.590,15) / 12 = 40,874,26

Feriados

Este mes tenemos tres feriados, 17 Paso a la Inmortalidad del Gral. Don Martín Miguel de Güemes, 20 Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano y el 21 Feriado con fines turísticos.

    Veamos como calcularlos.

    Recordemos que los feriados nacionales son días pagos, se trabaje o no. Además, el artículo 169 de la LCT establece que “Para liquidar las remuneraciones se tomará como base de su cálculo lo dispuesto en el artículo 155.”

    El artículo 155 LCT se refiere a la forma de retribución de las vacaciones:

    “a) Tratándose de trabajos remunerados con sueldo mensual, dividiendo por veinticinco (25) el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento.“

    Por lo tanto, los feriados no trabajados se pagan en base 25, entonces:

    Primero, determinamos el valor de un día normal, para eso sumamos todos los haberes remunerativo y lo dividimos por 30:

    (445.901+ 44.590,10 + 40,874,26) / 30 = 17.712,18

    Pero, como indicamos arriba, los feriados son pagos, se hayan trabajado o no, pero se bajan en base 25 en vez de base 30:

    Veamos como hacer el cálculo:

    (445.901+ 44.590,10 + 40.874,26) / 25 = 21.254,61

    Donde $ 21.254,61 es el valor del día del Feriado no trabajado. En este caso, como son dos días lo multiplicamos por 3 y nos da $ 63.763,83.

    La diferencia entre estos dos valores 21.254,61 – 17.712,18 = 3.542,43 es el plus por feriado.

    A TENER EN CUENTA: también puede ver que se liquide el plus, si restar el día en base 30. Y, otro criterio, es pagar el feriado en base 30, sin el plus.

    Suma no remunerativa enero 2024

    La de enero, es el 20% sobre el básico, entonces, el cálculo sería:

    445.901 x 20% = 89.180

    Además, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

    Antigüedad sobre no remunerativo:

    89.180 x 10 x 1% = 8.918

    Presentismo sobre no remunerativo:

    (89.180+ 8.918) / 12 = 8.174,83

    Estos adicionales no remunerativos, y se deberán liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

    • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Enero 2024
    • Acuerdo Enero 2024 No Remunerativo Antigüedad
    • Acuerdo Enero 2024 No Remunerativo Presentismo

    Suma no remunerativa febrero 2024

    Además, en febrero, por el nuevo acuerdo de este mes, tenemos otra suma no remunerativa, que es el 17.60% sobre el básico de convenio de enero 2024, es decir la misma base de calculo que la suma no remunerativa acordad en enero, entonces:

    445.901 x 17,60% = 78.479

    Además, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

    Antigüedad sobre no remunerativo:

    78.478 x 10% = 7.847,90

    Presentismo sobre no remunerativo:

    (78.478 + 7.847,90) / 12 = 7.193,91

    Estos adicionales no remunerativos, y se deberán liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

    • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Febrero 2024
    • Acuerdo Febrero 2024 No Remunerativo Antigüedad
    • Acuerdo Febrero 2024 No Remunerativo Presentismo

    Suma no remunerativa abril 2024

    En abril, se había acordado un incremento no remunerativo del 15%, en dos tramos, el primer tramo del 8% se aplica desde abril, y la segunda del 7% que se aplica desde mayo.

    Pero a diferencia de las dos anteriores, esta suma no remunerativa se calcula sobre otra base, el básico de convenio más las sumas no remunerativas enero y febrero, entonces el cálculo sería:

    ( 445.901 + 89.180 +78.479 ) x 15% = 92.034

    Al igual que las anteriores, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

    Antigüedad sobre no remunerativo:

    92.034 x 10% = 9.204,40

    Presentismo sobre no remunerativo:

    (92.034 + 9.203,40) / 12 = 8.436,45

    Estos adicionales no remunerativos, deberán ser liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

    • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Abril 2024
    • Acuerdo Abril 2024 No Remunerativo Antigüedad
    • Acuerdo Abril 2024 No Remunerativo Presentismo

    Suma no remunerativa junio 2024

    Ahora, en junio, se aplica el primer tramo de aumento no remunerativo, según el nuevo acuerdo firmado que vimos al comienzo del artículo. Se trata de un 5% tomando como base de cálculo el básico más todas las sumas no remunerativas vigentes.

    ( 445.901 + 89.180 +78.479 + 92.034 ) x 5% = $ 35.280

    Esta suma, se liquidará como “Incremento No Remunerativo – Acuerdo junio de 2024”, en forma completa o abreviada.

    Al igual que las anteriores, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

    Antigüedad sobre no remunerativo:

    35.280 x 5% = 3.528

    Presentismo sobre no remunerativo:

    (35.280 + 3.528) / 12 = 3.234

    Estos adicionales no remunerativos, deberán ser liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

    • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Junio 2024
    • Acuerdo Junio 2024 No Remunerativo Antigüedad
    • Acuerdo Junio 2024 No Remunerativo Presentismo

    Descuentos sobre sumas no remunerativas

    Las sumas No remunerativas, no serán contributivas a ningún efecto ni generarán aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social, con excepción de:

    • Aportes y Contribuciones a OSECAC
    • Aporte del trabajador establecido en los artículos 100 y 101 del CCT 130/75.

    Recibo

    El recibo de sueldos, quedaría así:

    Modelo Recibo de Sueldos: Nuevo Acuerdo de Revisión Salarial Empleados de Comercio: Liquidación de sueldos Empleados de Comercio junio 2024.

    Calculadora

    Por último, ya está actualizada la Calculadora hasta agosto 2024.

