Caso práctico de liquidación de vacaciones para Empleados de Comercio 2016.
Para el caso de ejemplo, los supuestos son que el empleado que el empleado tiene una antigüedad de 10 años, por lo que le corresponden 14 días de vacaciones.
Para saber cuántos días de vacaciones te corresponde según la antigüedad, lo pueden ver en este artículo haciendo click AQUÍ
El otro supuesto es que el empleado no trabajó el feriado del 1° de Enero, por lo que tenemos que liquidar el feriado como no trabajados.
Veamos como quedaría la liquidación.
Feriados no Trabajados: 1
Licencia vacaciones: 14
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Solución Propuesta
Antigüedad: $ 436,30
Es el 1% del básico de convenio para la categoría por cada año de antigüedad.
10.907,60 x 4 x 1% = 436,30
Asistencia y Puntualidad: $945,33
(10.907,60 + 436,30 ) / 12 = $ 945,33
Liquidación Feriado no trabajados
El 1° de enero es el único feriado del mes, veamos como liquidarlo:
Para el caso de ejemplo, tomamos que el trabajador no prestó servicios el feriado del 1°de enero. Por lo que tenemos que liquidar 1 feriado como no trabajado, veamos como liquidarlo:
El artículo 169 de la LCT determina la manera de determinar el salario para trabajadores que no prestan servicios durante el día feriado. Se debe liquidar según, remitiendo su tratamiento al artículo 155 de la misma ley. Recordamos que este artículo dispone la forma de calcular el salario del trabajador durante el período de vacaciones. Por consiguiente:
(10.907,60 + 436,30 + 945,33) / 30 = 409,64
Luego, como los feriados son pagos, sumamos 1 días, pero calculado en base 25:
409,64 x 1,20 = 491,57
Liquidación de Vacaciones
Para este caso, el empleado cuenta con una antigüedad menor a 5 años, lo que le da derecho a gozar de 14 días de vacaciones. La licencia comienza el 11 y finaliza el 24 de enero. Recordemos que las vacaciones son días corridos y deben comenzar en día lunes o el día inmediato siguiente en casos de que el lunes sea feriado.
14 x 491,57 = 6.881,97
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- Aporte de $70 con destino a la O.S.E.C.A.C. A partir de mayo 2015, y mientras dure la vigencia del acuerdo, los empleadores deberán retener SOLO a los empleados afiliados a la Obra Social de Empelados de Comercio (OSECAC) un aporte de $70.
- ¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
- Licencia por vacaciones: Puntos importantes para su liquidación y otorgamiento
- Vacaciones: Época de otorgamiento y Comunicación.
- ¿Qué sucede si el empleador no otorga las vacaciones?
- Vacaciones y licencia por enfermedad inculpable
- La Licencia por maternidad, el período de excedencia y las vacaciones
Unknown dice
hola me podrian decir cuanto me corresponde por vacaciones soy personal auxiliar especializado A y tengo 28 dias de vacaciones
Hola, trabajo en comercio y me pagan $6000 en blanc y $4000 en negro, pero mi empleador aduce que solo me corresponden $900 por mi periodo de 14 días. Es correcto??
Ignacio quería preguntarte si yo me tomó una semana de febrero y otra en marzo,me descuentan las 2 semanas directamente en febrero o lo divisiden en dos!?
Hola, ¿el calculo de la remuneracion por antiguedad, se realiza siempre multiplicando el basico por 30?, ¿incluso habiendo trabajado 29 dias debido al feriado 1/1?
Hola Ignacio, como siempre excelentes tus artículos. Sería muy útil poner un ejemplo de calculo de vacaciones cuando el empleado también cobra conceptos variables. Saludos.
Bien día , yo trabajo de 9 a 20 y sábados de 9 a 14, cateoría vendedor B cual seria mi sueldo mensual? Gracias , si alguien me ayuda con la respuesta.
Hola una consulta me patrona dice q no me corresponde vacaciones porque trabajo por hora (hace 4años)y ami ella me paga por mes no dia ¿esta bien?
Trabajo hace diez años en blanco y cinco en negro de lunes a sabados de 8a16hs.y me dan el formulario F.102/RT y me pagan 5.160.
Yo trabajo en blanco diez años y cinco en negro de lunes a sabados de 8a16hs.me dan el formulario F.102/RT y mi sueldo es de 5.160,que hago???donde????gracias.
Muy interesante! Recién conozco esta página! Voy a intentar aplicarlo para mi sindicato (UTEDYC) Estoy en el convenio 700/14 y en una semana me tocan las mías, así que ya voy sacando la calculadora.
MUCHAS GRACIAS!
Hola yo trabajo media jornada de cuanto deberia ser mi sueldo. Desde ya muchas gracias
Buenos días, con 10 años de antigüedad son 28 días no 14.-
Hola, te hago una consulta, en el ejemplo le pones que tiene antiguedad de 10 años, pero le corresponden 14 dias de vacaciones, no serían 21? y a apartir del año 11 son 28?
Buenos días Ignacio, hay un error en la cantidad de días de vacaciones, si el empleado tiene 10 años de antigüedad le corresponden 21 días.
Saludos y buen AÑO!
Sandra
Si tiene 10 años de antigüedad, le corresponden 21 días de vacaciones.
Son 4 años de antiguedad