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Empleados de Comercio: Liquidación de vacaciones diciembre de 2012 – Ejemplo

7 enero, 2013 Por Ignacio 49 comentarios

Liquidación de vacaciones y acuerdos no remunerativos para Empleados de Comercio CCT 130/75 Diciembre de 2012.

La manera de liquidar vacaciones en comercio, no difiere de cualquier otra liquidación, la única particularidad que genera algunas dudas, es el tratamiento de los acuerdos “no remunerativos.”


Respecto a este tema, la forma de liquidación es la misma que para liquidar las sumas remunerativas, pero con la particularidad de que debemos realizar los cálculos por separado, es decir por un lado los remunerativos y por otros los no remunerativos. Por qué? sencillamente porque llevas descuentos diferentes.

El ejemplo que veremos es muy simple, y está calculado para el mes de enero, con los mismos datos que en el ejemplo anterior (ver ejemplo enero 2012 sin vacaciones)

Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico: $ 4.841,30
Tipo de Jornada: Completa
Fecha de Ingreso: 1º de abril del 2012 (*)
Antigüedad: 0
Obra Social: O.S.E.C.A.C.

Afiliado al Sindicado: No


(*) Al haber ingresado el 1º de abril del 2012, le corresponden 14 días de vacaciones, el resto son días trabajados. 
Solución propuesta



Basicamente son 4 los calculos a realizar:

Sobre Remunerativos: 
1) 16 días trabajados y 
2) 14 días de vacaciones

Sobre No remunerativos:   
3) 16 días trabajados y 
4) 14 días de vacaciones

Conceptos Remunerativos
Básico: $2.582,03
1) El básico para el mes según la escala de comercio es de $4.841,30  determinamos el valor día dividiendo por 30 :
$4.841,30 / 30 = 161,37 valor día
161,37  x 16 = 2.582,03 sueldo básico por 16 días
Asistencia y Puntualidad: $215,17 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).
2.582,03 / 12 = $215,17
Vacaciones
2) 4.841,30 + 403,44 = 5.244,74
5.244,74 / 25 = 209,78 valor día de vacaciones
209,78 x 14 = 2.937,06 valor vacaciones
Conceptos No Remunerativos
3) Acuerdo Colectivo Junio 2011
370,48  / 30 = 12,35
12,35 x 16 = 197,59
4) Vacaciones sobre acuerdo no remunerativos
370,48 + 30,87 = 401,35
401,35 / 25 = 16,05
16,05 x 14 = 224,76
Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.

Sobre las sumas no remunerativas se calcula:

  • 3% de Obra Social
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.

Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos. Tampoco tuve en cuenta los feriados del 8 y 24 de diciembre.


Como siempre, espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado ni la interpretación ni en los cálculos.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría, Vacaciones Etiquetado como: Acuerdos No remunerativos, Casos Prácticos, liquidación, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    17 septiembre, 2015 a las 10:36 pm

    Hola Ignacio soy empleado de comercio y el 6 de diviembre cumplo 5 anos de antigüedad y me dan vacaciones el 20 de diciembre cuantos dias corresponden? Gracias por estar siempre con nosotros

    Responder
  3. Anónimo dice

    25 febrero, 2014 a las 2:50 pm

    Hola Ignacio! Queria ver si me podes ayudar… necesito saber en q fecha corresponde me liquiden mis vacaciones, estoy bajo licencia por enfermedad laboral y me asignaron las mismas para el 17 de marzo de este año. Espero me puedas ayudar. Mil gracias!!! Saludos… Laura

    Responder
  4. Delf Cattaneo dice

    25 febrero, 2014 a las 2:45 pm

    Hola quisiera saber en q fecha corresponderia me liquiden mis vacaciones ya q me las asignaron para el 17 de Marzo y estoy con licencia por enfermedad laboral, Agradezco me informen. Mil gracias!!! Saludos. Laura

    Responder
  5. Anónimo dice

    24 enero, 2014 a las 4:43 pm

    Buenos dias ignacio, quisiera saber si podes orientarme un poquito con mis vacaciones, en este caso de la UOM. Te comento, mi sueldo basico es de $4941.14, tengo como cuenta a futuro aumento $1343 y antigüedad $350, eso es todo, trabajo de lunes a viernes y este año me tocaron 21 dias de vacaciones. Me podrias orientar como sacar el calculo? y te comento que el 1 de febrero deberia cobrar los $700 no remunerativos de la ultima resolucion. Espero puedas ayudarme y te agradezco mucho tu tiempo!

    Saludos.-

    Fernando

    Responder
  6. Anónimo dice

    28 agosto, 2013 a las 7:04 pm

    Hola ignacio !! Tengo una duda y seguro vos me vas a poder ayudar.
    El 1 de noviembre del 2004 quedé efectiva, como empleada de comercio (antes era pasante).Cuando comienzo a tener 28 días de vacaciones?

    desde ya gracias !!

    Responder
  7. Anónimo dice

    27 agosto, 2013 a las 7:48 pm

    Hola Ignacio! quería consultarte por una liquidación de vacaciones por 35 días! Se computa en 2 periodos diferentes para Afip? Y con respecto al calculo del valor del dia veo que es el básico mas presentismo el que determina su valor, pero que pasa con la antigüedad y la zona en mi caso tengo tbn zona. se computa para el valor del dia de vacaciones? Muchas gracias
    Stela

    Responder
  8. Anónimo dice

    3 agosto, 2013 a las 6:03 pm

    hola, entre a trabajar en un supermercado el 25 de julio de 2012, en diciembre como no llegaba a los 6 meses me dijeron que no tenia vacaciones (de hecho no las tuve) es asi o me embromaron? que puedo hacer para reclamarlas si me correspondían?
    saludos
    Roberto

    Responder
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