    Otros temas relacionados

    • Empleados de Comercio: Claves del acuerdo salarial abril 2024

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    Publicado en: Empleados de Comercio

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    Comentarios

    1. -
    2. Znrekfr dice

      10 julio, 2024 a las 3:42 pm

      Привет Друзья!
      Всегда думал что купить диплом о высшем образовании это миф и нереально, но все оказалось не так, изначально искал информацию про: купить диплом в саратове, купить диплом высшее, купить диплом в коврове, купить диплом кандидата наук, купить диплом в новочеркасске, потом про дипломы вузов, подробнее здесь https://iskcondeoghar.com/product/value-education-contest-for-group-b-offline-english/#comment-387734
      Оказалось все возможно, официально со специальными условия по упрощенным программам, так и сделал и теперь у меня есть диплом вуза Москвы нового образца, что советую и вам!
      Удачи!

      Responder
    3. Maria dice

      3 julio, 2024 a las 3:34 pm

      Buenas el acuero esta homologado?

      Responder
    4. Uciel dice

      3 julio, 2024 a las 12:10 pm

      Hola! Consulta con respecto a la calculadora de empleados de comercio. Para saber cuánto debo cobrar este 10 de julio, en la calculadora debo seleccionar mes de Junio o Julio? Gracias!

      Responder
    5. Alberto dice

      2 julio, 2024 a las 10:34 am

      Buenos días…
      Ya tiene fecha para agregar los aumentos no remunerativos al básico??? Tenía entendido que el acuerdo de enero y febrero pasaban al básico en el mes de abril, y no sucedió…
      Saludos…

      Responder
      • Gabriel dice

        4 julio, 2024 a las 12:04 am

        Acuerdos de Enero y Febrero pasan al básico en 3 cuotas iguales y consecutivas a partir del mes de septiembre

        Responder
    6. Claudio dice

      2 julio, 2024 a las 6:44 am

      Esto influye en el aguinaldo

      Responder
    7. stefano dice

      1 julio, 2024 a las 12:52 pm

      buen dia ignacio como estas?. en antiguedad sobre el no remunerativo de junio pones 35.280 x 5% = 3.528 ESO ESTA MAL.
      en el ejemplo ese empleado tiene 10 años de antiguedad no 5 años y 35.280 x 5% no da 3528, da 1764.
      lo correcto seria 35.280 x 10% = 3528

      Responder
    8. Maria Teresa Cespedes dice

      1 julio, 2024 a las 12:45 am

      Hola, no cierra los $858200.- que informa comercio si no agregas como base de calculo el no remunerativo de mayo 2024.
      Entiendo que es el básico de convenio mas todos los no remunerativo vigentes para el calculo del 13.5 % + presentismo. Eso me da el sueldo que informa el sindicato.

      Esperare a las escalas para ver que tomar para las liquidaciones.

      Gracias

      Responder
    9. anonimo dice

      30 junio, 2024 a las 8:31 pm

      No faltaria en el recibo el no remunerativo de mayo?

      Responder
      • Roxana dice

        1 julio, 2024 a las 3:11 pm

        Está el 15% total (8% Abril + 7% Mayo)

        Responder
      • Gabriel Giacomo dice

        2 julio, 2024 a las 8:20 am

        Exacto. Falta el No Remuner de Mayo

        Responder
      • Gabriel dice

        4 julio, 2024 a las 12:08 am

        pueden colocarse juntos, pertenecen al mismo acuerdo

        Responder
    10. Marcelo Paez dice

      30 junio, 2024 a las 7:23 pm

      Vergüenza eso de tener mas de un 66% del salario como No Remunerativo…. Impresentable por donde se lo mire…

      Responder
    11. Ariel dice

      30 junio, 2024 a las 6:12 pm

      Buena tardes Ignacio
      Consulta tenés idea cuando van a incorporar las sumas no remunerativas al sueldo

      Gracias

      Responder
    12. Carla dice

      30 junio, 2024 a las 2:55 pm

      Hola, me gustaría saber cuanto deberia cobrar si trabajo 4 horas, de lunes a sábados, en blanco y ademas trabajo 2 horas más todos los días en negro, cuanto debería cobrar en el mes de junio?.. saludos y gracias

      Responder
    13. Danilo dice

      30 junio, 2024 a las 10:17 am

      Hola ignacio, tenes idea si ahora se va a tomar los no remunerativo para las hs extras?

      Responder
    14. Miguel dice

      30 junio, 2024 a las 6:36 am

      SOY UN VIGILADOR DE ROSARIO…28 AÑOS DE SERVICIO..PODRIAS EXPLICAR COMO SON LAS DISTINTAS FORMULAS PARA LIQUIDAR ANTIGUEDAD,HORAS NOCTURNAS,EXTRAS AL 50%,FERIADOS…PORQUE MAYO Y JUNIO NO SE DE DONDE SACAN LAS CIFRAS..GRACIAS

      Responder
    15. Matias dice

      29 junio, 2024 a las 7:26 pm

      Buenas noches Ignacio. Pequeño error en la calculadora: en la de sueldos de Empleados de Comercio, al abrir el menú desplegable «Aguinaldo», dice «Si, con RemuneratiNo y no RemuneratiCo». Pequeño error de tipeo.
      Saludo!

      Responder
      • Ignacio dice

        29 junio, 2024 a las 8:47 pm

        Me la programó un venezolano jajaja
        Gracias, lo voy a cambiar

        Responder
    Comentarios siguientes »

    Trackbacks

    1. Empleados de Comercio: Escalas Junio a Agosto 2024 dice:
      1 julio, 2024 a las 6:41 am

      […] Liquidación Empleados de Comercio Junio 2024 […]

      Responder

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