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Empleados de Comercio: liquidación de sueldos Abril 2021

28 abril, 2021 Por Ignacio 75 comentarios

Índice de Contenidos

  • Caso práctico
    • Datos para la liquidación
  • Cálculos de la liquidación
    • Básico $ 54.731,12
    • Antigüedad: $ 5.573,11
    • Asistencia y Puntualidad: $ 5.017,02
    • Plus día feriado: $434,81
    • Día feriado trabajado
    • Cálculo del día feriado
    • Cálculo del día normal
    • Asignación Extraordinaria No remunerativa Acuerdo 2020
  • Descuentos
    • Sobre lo REMUNERATIVO calculamos:
    • Sobre lo NO REMUNERATIVO calculamos:
    • Aporte de $100 a OSECAC
    • Presentación de la DJNR
    • El recibo de sueldos quedaría de esta manera
  • Acuerdo salarial 2021
      • Artículos relacionados
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Liquidación de sueldos abril 2021 de Empleados de Comercio CCT 130/75. Incorporación de sumas no remunerativas al básico.

Como vimos en el artículo sobre la escala salarial de abril 2021, este mes tiene como novedad que se incorporan gran parte de las sumas no remunerativas que se pagaron en marzo pasado.

Veamos como hacer la liquidación en un caso práctico con los siguientes datos:

Caso práctico

Datos para la liquidación

Categoría: Administrativo A
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 10 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
Feriados abril: no trabajado

Cálculos de la liquidación

Básico $ 54.731,12

Para el caso de un “Administrativo A” es de $ 54.731,12 y surge de incorporar al básico de convenio vigente a marzo, las sumas no remunerativas:

-21% no remunerativo acuerdo revisión 2020

-El 50% de $5000, es decir $2.500

Ambas sumas se incorporan al básico de convenio de manera nominal, sin acrecentamiento (grossing up).

En la liquidación de marzo el básico era de $42.298,45 al cual se le suman $2.500 y $9.932,67 no remunerativos para determinar el nuevo básico de abril, como se puede ver en la imagen:

Para este caso, la suma sería: 42.2989,45 +2.500 + 9.932,67 = 54.731,12

Pueden ver las escalas de abril aquí para cada categoría o las publicadas por la FAECyS aquí.

Antigüedad: $ 5.573,11

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.

Entonces: 54.731,12 x 10 x 1% = 5.473,11 

Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $ 5.017,02

El Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.

(54.731,12  + 5.573,11) / 12 = 5.017,02

Plus día feriado: $434,81

En abril tuvimos dos feriados, el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas y el Viernes Santo, pero con la particularidad de que ambos cayeron el mismo día, el 2 de abril.

En este caso, que tomamos como ejemplo, el empleado no trabajó ese día, por lo tanto lo liquidaremos como feriado no trabajo, el cual genera un plus que es de $434,81, veamos como llegamos calcular ese plus.

Recordemos que los feriados son pagos, se trabaje o no. En este caso que no trabajó, el empleado tiene derecho a percibir su salario, pero con un plus y se determina de la siguiente manera:

(54.731,12  + 5.473,11+ 5.017,02) / 30 x 0,20 = 434,81

Día feriado trabajado

En el caso de que el empleado haya trabajado el feriado, se debe pagar ese día como feriado más el día trabajado, en este caso sería:

Cálculo del día feriado

(54.731,12  + 5.473,11+ 5.017,02) / 25 = 2.608,85

Cálculo del día normal

(54.731,12  + 5.473,11+ 5.017,02) / 30 = 2.174,04

Ahora sumamos  ambos valores y tenemos el total de un día feriado trabajado:

2.608,85 + 2.174,04 = 4.782,89

Asignación Extraordinaria No remunerativa Acuerdo 2020

En marzo se pagó la 6ta y última cuota de $5.000 de la gratificación especial no remunerativa. Recordemos que en último acuerdo, se estableció el pago de una gratificación no remunerativa de $30.000 que se paga en seis cuotas igual de mensuales de Octubre 2020 a Marzo 2021.

