Liquidación de haberes para el mes de Julio de 2012 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio – Jornada Parcial.
Jornada: Media jornada
Básico: $ 2.058,23
El básico de la categoría es de $ 4.116,45 para jornada completa, en este caso como es media jornada, es la mitad.
$ 4.116,45 / 2 : 2.058,23
Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $171,52
2.058,23 / 12 = 171,52
Acuerdo mayo 2012: $ 308,73
Es el 15% sobre el básico de la categoría “Administrativo A” para el mes de Abril de 2012 (Base de cálculo)
4.116,45 / 2 x 15% = $ 308,73
Asistencia y puntualidad: $51,46
Cálculo del aporte a la Obra Social por Jornada Parcial
Como particularidad la liquidación de sueldo por jornada parcial es el calculo del aporte a la obra social. Según lo establecido por la ley 26.474:
“Los aportes y contribuciones para la obra social será la que corresponda
a un trabajador, de tiempo completo de la categoría en que se desempeña
el trabajador. “
Por lo tanto, tenemos que modificar la base de cálculo para el aporte a la Obra Social. Según vemos en el recibo, las bases son:
2.229,74 remunerativos
334,46 no remunerativos
- 11% de Jubilación
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
- 3% de Obra Social: en caso de jornada parcial, la obra social se calcula por jornada completa.
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
– Remunerativo: $4.459,49
– No Remunerativo: $668,92
Cálculo aporte obra social:
– No Remunerativo: $668,92 x 3% = $20,07
Aporte Afiliados al sindicato artículo 101 CCT 130/75
El aporte al sindicato en caso de empleados afiliados varia según la zona, pero por lo general es del 2%, y tambiéntiene la particularidad según el distrito, que se paga por jornada completa, por lo que se debe tomar también la base que tomamos para la obra social.
Como siempre, hasta
aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un caso simple, sin antigüedad,
si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco
tuve en cuenta el feriado del 9 de julio en la liquidación, es
al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.
Anónimo dice
HOLA IGNACIO,TRABAJO 35 HRS SEMANALES DE LU A VI.SECCION VENTAS,CATEGORIA: VENDEDOR A ,CALIF PROFECIONAL: ADMINISTRATIVO,(VENDO Y COBRO)TURNO DE 7 HRS. REMUNERACION 3.647,93 ( CORRESPONDE SALARIO POR JORNADA COMPLETA ?)GRACIAS.MIRIAN.