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Empleados de Comercio: liquidación de sueldos Mayo 2021. Aumento del 8%

24 mayo, 2021 Por Ignacio 98 comentarios

Índice de Contenidos

  • Caso práctico
    • Datos para la liquidación
  • Cálculos de la liquidación
    • Básico $ 57.231,12
    • Antigüedad: $ 5.723,11
    • Asistencia y Puntualidad: $ 5.246,19
    • Plus día feriado: 
    • Día feriado trabajado
    • Cálculo del día feriado
    • Cálculo del día normal
    • Incremento No Remunerativo – Acuerdo 2021
  • Descuentos
    • Sobre las sumas REMUNERATIVAS calculamos:
    • Sobre la suma NO REMUNERATIVA calculamos:
    • Aporte de $100 a OSECAC
    • Presentación de la DJNR
    • El recibo de sueldos quedaría de esta manera
  • Calculadora
      • Artículos relacionados
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Liquidación de sueldos mayo 2021 de Empleados de Comercio CCT 130/75. Nuevo básico y aumento del 8%.

Mayo 2021 tiene varias novedades para la liquidación de Empleados de Comercio, por un lado la incorporación al básico de convenio del saldo de $2.500 no remunerativos, y por otro lado se aplica el primer tramo de aumento no remunerativo del 8%.

Recordemos que el acuerdo de la paritaria 2021, estableció un incremento no remunerativo del 32% a pagarse en 4 tramos, el primero de ellos, del 8%, ahora en mayo.

Veamos como hacer la liquidación en un caso práctico con los siguientes datos:

Caso práctico

Datos para la liquidación

Categoría: Administrativo A
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 10 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
Feriados abril: no trabajado

Cálculos de la liquidación

Básico $ 57.231,12

Para el caso de un “Administrativo A” es de $ 57.231,12 y surge de incorporar al básico de convenio vigente en abril, las suma no remunerativa pendiente de $2.500:

Básico abril 2021: 54.731,42 + 2.500 = $57.231,12 -> Básico mayo 2021

En la liquidación de abril se habían incorporado el 21% no remunerativo y $2.500, ahora se incorporan los $2.500 restantes, así se termina de pasar los $5.000 al básico de convenio.

Pueden ver las escalas de mayo aquí para cada categoría o las publicadas por la FAECyS aquí.

Antigüedad: $ 5.723,11

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.

Entonces: 

57.231,12 x 10 x 1% = 5.723,11 

Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $ 5.246,19

El Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.

(57.231,12  + 5.723,11) / 12 = 5.246,19

Plus día feriado: 

Son tres los feriados de mayo, 1° de mayo día del trabajador, 24 de mayo feriado puente y el 25 de mayo.

Para este caso de ejemplo, el empleado no trabajó ninguno de esos 3 días, por lo tanto liquidaremos esos días como no trabajados, lo cual genera un plus que de $1.364,01, veamos como llegamos calcular ese plus.

En primer lugar, recordemos que los feriados son pagos, se trabaje o no. Como en este caso no trabajó, el empleado tiene derecho a percibir su salario, pero con un plus y se determina de la siguiente manera:

(57.231,12 + 5.723,11 + 5.246,19) / 30 x 0,20 = 454,67

En este caso son tres feriados, entonces multiplicamos por 3:

454,67 x 3 = 1.364,01

Día feriado trabajado

En el caso de que el empleado haya trabajado alguno de los tres feriados, se debe pagar ese día como feriado más el día trabajado, en este caso sería:

Cálculo del día feriado

(57.231,12 + 5.723,11 + 5.246,19) / 25 = 2.728,02

Cálculo del día normal

(57.231,12 + 5.723,11 + 5.246,19) / 30 = 2.273,35

Ahora sumamos  ambos valores y tenemos el total de un día feriado trabajado:

2.728,02 + 2.273,35= 5.001,37

Incremento No Remunerativo – Acuerdo 2021

El acuerdo salarial 2021, estableció un incremento del 32%, que se abonará en forma de asignación no remunerativa, en su valor nominal y no acumulativamente, y en cuatro tramos:

  • mayo 2021: 8%
  • septiembre 2021: 8%
  • enero de 2022: 8%
  • febrero de 2022: 8%

Siempre tomando como base de cálculo los básicos de convenio mayo 2021.

Entonces, para mayo, tenemos que calcular el primer tramo de aumento, y se calcula sobre el básico que calculamos más arriba:

57.231,12 x 8% = 4.578,49

No obstante la condición de No Remunerativa de esta sumas, son base de cálculo para:

I) aportes y contribuciones de la OSECAC

II) aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del CCT 130/75, es decir sindica y FAECyS

Por último, sobre estas sumas no remunerativas, no se aplicará ningún equivalente respecto de los adicionales previstos en el CCT 130/75, a saber, presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer, ayudante de chofer, zona desfavorable ni tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario (Aguinaldo).

Descuentos

Sobre las sumas REMUNERATIVAS calculamos:

  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato.  (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.

Sobre la suma NO REMUNERATIVA calculamos:

  • Aportes y contribuciones a OSECAC (sólo afiliados a OSECAC)
  • Aporte del trabajador artículo 100 y 100 CCT 130/75. Es decir el aporte solidario y el aporte de afiliados.

Aporte de $100 a OSECAC

Además, sigue vigente el pago de $100 a OSECAC, el acuerdo salarial 2021 extendió esta cláusula de abril 2021 marzo 2022.

