Liquidación de haberes para el mes de Julio de 2012 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio – Jornada Parcial.
Jornada: Media jornada
Básico: $ 2.058,23
El básico de la categoría es de $ 4.116,45 para jornada completa, en este caso como es media jornada, es la mitad.
$ 4.116,45 / 2 : 2.058,23
Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $171,52
2.058,23 / 12 = 171,52
Acuerdo mayo 2012: $ 308,73
Es el 15% sobre el básico de la categoría “Administrativo A” para el mes de Abril de 2012 (Base de cálculo)
4.116,45 / 2 x 15% = $ 308,73
Asistencia y puntualidad: $51,46
Cálculo del aporte a la Obra Social por Jornada Parcial
Como particularidad la liquidación de sueldo por jornada parcial es el calculo del aporte a la obra social. Según lo establecido por la ley 26.474:
“Los aportes y contribuciones para la obra social será la que corresponda
a un trabajador, de tiempo completo de la categoría en que se desempeña
el trabajador. “
Por lo tanto, tenemos que modificar la base de cálculo para el aporte a la Obra Social. Según vemos en el recibo, las bases son:
2.229,74 remunerativos
334,46 no remunerativos
- 11% de Jubilación
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
- 3% de Obra Social: en caso de jornada parcial, la obra social se calcula por jornada completa.
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
– Remunerativo: $4.459,49
– No Remunerativo: $668,92
Cálculo aporte obra social:
– No Remunerativo: $668,92 x 3% = $20,07
Aporte Afiliados al sindicato artículo 101 CCT 130/75
El aporte al sindicato en caso de empleados afiliados varia según la zona, pero por lo general es del 2%, y tambiéntiene la particularidad según el distrito, que se paga por jornada completa, por lo que se debe tomar también la base que tomamos para la obra social.
Como siempre, hasta
aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un caso simple, sin antigüedad,
si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco
tuve en cuenta el feriado del 9 de julio en la liquidación, es
al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.
Juan Manuel Caceres dice
Hola Ignacio mi consulta es la siguiente. trabajo en un supermercado de lunes a sábado de 8 a 13 y de 17.30 a 22.30. (incluidos feriados). Administrativo B. cuantas horas extras estoy haciendo al 50% y al 100% ? Hay un tope? Cómo se calculan? Muchas gracias.
Hola Ignacio. Mi consulta es la siguiente. trabajo en un supermercado de lunes a sábado (incluidos feriados) de 8 a 13 y de 17.30 a 22.30 Administrativo B. Cuantas horas extras estoy haciendo al 50% y al 100%. ? Hay un tope? Cómo se calculan? Muchas Gracias.
HOLA IGNACIO, TU EJEMPLO RE CLARO. TE CONSULTO SOY EUGENIA, ADMINISTRATIVA B MEDIA JORNADA, EN CORDOBA. ENTRÉ A TRABAJAR EN JUNIO. mI CONSULTA:¿ ME CORRESPONDE COBRAR EL NO REMUNERATIVO CON BASE ABRIL? AUQNUE NO HAYA TRABAJADO ABRIL. GRACIAS EUGE
Gracias Ignacio ¡¡ generoso ¡¡¡ Saludos desde Tucuman
Hola Ignacio. Cuantas horas mensuales tomo para calcular el tiempo parcial de un trabajador de comercio? 200 horas en el mes o 176 horas.
En un mes (5 por 8 horas + 4)por 4 semanas son 176 horas.
Si trabaja de lunes a sabado solo 4 horas diarias. 80 horas el valor por dia cambia si tomo 200 o tomo 176.
Hola Ignacio, muy agradecida por tu ejemplo, la lectura del blog se me hace imprescindible diariamente…
De nuevo: gracias!
hola ignacio, haciendo las liquidaciones de julio me di cuenta que la empleada que liquidaba sueldos anteriormente no descuenta el 3% de obra social de la suma no remunerativa (que vos si incluis en tu recibo ejemplo) qué hago? lo empiezo a descontar?? si no lo descuento nunca qué pasa, ese 3% lo esta pagando el empleador?? porque en el f931 si lo contamos en el punto 4 y 8 de aportes y constribuciones a obra social pero en el recibo no lo descuenta…gracias
Si, deberías descontarlo, para atrás se complica ahora, no desde cuando viene el error
48 hs mensuales. es como si trabajara 2 hs por dia
a mi me dan un recibo de sueldo como si trabajara 48 hs mensuales. es posible eso. yo en realidad trabajo el doble, osea media jornada
48 mensuales o semanales?
48 hs mensuales. es como si trabajara 2 hs por dia
Buenas tardes Ignacio, en el caso en el que el empleado no esta en la obra social de comercio tengo entendido que el descuento sobre lo no remunerativo no se le realiza. Quisiera saber si es correcto. Gracias
Buenos días:tengo una duda con respecto al trabajador donde su contrato es de jornada parcial y labora mas de las 2/3 partes de la jornada completa (ejemplo 6 horas diarias) el salario debe ser igual al de jornada completa? hay alguna norma,ley,decreto?
Ignacio: TE CONSULTO POR QUE TENGO EL RECIBO DEL MES DE MAYO Y EN EL TOTAL A COBRAR DICE:$2810.43- MI CATEGORIA ES MAESTRANZA.A TAREA LIMPIEZA. QUIERO SABER SI ESTE SUELDO ES CORRECTO POR QUE ESTOY VIENDO EN LOS RECIBOS DE SUELDO QUE PUBLICAS Y NO COINCIDEN EN NADA CON EL MIO, LOS REMUNETARIOS ESTAN Y LOS NO REMUNETARIOS TAMBIEN ESTAN EN MI RECIBO. TE AGRADECERIA RECIBIR TU RESPUESTA.
No te va a coincidir, primero porque es otra categoría, y segundo porque por ese valor, es muy posible que tu carga horaria sea de 32 semanales
Hola Ignacio! te hago una consulta respecto del cobro de la cuota sindical …. en que norma, ley o resolucion se basan los Sindicatos (segun el distrito) en cobrar la Cuota sindical a los de Jornada parcial como si fuera Jornada completa… En Bahia Blanca te indican eso pero nadie sabe porque…Tengo entendido que tendria que tener algun sustento legal, no? que opinas?
Bueno, cualquier ayuda te lo agradecere, aprovecho para agradecerte por tanta informacion que me brindas ya que no suelo hacer consultas por este medio pero SI te sigo dia a dia en las novedades… Un abrazo
Santiago (bahia blanca
Por lo general cada zona tiene resolución que así lo indica, tiene que estar homologada por el Ministerio, no conozco la de Bahía Blanca, tendrías que consultarlo con ellos, que te pasen la resolución.
Yo quiero saber cuantas horas tengo que trabajar si tengo media jornada. Cuantas horas son?
Soy de Venado Tuerto, provincia de Santa FE
La jornada parcial no puede exceder las 2/3 partes de la jornada completa, que es de 48 horas, por lo que la jornada parcial no puede exceder las 32 horas semanales.
Ignacio:Muchisimas gracias por tu ayuda!!! te hago una nueva pregunta, donde encuentro el importe x falla de caja que reciben los cajeros??, o como lo calculo? se abona trimestralmente? es remuneratorio? ,y si hablamos del sindicato imaginando que el empleado esta afiliado me podes indicar que se abona por ambas partes ojala me puedas ayudar. Gracias x anticipado. graciela
Los valores están publicados en la escala salarial