Ejemplo de liquidación julio 2017 para Empleados de Comercio con el segundo tramos de incremento salarial del 10% no remunerativo.
Recordemos, que el acuerdo salarial 2017 fijó un aumento salarial del 20% calculable sobre los haberes básicos fijados al mes de abril de 2017. Que se paga en dos tramos no acumulativos, de la siguiente manera:
- 10% no remunerativo desde Abril a Junio. En julio pasará al básico como remunerativo
- 10% no remunerativo desde Julio a Octubre. En noviembre pasará al básico como remunerativo.
Por lo tanto, en este mes, el 10% no remunerativo que se venía pagando desde abril, pasa al básico, y se incorpora el segundo tramo del 10% no remunerativo.
Para mas detalles sobre acuerdo, pueden leer el artículo sobre el tema AQUÍ. Y a continuación desarrollaré un pequeño caso práctico.
Datos para la liquidación
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Desde julio tenemos nuevos básicos de convenio, ya que el “Acuerdo octubre 2017” del 10% no remunerativo, pasa a tener carácter remunerativo y se suma al básico “en su valor nominal”, es decir sin acrecentamiento o grossing up. Por lo tanto, el neto a pagar en julio, respecto a los meses anteriores, será menor.
El básico de convenio para un Administrativo A hasta junio era de $15.161,23 y la suma no remunerativa del 10% era de $1.516,88. De la suma surge el nuevo básico:
15.161,23 + 1.516,12 = 16.677,35
Pueden ve las escalas salariales para todas la categorías Aquí.
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:
16.677,35 x 10 x 1% = 1.667,74
Liquidación del 10% no remunerativo “Acuerdo abril
Es decir, tanto para el 10% abril, como el 10% de julio, la base de cálculo es la escala salarial convencional correspondiente para cada categoría, de abril 2017.
15.161,23 + 10 % = $ 1.516,12— > incremento no remunerativo del 10%
Antigüedad
Sobre la suma no remunerativa también calculamos la antigüedad:
1.516,12 x 1% x 10 = 151,61
1308,91 + 130,09 + 119,98 = 1.559,78
Declaración Jurada No remunerativos
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre lo NO REMUNERATIVO, calculamos
- 3% de Obra Social en caso de estar en OSECAC
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- Aporte de $100 con destino a la O.S.E.C.A.C.
Para mas detalles del acuerdo, les recomiendo leer:
“Claves del acuerdo salarial de Empleados de Comercio 2017“
Herramientas para el control de las liquidacioes
1. Planilla Excel nueva versión
El caso planteado sirve de guía para cualquier otra categoría. De todos modos, les dejo una planilla excel donde se pueden estimar los cálculos para cada categoría de abril a noviembre 2017.
2.Calculadora online
También, pueden probar la calculadora online de Empleados de Comercio, que está en etapa de prueba. –> Ir a la calculadora.
ttatti dice
Hola! cuanto corresponde para el dia del empleado de comercio en septiembre? gracias!!!
como se calcula el dia del empleado de comercio?
Buenas tardes hasta cuando el descuento de 100?
Hasta que saquen un acuerdo que diga lo contrario. El acuerdo homologado en el decimo cuarto aclara que a partir de Abril 2017 se descuentan $100 destinados a la obra social OSECAC.
Hola buenas tardes hasta cuando nos van a seguir descontando los 100.xq era hasta mayo y xq se extendió?
hola Ignacio, te hago una consulta: cuando decimos que el 10% es sobre el sueldo básico, es el sueldo básico sin ser impactado por los descuentos, o una vez descontados los aportes varios? para ejemplificarte: si mi básico es de 23.000, el acuerdo debiera ser, en cada caso, 2300? te pregunto porque claramente lo que me estan dando dista mucho de eso…gracias por la aclaración! un beso
Buenos días Ignacio,
Falta informar el incremento de INACAP a partir de JULIO 2017
Saludos
Cada publicacion de Ignacio hace referencia a un tema, no quiere decir que no sepa o haga falta en algo particular.
El básico de Abril 2017 para Vendedor A es 15231,99. Saludos.
Mas el no remunerativo.
sobre lo NO remunerativo se calcula la art y el aporte a la obra social??
Buenas tardes Ignacio. El 10% no remunerativo se toma para el calculo de hrs extras??
buenas tardes Ignacio,soy monotributista ,trabajo desde hace diecises años en un estudio contable.este año me jubilo,mijefe trabajo seis horas cada dia de la semana,el mismo se rigue x los aumentos de comercio,mi pregunta es:primero pierdo la antiguedad con respeto al sueldo y la segunda es pierdo mis 28 dias de vacaciones?desde ya agradecido y espero su respuesta .Buenas tardes
"Sobre lo NO REMUNERATIVO, calculamos
3% de Obra Social en caso de estar en OSECAC."?? EN EL ACUERDO NO LO ESPECIFICA,TENIA ENTENDIDO QUE ERA PARA TODAS LAS OBRAS SOCIALES.
Ignacio, se puede eliminar la afiliación al sindicato, pero seguir bajo convenio de empleados de comercio? he consultado y me dijeron que no podia
Gracias
Tengo entendido que el pago al sindicato esta el obligatorio y el voluntario; al que si se le puede dar de baja es al voluntario pero el obligatorio se debe seguir pagando.
el feriado del 9 de julio del 2017 cae domingo se debe pagar al empleado mensualizado
Si, el adicional por feriados se paga sin importar que dia caen.
De paso te cuento que para empleados jornalizados tambien se pagan los feriados aunque caigan domingo.
Saludos
Buen día Ignacio, hay alguna novedad de la rama acopio?