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Liquidación de sueldo Diciembre de 2021. Feriados trabajados y no trabajados. Suma no remunerativa del 9% y Calculadora online.
En la la liquidación de diciembre de Empleados de Comercio, debemos utilizar la escala de noviembre 2021, donde se incorporó el tercer aumento de la paritaria 2021.
Recordemos, que en la última revisión salarial de la paritaria de Empleados de Comercio, se pactó un incremento adicional del 9% no remunerativo desde noviembre 2021.
Además, se paga el la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).
Veamos como hacer la liquidación de diciembre, con los siguientes datos:
– Categoría: Administrativo A
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 10 años
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
– Feriados: no trabajados
Cálculos de la liquidación
Básico $ 57.231,12
Para el caso de un “Administrativo A” es de $ 57.231,12 y surge de la escala salarial publicada por FAECyS. Pueden ver las escalas aquí para cada categoría o las publicadas por la FAECyS aquí.
Antigüedad: $ 5.723,11
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.
Entonces:
57.231,12 x 10 x 1% = 5.723,11
Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $ 5.246,19
El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.
(57.231,12 + 5.723,11) / 12 = 5.246,19
Feriados
Plus Feriados no trabajados: $ 909,34
En diciembre hubo dos feriados, el miércoles 8 día de la Inmaculada Concepción de María y el viernes 25 Navidad. Recordemos que el 24 y 31 de diciembre, no son feriados, tampoco días no laborales.
Para el caso de ejemplo, el plus a pagar por esos dos días sería de $909,34, veamos como llegamos a ese número.
Recordemos que los feriados nacionales son días pagos, preste el trabajar tareas o no. En el caso de no trabajar ese día feriado se paga con un plus, ya que se paga en base 25 como un día de vacaciones.
Ahora, en caso de trabajar ese día feriado, se debe pagar doble.
Pero, volvamos con el caso de ejemplo, habíamos dicho que no trabajó los días feriados, entonces el empleado tiene derecho a percibir su salario, con un plus y se determina de la siguiente manera:
Primero, determinamos el valor de un día normal, para eso sumamos todos los haberes remunerativo y lo dividimos por 30:
(57.231,12 + 5.723,11 + 5.246,19) / 30 = 2.273,35
Donde 2.273,35 es el valor de un día normal, y como no lo trabajó, lo restamos.
Pero, como indicamos arriba, los feriados son pagos, se hayan trabajado o no.
En este caso son días no trabajados, entonces se determinar con el plus que surge de calcular el día en base 25 en vez de base 30:
Veamos como hacer el cálculo:
Calculamos el valor del día feriado, calculado en base 25:
(57.231,12 + 5.723,11 + 5.246,19) / 25 = 2.728,02
Donde 2.728,02 es el valor del día del Feriado no trabajado.
La diferencia entre estos dos valores 2.273,35 – 2.728,02 = 454,67 es el plus por feriado.
Como en octubre hubo dos feriados, lo multiplicamos por 2:
454,67 x 2 = 909,34
También podemos llegar al mismo valor calculando el 20% de la sumatoria dividido 30:
(57.231,12 + 5.723,11 + 5.246,19) / 30 x 20% x 2 = 909,34
¿Por qué solo el plus y no el día completo? Porque el día normal ya está dentro de los 30 días liquidados, entonces solo suma la diferencia.
Feriados Trabajados
Ahora, veamos el caso de un trabajador que si prestó servicios en los días feriados, se deberá liquidar ese día como Feriado trabajado.
Para ese caso, el artículo 166 de la LCT, en el segundo párrafo, establece la forma de cálculo para los trabajadores que se desempeñan los días feriados.
Cuando el trabajador prestara servicios en el día feriado cobrará la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.
Cálculo del día feriado
(57.231,12 + 5.723,11 + 5.246,19) / 25 = 2.728,02
Cálculo del día normal
(57.231,12 + 5.723,11 + 5.246,19) / 30 = 2.273,35
Ahora sumamos ambos valores y tenemos el total de un día feriado trabajado:
2.727,02 + 2.273,35 = 5.001,36
En el caso de haber trabajados los dos feriados, lo multiplicamos por dos.
Incremento No Remunerativo – Acuerdo 2021
Durante diciembre, seguimos con las sumas no remunerativas, el importe es el mismo que se pagó en el mes pasado, se trata de un 25%(8+8+9), así fue acordado en la revisión de agosto pasado:
- 8% en mayo 2021 ✓
- 8% en septiembre 2021 ✓
- 9% en noviembre 2021 ✓
- 8% en enero 2022
- 8% en febrero 2022
La base de cálculo para todos los tramos son los básicos vigentes a mayo 2021, que es el mismo que se paga actualmente
Entonces, calculamos el 25% (8+8+9) sobre el básico de convenio de mayo, que es el que se sigue pagando hasta ahora:
57.231,12 x 25% = 14.307,78
Y si no quieren hacer el cálculo, en este enlace está la escala salarial septiembre para todas las categorías de Empleados de Comercio aquí.
