Ejemplo de liquidación Enero 2017 para Empleados de Comercio con incremento del 7% remunerativo.
El acuerdo estableció un aumento salarial del 19% calculable sobre los haberes básicos fijados al mes de noviembre de 2015 (los mismos que marzo 2016), que se agrega de forma no acumulativa al 20% otorgado en abril último, completando así un alza de 39%. El primer tramo de este nuevo aumento, de 12%, tendrá vigencia desde octubre con carácter no remunerativo durante toda la vigencia del actual convenio (será incorporado a l+os básicos convencionales en el mes de abril de 2017, por su valor nominal). El segundo tramo, en tanto, de 7%, tendrá carácter remunerativo desde su incorporación, en enero de 2017.
Veamos un caso práctico.
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Solución Propuesta
Para un Administrativo A, el básico a ese momento era de $10.907.60, entonces
10.907,60 x 7% = 763,52 es el incremento
13.089.83 + 763,52 = $13.852.35 es el básico a enero 2017
Pueden ver y descargar las escalas para todas las categorías aquí: escalas salariales para cada categoría publicadas por FAECyS.
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:
13.852,35 x 10 x 1% = 1385,24
El cálculo será el siguiente:
Ahora, ¿qué pasa con la antigüedad y el presentismo? ¿ forman parte de la base cálculo? Si, forman parte de la base de cálculo, o lo que es lo mismo, calculamos antigüedad y presentismo sobre el incremento no remunerativo.
Entonces, el cálculo sería el siguiente:
Antigüedad
1308,91 x 1% x 10 = 130,89
1308,91 + 130,09 + 119,98 = 1.559,78
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre lo NO REMUNERATIVO, calculamos:
- 3% de Obra Social. El texto del acta es algo ambiguo, pero lo aplicaría para todas las obras sociales.
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
Planilla Excel
El caso planteado sirve de guía para cualquier otra categoría. Les dejo una planilla excel para donde se pueden estimar los cálculos para cada categoría.
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Empleados de Comercio: Liquidación de vacaciones 2017
Anónimo dice
Alguien mas quiere sacarnos mas plata del sueldo, algo mas "capos" gremialistas que no largan la teta? he he… FAECYS, obra social aporte nose que aparte de lo que ya pagamos.. na.. es increíble como tenemos que mantener todos estos delincuentes. LPM. Ni que hablar de la ley 19332 si ya nos descuentan nuestra jubilación xq tenemos que pagar mas jubilación y encima para anda saber que vago que nunca trabajo y llega a viejo y se va a jubilar y capaz lo mismo que nosotros.
Renuncie a la enpresa donde trabajaba… Me corresponde reclamar el seguro la estrella?? Y si mi patronal no hacía el aporte correspondiente no puedo reclamar nada? No es un seguro obligatorio?
Buenos días, mi consulta es como liquidar a un empleado que ingresa en enero 2017?? Es necesario el no remunerativo si le pagan un valor superior al de escala??
Muchas gracias!!
María Candela
Que hacer si no te pagan las horas extras
Buenos dias. Tengo una consulta: ingresé a trabajar en un comercio en septiembre de 2012, media jornada. Hace un mes, comencé a trabajar la jornada completa, y en el sueldo de enero, solamente percibí la suma de $13.070. Tenés alguna idea de por qué pudo haber ocurrido? Espero tu respuesta. Un saludo
Hola quiero saber cuánto sería el sueldo de Secretaría y a la ves Asistente de odontología…Gracias
Buenos días mi consulta es respecto a los conceptos no remunerativos, si también aumenta? porque en otras paginas sale con aumento lo no remunerativo. gracias
Buenos dias, queria consultar por el recibo que me dieron correspondiente al mes de Dic.16 juntaron en un solo recibo el SAC y el mes. Ahora en la parte de descuentos pusieron una linea que dice vale a cta con el valor neto de lo que nos pagaron de SAC en su momento, con lo que el valor final neto del recibo es solo el mes de Dic.16. eso esta bien? Luis
Hola Ignacio, antes q nada quería agradecerte porque es excelente tu laburo. Ahora, te hago una pregunta: el sueldo de adm A no tendría q pasar a 13853,36 en ves de 13852,35?. Se que solo es un peso y no modifica mucho, pero por qué se le descontamos al laburante? Je. Mi pregunta, no es para q corrijas lo tuyo q es un gran laburo, si no para saber si sabes como reclamar en Faecys porque lo q está mal son sus planillas. Gracias. Y nuevamente, gracias por tu laburo.
Cr. Bruno Scotti
Ignacio, en caso de tener concepto " adicionales" ya que se le paga mas que el basico de convenio, ese valor tambien debe incrementarse en 7%??
Gracias por tu respuesta
Ignacio cuanto es el adicional por manejo de dinero en enero 2017 para cajeros A y C ???
Buenos días, yo tome las vacaciones correspondientes al periodo 2016 el 19/12/16 hasta el 15/01/17 (28 días), ¿me corresponde el ajuste por el incremento del 7% que se aplicaba a partir de enero por los 15 días de vacaciones de ese mes, o no, al ser vacaciones del 2016?
Ignacio buenas tardes.
Soy empleado administrativo B por 5hs de lunes a viernes.
Tengo un año de antiguedad. ¿Cual seria mi sueldo correcto?
Saludos.
¿No es mas sencillo aplicar el 9,4488% sobre el importe remunerativo y dejarlo en un solo concepto "Acuerdo Octubre/2016"?… personalmente lo hice asi y me da exactamente lo mismo
Gracias