Pero en en el acuerdo de revisión salarial firmado en enero pasado, se estipuló en el punto tercero “incorporar el monto de dicha cuota en su valor nominal a los salario s básico de las categorías en dos cuotas,” $2500 en abril y $2.500 en mayo 2021.

Los $2500 de abril, ya lo sumanos al básico más arriba y ahora debemos seguir liquidando por este mes los $2500 restantes.

Ahora, no obstante el carácter no remunerativo de esa suma, se deben calcular los adicionales de Antigüedad y Asistencia y Puntualidad, entonces:

Antigüedad: 2.500 x 0,01 x 10 = 250

Asistencia y Puntualidad: ( 2.500 + 250 ) /12 = 229,163

Respecto a si debemos calcular el plus por el feriado sobre los $2.500, en principio y según lo que dice el acuerdo, no sería base de cálculo para el mismo.

De todos modos, esto es más que discutible y en mi opinión si debería pagarse, lo mismo que para SAC, vacaciones, indemnizaciones, etc. Pero es sólo mi opinión.

Descuentos

Sobre lo REMUNERATIVO calculamos:

  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato.  (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.

Sobre lo NO REMUNERATIVO calculamos:

Sobre los $2.500 calculamos:

  • Aportes y contribuciones a OSECAC (sólo afiliados a OSECAC)
  • Aporte del trabajador artículo 100 y 100 CCT 130/75. Es decir el aporte solidario y el aporte de afiliados.

Aporte de $100 a OSECAC

Además, sigue vigente el pago de $100 a OSECAC, el acuerdo salarial 2021, firmado ayer, extendió esta cláusula de abril 2021 marzo 2022.

Presentación de la DJNR

Recuerden que sobre los $2.500 deben informar la DJNR en AFIP, dado el carácter no remunerativo de la suma. Pueden ver un ejemplo de como informar esta DDJJ aquí.

El recibo de sueldos quedaría de esta manera

Acuerdo salarial 2021

Ayer se firmó el acuerdo salarial 2021, que establece un 32% de incremento salarial en 4 tramos, el primero de ellos se aplicará recién en mayo, por lo tanto no afecta la liquidación de abril. Pueden ver más detalles del acuerdo aquí.

Artículos relacionados
  • Claves del acuerdo de revisión salarial
  • Liquidación de sueldos Empleados de Comercio marzo 2021
  • Seguro de vida Empleados de Comercio
  • Escala salarial Abril 2021

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: Casos Prácticos, FAECYS, Recibo de Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Diana Cossio dice

    16 octubre, 2021 a las 10:22 pm

    hola quería saber si no me podrias dar las contribuciones que debería pagar el empleador asi como sus respectivos porcentajes. Es mas que nada para terminar mi estudio organizacional de tesis.

    Responder
  3. Cristina dice

    20 septiembre, 2021 a las 9:38 am

    Buenos días. Soy docente y necesito estar actualizada sobre los aportes patronales a efectos de brindar información actualizada a los alumnos, principalmente porcentaje de aporte y suma fija de LRT. Me gustaría contar con un detalle de los mismos.
    Muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      20 septiembre, 2021 a las 1:39 pm

      Hola Cristina, el aportes fijo del FFEP esde $45,07 Resolución 47/21 SRT suma fija FFEP pasa $45,07

      Responder
  4. daniel dice

    22 junio, 2021 a las 3:02 pm

    buenas tardes quisiera saber si ahí un acuerdo ,ya que el mes pasado me pagaron 75 % de mi sueldo siendo empleado comercio , y supuesta mente para este mes seria igual ,gracias

    Responder
  5. kari dice

    1 junio, 2021 a las 9:33 am

    Buenos Días Ignacio, soy karina espero te encuentres bien, mi inquietud es referido a los “plus por feriado no trabajado” ya que nunca me lo liquidaron y ahora viendo tu pagina noto que si se liquida, le lleve el comentario al contador y me respondió que el y otros colegas no lo toman en cuenta…. que opinas?

