Liquidación de haberes para el mes de mayo de 2013 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.
Básico:
$ 5.276,22
Como dijimos, una de las novedades de la liquidación de mayo, es que debemos incorporar al básico el acuerdo no remunerativo. Para eso, tenemos dos posibilidades, la primera y más simple es buscando en la escala salarial 2012-2013 publicada por FAECYS. Pero existen casos en los que esa escala no nos será útil.
La otra, es determinar nosotros mismos el nuevo valor, partiendo del básico que pagamos hasta el mes de abril e incorporarle el saldo del acuerdo no remunerativo mayo 2012 de manera acrecentada.
Recordemos que según lo que dice el artículo segundo del acuerdo mayo 2012, el “Asimismo, el incremento acordado en el art. 1°, inc. b), del presente acuerdo mantendrá su carácter no remunerativo hasta el mes de abril de 2013 inclusive. A partir de su incorporación al salario se integrarán a las escalas de salarios básicos de la actividad, debiendo incluir el monto equivalente a los aportes a cargo del trabajador, a fin de que éste no sufra una merma en su ingreso neto y siga percibiendo en su salario de bolsillo el mismo monto nominal que recibía cuando los conceptos le eran liquidados sin aportes atento su carácter no remunerativo, y sin computar para ese único fin, el importe no remunerativo equivalente al presentismo del artículo 40 del C.C.T. 130/75, toda vez que al adquirir carácter salarial se aplicará a la nueva escala de básicos convencionales resultante el adicional por presentismo convencional anteriormente mencionado, en sustitución de la asignación no remunerativa complementaria pactada en el artículo primero, último párrafo, del presente acuerdo.”
Por lo tanto,
El BÁSICO ABRIL ya lo tenemos, para el caso del ejemplo es de $4.841,30 y el ACUERDO MAYO 9% también, es de $370,48, pero nos falta acrecentarlo de manera tal que el neto a pagar sea el mismo. Para ello debemos utilizar la formula de acrecentamiento (grossing up) que siempre usamos para incorporar los acuerdos en comercio::
Reemplazamos las variables para este caso:
Entonces, 17,3913 es el porcentaje a incrementar del importe del acuerdo no remunerativo que pasa al básico:
4.841,30 + 370,48 x 1.173913 = 5.276,22
Listo, y lo mismo tenemos que hacer para cualquier otra categoría. Es importante tener en cuenta reemplazar en la fórmula con los porcentajes correspondientes a cada tipo de liquidación, por ejemplo para el caso de empleados afiliados al sindicato el porcentaje de no remunerativos es del 7.5% y de remunerativos del 21.%. También encontraremos diferencias en el caso de que los empleados estén a jornada parcial o sean jubilados.
Acuerdo mayo 2013: $738,67
Determinemos el aumento.
5.276,22 x 14% = $738,67
El ejemplo es para un Administrativo A, pero los básicos de todas la categorías y su aumento:
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border: 1px solid #CCC; font-family: ;
font-size: 12px;
}
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padding: 4px;
margin: 3px;
border: 1px solid #ccc;
}
.tableizer-table th {
background-color: #104E8B;
color: #FFF;
font-weight: bold;
}
Categorías | Básico | No rem 14% |
---|---|---|
Maestranza A | $ 5.202,30 | $ 728,32 |
Maestranza B | $ 5.222,00 | $ 731,08 |
Maestranza C | $ 5.291,00 | $ 740,74 |
Administración A | $ 5.276,22 | $ 738,67 |
Administración B | $ 5.305,79 | $ 742,81 |
Administración C | $ 5.335,31 | $ 746,94 |
Administración D | $ 5.424,04 | $ 759,37 |
Administración E | $ 5.497,96 | $ 769,71 |
Administración F | $ 5.606,37 | $ 784,89 |
Cajeros A | $ 5.300,84 | $ 742,12 |
Cajeros B | $ 5.335,31 | $ 746,94 |
Cajeros C | $ 5.379,69 | $ 753,16 |
Personal Auxiliar A | $ 5.300,85 | $ 742,12 |
Personal Auxiliar B | $ 5.350,13 | $ 749,02 |
Personal Auxiliar C | $ 5.512,74 | $ 771,78 |
Auxiliar Especializado A | $ 5.359,98 | $ 750,40 |
Auxiliar Especializado B | $ 5.448,68 | $ 762,82 |
Vendedor A | $ 5.300,84 | $ 742,12 |
Vendedor B | $ 5.448,68 | $ 762,82 |
Vendedor C | $ 5.497,96 | $ 769,71 |
Vendedor D | $ 5.606,37 | $ 784,89 |
Asistencia y puntualidad: $51,46
Por último, la terca novedad de la liquidación de mayo, es que debemos realizar un aporte de caracter extraordinario la obra social de comercio de $50. Los demás descuentos son como en las liquidaciones anteriores:
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- 3% de Obra Social
- $100 como aporte especial a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) (1) ver como ingresar el aporte
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Aporte de 50 pesos a OSECAC
Respecto a si corresponde realizar el aporte a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) para aquellos empleados que hayan optado por otra obra social, lo que puedo decir es que es un punto polémico, hay quienes sostienen que deben realizar el aporte todos los empleados, estén afiliados a o no a OSECAC. Y hay quienes sostienen que se sólo deben hacer el aporte quienes estén afiliados a esa obra social.