Presentación de la DJNR

Recuerden que sobre la suma del 8% se debe informar la DJNR en AFIP, dado el carácter no remunerativo de la suma.

El recibo de sueldos quedaría de esta manera

Empleados de Comercio Recibo de sueldos
Recibo de Sueldos Empleados de Comercio CCT 130/75

Calculadora

Está actualizada la calculadora de Empleados de Comercio para simular las liquidaciones de mayo 2021 para todas las categorías.

Calculadora
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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: Casos Prácticos, FAECYS, Paritarias, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. -
  2. José Luis dice

    25 mayo, 2021 a las 8:26 pm

    Sobre el Incremento no Remunerativo – Acuerdo 2021, corresponde liquidar el Plus Vacacional??

    Responder
  3. sergio moralejo dice

    25 mayo, 2021 a las 6:39 pm

    La retencion del $100 con destino a Osecac, ahora tambien es para los que han ejercido una opcion de cambio hacia otra obra social ???
    O sea cambio el concepto que se venia liquidando con el acuerdo anterior (solo los que estaban en Osecac)??

    Responder
  4. Maria López dice

    25 mayo, 2021 a las 6:35 pm

    Maestranza. Categoría B. Cuanto. Va ser el sueldo???

    Responder
  5. Melisa dice

    25 mayo, 2021 a las 4:43 pm

    Hola Ignacio te hago una pregunta , el salario mínimo no iba a aumentar para todos este mes ?

    Responder
  6. Angelica dice

    25 mayo, 2021 a las 3:11 pm

    Yo trabaje hasta 20/5!!!me corresponde retirar lo del seguro !!si alguien me puede responser !gracias

    Responder
  7. Lorena dice

    25 mayo, 2021 a las 3:01 pm

    Buenas tardes los que trabajan horario reducido de cuanto es el total en mano de sueldo?gracias

    Responder
  8. Guatavo gomez dice

    25 mayo, 2021 a las 1:44 pm

    Yo trabajo hace 16 años soy categoria administrativo B cuanto voy a cobrar en mayo??

    Responder
  9. Horacio dice

    25 mayo, 2021 a las 1:36 pm

    Que pasa con los días no trabajados entre el 22/5 y el 30/5. Cómo se liquida?

    Responder
  10. Rubén Coronel dice

    25 mayo, 2021 a las 11:05 am

    Una pregunta, como se liquidará los nueve días(Aislamiento) desde el dia 22 de Mayo al 30 de Mayo??
    Se aplicaría el Art- 223 de la Ley de Contrato de Trabajo????? Gracias

    Responder
  11. Romina dice

    25 mayo, 2021 a las 10:28 am

    Hola Ignacio, cómo estás? Te consulto qué sucede con los que cobran sueldo por encima de la categoría, se ajusta la totalidad por el 8%? Porque el año pasado solo nos ajustaron por la categoría y no por la diferencia, no encuentro detalle sobre ese tema. Me podrías confirmar? Gracias!

    Responder
    • GBL dice

      26 mayo, 2021 a las 8:44 am

      El aumento obligatorio es el del convenio.

      Pero en el mismo acuerdo, recomiendan a los empleadores a trasladar ese mismo porcentaje al resto de sumas que se paguen voluntariamente.

      No es obligación, es recomendación.

      Responder
  12. valeria dice

    24 mayo, 2021 a las 4:53 pm

    una pregunta, este aumento absorve aumentos voluntarios aplicados por el empleador por encima del acuerdo 2020? Muchas gracias

    Responder
  13. Paola dice

    24 mayo, 2021 a las 4:25 pm

    El aporte de la Obra Social no iba a hacer de $ 300?

    Responder
    • GBL dice

      26 mayo, 2021 a las 8:43 am

      El APORTE sigue siendo de $ 100.

      A partir de ahora hay una CONTRIBUCIÓN de $ 300.

      Responder
  14. VANESA dice

    24 mayo, 2021 a las 4:03 pm

    HOLA IGNACIO YO ENVIE UN MAIL A FAECYS Y ME RESPONDIERON QUE EL 3% DE OBRA SOCIAL SOBREL EL NO REMU DEL 8% VA PARA TODOS OS EMPLEADOS, QUE EL ACUERDO DICE OSECAC EN SU ARTICULO PRIMERO PORQUE SE TRATA DE FIRMANTES DE OSECAC….LA VERDAD NO SE…. ESA ES LA RESPUESTA QUE ME DIERON

    Responder
  15. Cinthya dice

    24 mayo, 2021 a las 2:15 pm

    Hola, tengo una consulta…¿En la Patagonia también rige el plus de feriado no trabajado? ¿Debe tener un item en el recibo de sueldo? Gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      24 mayo, 2021 a las 3:59 pm

      Si, los feriados y las normas son nacionales

      Responder
    • Lestradingorphen dice

      31 mayo, 2021 a las 12:57 pm

      Solo para jornalizados Cinthya (en el valle de la patagonia tenés mucho) para los mensualizados no corresponde ese concepto, lógica simple.

      Responder
  16. Vale dice

    24 mayo, 2021 a las 1:48 pm

    Hola buenas tardes
    Que pasa con los que no estamos trabajando porque el shopping esta cerrado?el aumento corre igual?
    Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      24 mayo, 2021 a las 3:58 pm

      Si, el aumento corre igual

      Responder
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