    Responder
    • Ignacio dice

      1 junio, 2021 a las 10:48 pm

      Hola, entiendo que se se debe tomar, pero si, hay colega que no lo tienen en cuenta, es una cuestión de interpretación de la ley

      Responder
  6. Zuly Cabrera dice

    14 mayo, 2021 a las 10:46 am

    Ignacio te agradezco mucho , la dedicación que le ponés para hacer la parte práctica, a mí me sirve en caso de dudas de interpretar los Acuerdo.. controlo con lo que vos liquidás .. aparte de tener otros Sistemas de Informes Laborales.. Los Acuerdos a los que llegan hoy en día, nada que ver con años pasados, cuando los No Remunerativos eran Ilegales.. saludos

    Responder
    • Ignacio dice

      14 mayo, 2021 a las 6:53 pm

      Hola Zuly, muchas gracias
      Está cada vez más complicado liquidar

      Responder
  7. dario dice

    10 mayo, 2021 a las 2:05 pm

    buenas Tardes Ignacio

    en mi caso y vi algun comentario tambien que cobraron menos que el mes pasado, eso es normal por el nuevo acuerdo.
    Saludos.

    Responder
  8. Jorge Enrique dice

    10 mayo, 2021 a las 10:04 am

    Ignacio, tus exposiciones sobre Salarios y otros temas, son una guía, aún para aquellos que estamos
    abonados a sistemas de información “Profesional” y encontramos en tu sitio la mejor y más clara exposición

    Responder
  9. Miriam Montiel dice

    7 mayo, 2021 a las 2:41 pm

    Hola buenas tardes!! En rio negro cuánto corresponde la zona 5 o 20? Porque a mí me liquidan al 5!! Gracias

    Responder
  10. Fiamma dice

    7 mayo, 2021 a las 2:03 pm

    Buenas tardes Ignacio, una consulta el plus feriado es obligatorio? y esta avalado por alguna ley o acuerdo?

    Responder
  11. Susana dice

    7 mayo, 2021 a las 9:45 am

    buenos dias
    como se depositan los 300 a osecac por trabajador ?

    saludos
    Susana

    Responder
  12. Gabriela dice

    5 mayo, 2021 a las 10:40 pm

    Siempre tan simple y claro!! Mi material de consulta por sobre cualquier sistema de informes laborales! Infinitas gracias!

    Responder
  13. Irma dice

    5 mayo, 2021 a las 2:39 pm

    Buenos dias queria hacer una consulta en zona austral a los 2500 se le agrega la zona del 29 % ????gracias muy buena la pagina Ignacio .

    Responder
  14. M.Alejandra Peralta dice

    5 mayo, 2021 a las 12:41 pm

    Hola, los no remunerativos se liquidan proporcionales en media jornada?

    Gracias

    Alejandra

    Responder
  15. Paula dice

    4 mayo, 2021 a las 7:34 pm

    Ignacio, agradezco siempre la info que subís, gracias por el tiempo que te tomás, amo este portal donde puedo entender sobre mi propio sueldo y así dejar de ser ignorante en muchas cosas, así mismo eh informado a compañeros y también eh podido reclamar correctamente en algunos casos en mi trabajo. Gracias gracias gracias!

    Responder
    • Ignacio dice

      5 mayo, 2021 a las 11:33 am

      Hola Paula! muchísimas gracias! me alegra mucho leer tu mensaje! ?

      Responder
      • Florencia dice

        7 mayo, 2021 a las 3:43 pm

        Buenas tardes Ignacio podrias decirme porque vino un descuento de $1000 y pico este mes?

        Responder
  16. 12 dice

    3 mayo, 2021 a las 9:52 pm

    Asco. Por eso sos un corneta

    Responder
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