En el caso de afiliado a OSECAC, lo pueden hacer directamente en el SICOSS (ver como)
En el caso de no afiliados, lo pueden hace con el F 120/A o mendiante VEP (ver como)
Anónimo dice
Ignacio, hay alguna novedad para Rama Acopio? tengo entendido que el retroactivo del año pasado no se homologo; por lo tanto nunca lo pagaron. Ya se sabe cual va a ser el aumento de este año? y a partir de que fecha? recien en diciembre nos pagaron el aumento del 2012, eso esta bien?
Buen medio día a todos.
Consutla: los $50 pesos a descontar de Osecac, son fijos para los que laburan jornada completa y jornada reducida (5hr-6hr diarias)?
O los que trabajan jornada reducida pagan menos?
hola Ignacio soy Maria te hago una consulta? trabajo en una empresa de empleada administrativa y nos pagan el sueldo por semana… gano 4000 o sea $1000 por semana y cuando el mes tiene 5 semanas me pagan $800.
de ahí ya vamos mal
en mi recibo de sueldo el básico es de $1263 y el aumento $200 del aumento del acuerdo.
yo quisiera saber cuanto es lo que tendría que ganar y como puedo hacer para que se respeten mis derecho como trabajadora
donde se puede recurrir en este caso
muchas gracias
buenisimo tu blog
Hola Ignacio me pasas el importe del faltante de caja 2013?
ignacio a los valores hay que incrementar un 35% en el caso de empleados de chubut? gracias
ignacio en el caso de empleados de chubut se incrementa un 35% sobre los valores?
IGNACIO, TRABAJAMOS PARA UNA FIRMA CEREALERA Y NOS DICEN QUE EL ACUERDO NO ES APLICABLE PARA LA RAMA CEREALERA, ES ASI?? VIMOS EN UNA PAGINA DE LA BOLSA DE CEREALES DE CORDOBA QUE SALE EN INFORMACION CIRCULAR EL AUMENTO Y ABAJO DICE "NO APLICABLE A RAMA CEREALERA" ALGUIEN ME PUEDE INFORMAR??? GRACIAS!!!!
Hola Ignacio. Mi pregunta es : Trabajo 20 horas por semana como maestranza A , deberia cobrar media jornada o por el total mensual de horas trabajadas, Muchas Gracias
Ignacio te hago una consulta que para nosotros es muy importante. El el aumento de 2012 recien lo cobramos cuando se homologo en noviembre. pero no nos pagaron el retroactivo que era a juio ya que nunca se homologo. Esta bien que la empresa se maneje de esa manera? Sabes por que nunca se homologo el retroactivo del año pasado? al final terminamos cobrando el aumento en su totalidad en noviembre pero los que correspondia a los meses de julio agosto septiembre y octubre nunca los cobramos. Que podemos hacer.
El aumento se homologó a las semanas, tanto en 2012 como en 2013. Tienen que pagarles todo el retroactivo.
saludos
Lo que me falto decirte es que somos Rama Acopio.. gracias
Hola Ignacion, sobre el recibo modelo que publicaste, cuanto paga el empleador. Lo que va al bolsillo del empleado +….. Cuanto?
Ignacio, impecable todo. Si te es posible, necesitaria me envies un ejemplo de recibos administratIVO a con 3 años antiguedad y por 4 hs de trabajo de lunes a viernes y de 6 hs de trabajo tambien de lunes a viernes. .trabajo en el call center de nextel argentina y realmente nos liquidan muy mal, he ido al sindicato de comercio al cual pertenecemos y solo se nos rien en la cara. ninguna solucion.nos prometieron inspecciones y dialogo con la compañia hace facil 3 meses..y nada. asi q decidimos ir al frente nosotros mismos. al menos para que corrijan el desastre de recibo que nos dan todos los meses
te agradezco la info
delegada elegida por los compañeros en forma anonima
aldana melisa piccinali
Hola queria hacerte una pregunta . Yo trabajo 8 hs x diade lun a viernes hace mas de 6 aaños trabajo en unadistribuidora de ggolosinas y gano $3600 en negro queria saber cuanto tendria q estar ganando mi rol en el trabajo es , hacer pedidos, repartir, cobrar y repositar .espero tu respuesta desde ya mucha gracias
hola hace casi 2 años que trabajo en el aeropuerto de Salta, para la empresa Camerum, trabajo 6 horas y tengo un sueldo de $2042. nunca tuve un aumento ni nada.
puedo hacer algo.?
Buenas Ignacio: te consulto lo sig. en la liquidacion del ultimos mes me figura un nuevo items "Feriado" ($242) y "Adic Feriado Empresas" ($250), me podrias brinda info como se deduce cuanto me estan pagando por haber trabajo una jornada de 8 hs en un dia feriado?? Desde ya muchas gracias.
Alef
Buenas, Ignacio. Te consulto, me liquidan como adm B mi basico actual es de 5305.79, En uno de los tantos items figura "Feriado"/ cant 0 % 1/ hab remun $242.84 y Adic Feriado Empresas/ cant o % 0 (cero). Correspondiente a una jornada trabaja el feriado 25 de Mayo. Como se explica esa nuevo items, y ademas como estoy seguro si me pagaron lo que corresponde??
Slds