En cuanto a los aportes y contribuciones, esta suma es base de cálculo para:
- aportes y contribuciones de la OSECAC
- aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del CCT 130/75, es decir sindica y FAECyS
Por último, sobre estas sumas no remunerativas, no se aplicará ningún equivalente respecto de los adicionales previstos en el CCT 130/75, a saber, presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer, ayudante de chofer, zona desfavorable ni tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario (Aguinaldo).
El recibo de sueldos quedaría así:
Aguinaldo
En diciembre también se paga el Sueldo Anual Complementario y vimos como liquidarlo en un artículo anterior, pueden ver en detalle la liquidación aquí.
Calculadora para simular las liquidaciones
Está disponible calculadora online para simular la liquidación de noviembre 2021.
Ramón dice
Los que trabajamos en la empresa RIBEIRO hace 2 años que no contamos nada
$ 2000 POR SEMANA
NO SABEMOS LO QUE ES COBRAR EL AGUINALDO NI LOS AUMENTOD
NOSOTROS SI QUE DAMOS LASTIMA NADIE DA SOLUCIÓN
Marti dice
Quisiera saber cómo sería, por ejemplo nosotros no trabajamos nunca los sábados porque estamos pasados en las horas y cuando ay un feriado nos hacen trabajar el sábado para recuperar ese día, nos corresponde cobrarlo doble ????
German dice
Hola yo figuro como chófer cual seria ni sueldo y mi categoría que es lo que tengo que cobrar realmente
Melisa dice
Buenas!!!yo trabajo en un vinote , el negocio es comercial, pertenezco a los empleados de comercio , trabajamos todo el año como un supermercado,, y hasta hacemos más horas que un super , pprque no se consideran los bonos para nosotros también! ?!?!
Luis dice
Trabajo supermercado chino cuando lo debería ganar por antigüedad me dan recibo medio trucho trabajo desde 8.30 hasta 1.30 tarde 4.00 hasta la nueve franco solo medio franco laboramos de lunes a lunes
Victoria dice
Me parece que hay algún calculo mal explicado en el feriado trabajado.
Patricia dice
Estaria bueno k pongan tambien el sueldo de las k trabajamos 6 hs. Pork nunca sabemos cuanto es lo k cobramos si esta bien
Gabriel dice
Hola. Tenia media jornada como vendedor y ahora me pasaron como auxiliar en q me perjudica para la jubilación.
No cobro presentismo, aporto lo mismo para mi jubilación que para otros en concepto de aporte solidario, no cobro fallo de caja, no recibí bono ni caja ni nada..
Me pasa exactamente lo mismo! Si no fuera xq soy la única empleada pensaría que trabajamos en el mismo lugar… y el sindicato brilla x su ausencia… en el recibo me figura… pero me lo descuenta
Sueldo debajo de la pobreza ,los obreros de fabrica no calificados lo sacan por quincena y los calificados cada diez días
Realmente paupérrimo,damos lástima!!!!
Hola. Tenia media jornada como vendedor y ahora me pasaron como auxiliar jornada completa en q me perjudica para la jubilación.
Buenas tardes….tuve un aumento del 8,35℅ , no del 9℅. en noviembre. Esto es así? Gracias!!!!!
Hola auxiliar especializado categoría b con el 9% cuánto es el sueldo de noviembre /diciembre gracias
Hola… cuando pasa lo no remunerativo al básico ?
Tuvimos un 25 porciento de aumento y la inflacion fue del 55 porciento, cdo. Recuperamos lo perdido. Los empleados de comercio cada vez más atrás y los empresarios, más RICOS, los dirigentes no ven esto. Cavalieri y Aligorria bien gracias. Q esperan para defender alguna vez a los trabajadores. Están cómodos en sus asientos. No.,
Buenas tardes. Yo. Soy vendedora. B
Estoy blanqueada media. Jornada. El ultimo pago de. Aguinaldo. Me quedo 13$mil
También tengo. Dudas. Con el tema de vacaciones como me debería. Liquidar me quedaban 7 días pendiente los trabaje. Y me hizo el pago. En el. Recibo de sueldo el cual trabaje el mes completo. Ahora por ejemplo tendría. 21 días solo cierra 7. Y voy. A trabajar el. Resto. Cómo me tiene. Que pagar. Gracias
Hola eso quería saber sobre el aginaldo
Quería hacer una consulta sobre cómo hacer que el dueño de la empresa me pase a sanidad…hace 16 años estoy en la empresa estaba en administración en casa central de la droguería…hace 6 años casi me paso a la droguería acá tienen más beneficios le hice una carta pidiendo el cambio y no lo hace….como debo hacer..