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Liquidación de sueldo Enero 2022, incorporación al básico y nueva Suma no remunerativa del 8%.
Enero comenzó con aumentos salariales, ya vimos como liquidar UOM y UOCRA, ahora, seguimos con Empleados de Comercio que trae un par de novedades para este mes.
Por un lado el 25% no remunerativo que se pagó hasta diciembre se incorpora al básico de convenio y, además, se paga un nuevo tramo de aumento del 8% no remunerativo.
Entonces, vamos con el ejemplo y los puntos claves para liquidación de Empleados de Comercio de Enero con los siguientes datos:
– Categoría: Administrativo A
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 10 años
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
– Feriados: no trabajados
Cálculos de la liquidación
Básico $ 71.538,90
Hasta diciembre teníamos, para la categoría “Administrativo A” un básico de $ 57.231,12, ahora se incorpora la suma no remunerativa del 25% que se pagó hasta diciembre pasado, así que nos queda:
57.231,12 + 14.307,78 = 71.538,90
La suma se incorpora directamente, no hay acrecentamiento.
Pueden ver en la escala salarial publicada por la FAECyS aquí, o la escala resumida publica aquí.
Antigüedad: $ 7.053,89
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.
Entonces:
71.538,90 x 10 x 1% = 7.153,89
Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $ 5.246,19
El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.
(71.539,90 + 7.153,89) / 12 = 6.557,73
Feriados
Plus Feriado no trabajado: $ 568,34
En enero tuvimos el feriado del 1° año, para el caso de ejemplo, el plus a pagar por ese día sería de $568,34, veamos como llegamos a ese número.
Recordemos que los feriados nacionales son días pagos, preste el trabajar tareas o no. En el caso de no trabajar ese día feriado se paga con un plus, ya que se paga en base 25 como un día de vacaciones.
Ahora, en caso de trabajar ese día feriado, se debe pagar doble.
Pero, volvamos con el caso de ejemplo, habíamos dicho que no trabajó los días feriados, entonces el empleado tiene derecho a percibir su salario, con un plus y se determina de la siguiente manera:
Primero, determinamos el valor de un día normal, para eso sumamos todos los haberes remunerativo y lo dividimos por 30:
(71.539,90 + 7.153,89 + 6.557,73) / 30 = 2.841,68
Donde 2.841,68 es el valor de un día normal, y como no lo trabajó, lo restamos. Pero, como indicamos arriba, los feriados son pagos, se hayan trabajado o no.
En este caso son días no trabajados, entonces se determinar con el plus que surge de calcular el día en base 25 en vez de base 30:
Veamos como hacer el cálculo:
Calculamos el valor del día feriado, calculado en base 25:
(71.539,90 + 7.153,89 + 6.557,73) / 25 = 3.410,02
Donde 2.841,68 es el valor del día del Feriado no trabajado.
La diferencia entre estos dos valores 2.841,68 – 3.410,02 = 568,34 es el plus por feriado.
Feriados Trabajados
Ahora, veamos el caso de un trabajador que si prestó servicios en los días feriados, se deberá liquidar ese día como Feriado trabajado.
Para ese caso, el artículo 166 de la LCT, en el segundo párrafo, establece la forma de cálculo para los trabajadores que se desempeñan los días feriados.
Cuando el trabajador prestara servicios en el día feriado cobrará la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.
Cálculo del día feriado
(71.539,90 + 7.153,89 + 6.557,73) / 25 = 3.410,02
Cálculo del día normal
(71.539,90 + 7.153,89 + 6.557,73) / 30 = 2.841,68
Ahora sumamos ambos valores y tenemos el total de un día feriado trabajado:
3.410,02 + 2.841,68 = 6.251,70
En el caso de haber trabajados los dos feriados, lo multiplicamos por dos.
Incremento No Remunerativo – Acuerdo 2021
Como comenté al comienzo del artículo, en enero se paga el 4° tramo de aumento de un 8% no remunerativo, así fue acordado en en el primer acuerdo de la paritaria del año pasado:
- 8% en mayo 2021 ✓
- 8% en septiembre 2021 ✓
- 9% en noviembre 2021 ✓
- 8% en enero 2022 ✓
- 8% en febrero 2022
La base de cálculo para todos los tramos son los básicos de Convenio vigentes a mayo 2021.
Entonces, calculamos el 8% sobre el básico de convenio de mayo, que es el que se pagó hasta diciembre pasado:
57.231,12 x 8% = 4.578,49
Y si no quieren hacer el cálculo, en este enlace está la escala salarial para todas las categorías de Empleados de Comercio publica aquí..
En cuanto a los aportes y contribuciones, esta suma es base de cálculo para:
- aportes y contribuciones de la OSECAC
- aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del CCT 130/75, es decir sindica y FAECyS
Por último, sobre estas sumas no remunerativas, no se aplicará ningún equivalente respecto de los adicionales previstos en el CCT 130/75, a saber, presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer, ayudante de chofer, zona desfavorable ni tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario (Aguinaldo).
Recibo de sueldos
El recibo de sueldos de Enero quedaría así:
Calculadora para simular las liquidaciones
Está disponible calculadora online para simular la liquidación de enero 2022.
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Marcelo dice
Hola que tal, yo empecé a trabajar en octubre del 2012, precisamente el dia 17, trabajo de lunes a viernes 6 horas al dia, empece ganando $2500 el mes, ahora ya tengo 10 años de antiguedad y me estan pagando 90 mil por mes, es un empleo de comercio, se que me estan pagando poco y necesitaria saber el monto real de lo que deberian estar pagandome al dia de hoy Diciembre 2022, necesitaria una ayuda por favor, desde ya muchas gracia.
Marian dice
Quién controla a los comerciantes que se abusan de la necesidad? Trabajo media jornada,cobro $20.000. estamos en blanco,pero no nos muestra el recibo hace 4 años. No tiene recibos de sueldo con nuestra firma.
luz dice
Hola, cuanto cobra un empleado de comercio por hora? y como se cobra si se trabaja 5 horas por 4 dias a la semana? gracias!
Ignacio dice
no se paga por hora en comercio, se estiman las horas semanales y se proporciona
Cintia dice
Hola Ignacio yo trabajo en una clinica y estoy anotada como administrativa A de 6horas diarias 5 dias a la semana y me pagan 30mil pesos al mes hace 6 meses nunca recibi un aumento, cuanto deberia estar cobrando? Aguardo tu respuesta, gracias.
Maria Florencia dice
Hola Ignacio,
Se sabe algo de la reapertura de las paritarias correspondientes al 2021?..
Hasta donde tenia entendido era para reajustar Enero, Febrero y Marzo 2022.. Y como ya pasó Enero .. queria saber si habia alguna novedad al respecto.
Muchas gracias!
Natalia dice
Hola trabajo 4 horas por días de lunes a sábados? Q me saldría la hora? Y los feriados? En abril va hacer 7 años q trabajo en blanco
Fabian Gomez dice
¿Alguna novedad sobre el 15% adicional que supuestamente Cavallieri trataría a partir del 15/01/2022 para la recomposición salarial en empleados de comercio?, en la pagina no vi que hayas vuelto hablar sobre el tema, saludos