Ejemplo de liquidación julio 2014 para Empleados de Comercio. Asignación no remunerativa de $1.200.
- 17% a partir del mes de abril 2014
- 10% a partir del mes de septiembre 2014
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Básico $ 7.912,39
6.762,73 x 17% = 1.149,66 —- > incremento abril 2014
Por lo que el básico a partir de Abril, y hasta agosto de 2014, será de $ 7.912,39 ( 6.762,73 + 1.149,66 )
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 5 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 5%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:
7.912,39 x 5 x 1% = 395,62
Asignación no remunerativa $ 1.200
Presentismo
Se presenta la discusión sobre si debe pagar el presentismo sobre los $1200, a mi entender si, por aplicación del artículo 40 del CCT 130/75.
Para el caso de ejemplo, no tenemos mayores inconvenientes, pero el problema se plantea cuando el trabajador labora a jornada parcial, ya el acuerdo ha dado para mas de una interpretación. Por parte de la FAECyS sostienen que la ANR sea para todos por igual, independientemente de la jornada realizada, en cambio desde la CAC, sostienen que la asignación se proporcional a la jornada que realice el trabajador. Y estamos hablando de la interpretación un acuerdo firmado por las partes, norma dictada por un tercero.
Lo cierto es que, tanto empleadores y quienes debemos hacer las liquidaciones, quedamos en medio de estas dos posiciones, sin una base cierta en la que apoyar uno u otro criterio. Desde las dos partes han intentado argumentar, a mi entender de manera muy pobre, sus posiciones. Pero no es motivo de este artículo analizarlas. Sigamos.
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- No lleva ningún descuento, ni aportes ni contribuciones. A diferencia de acuerdos anteriores, en donde los aumentos supuestamente no remunerativos, pero que llevaban descuento de obra social y sindicato, en este caso la asignación hace honor a su nombre y no lleva descuento de ninguna naturaleza.
Anónimo dice
buenas tardes:
Este aumento lo cobran todos los empleados de comercio?
trabajo 8 hs por dia, o depende del comercio se cobra?
Muchas gracias.
Buenas. en la liquidaciòn de JULIO no me dieron los 1200!! o es a fin de agosto!?? . AYUDAA!!
"Donde la Ley no distingue, nosotros distinguir no debemos" Mauricio
Hola, buenas noches! Me despidieron el 29/7 (el telegrama lo recibi el 31/7 y decia a partir de la fecha de recepcion), corresponde que me abonen los $1200?
SI!
Ignacio, buenas tardes.
Me gustaría saber tu opinión acerca de la proporcionalidad en cuanto al tiempo trabajado para la gratificación? Si un empleado trabajo 10 dias en el mes de Julio. que pasa? Le abonamos la proporcionalidad o cobra los $1200…
Muchas gracias!
Un abrazo.-
Si el empleado no trabajo todo el mes durante Julio 2014, se paga proporcional o hay que pagar siempre los 1200 aunque haya trabajado 1 dia durante Julio 2014?
gracias
Martin Soria
Buen día, quería saber como se descuentan los días no trabajados sin aviso ni justificacion de empleado de comercio. pierde el presentismo de 8.33% o solo se descuentan los días. Muchas Gracias
Ignacio, soy part time solo me pagaron 750 pesos. Esta bien?
Hola yo trabajo media jornada me corresponde cobrar los $1200 en julio??
Hola Ignacio. Para la rama del turismo, tenes la planilla armada?
Gracias como siempre Ignacio..a pesar de las mil lecturas diarias y de todo lo que compramos en el estudio,online,papel,etc…tu comentario y ayuda siempre es invalorable…..gracias amigo…
Ignacio buenas tardes, estoy en licencia por maternidad, que pasa con esos 1200, como debe declararlos mi empleador en el 931 para que me los paguen en ANSES? O me lo deben dar ellos aparte¿
tengo la misma consulta encontraste respuesta??
No entendi lo de la jornada parcial. Soy jornalera.gano $2000mebri corresponden los 1200$. Gracias
Se le debe abonar la misma suma sea tiempo parcial o completo. $ 1200.
y para ayudar, averigüe que los $ 50 a la obra social no se pagan mas desde el mes de abril 2014.
Saludos y gracias Ignacio
que sucede si renuncia en agosto pago solo la primera cuota o las dos
hola, yo empeze s trsbsjsr este mes. tambien me corresponden??