Liquidación de haberes para el mes de mayo de 2013 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.
Básico:
$ 5.276,22
Como dijimos, una de las novedades de la liquidación de mayo, es que debemos incorporar al básico el acuerdo no remunerativo. Para eso, tenemos dos posibilidades, la primera y más simple es buscando en la escala salarial 2012-2013 publicada por FAECYS. Pero existen casos en los que esa escala no nos será útil.
La otra, es determinar nosotros mismos el nuevo valor, partiendo del básico que pagamos hasta el mes de abril e incorporarle el saldo del acuerdo no remunerativo mayo 2012 de manera acrecentada.
Recordemos que según lo que dice el artículo segundo del acuerdo mayo 2012, el “Asimismo, el incremento acordado en el art. 1°, inc. b), del presente acuerdo mantendrá su carácter no remunerativo hasta el mes de abril de 2013 inclusive. A partir de su incorporación al salario se integrarán a las escalas de salarios básicos de la actividad, debiendo incluir el monto equivalente a los aportes a cargo del trabajador, a fin de que éste no sufra una merma en su ingreso neto y siga percibiendo en su salario de bolsillo el mismo monto nominal que recibía cuando los conceptos le eran liquidados sin aportes atento su carácter no remunerativo, y sin computar para ese único fin, el importe no remunerativo equivalente al presentismo del artículo 40 del C.C.T. 130/75, toda vez que al adquirir carácter salarial se aplicará a la nueva escala de básicos convencionales resultante el adicional por presentismo convencional anteriormente mencionado, en sustitución de la asignación no remunerativa complementaria pactada en el artículo primero, último párrafo, del presente acuerdo.”
Por lo tanto,
El BÁSICO ABRIL ya lo tenemos, para el caso del ejemplo es de $4.841,30 y el ACUERDO MAYO 9% también, es de $370,48, pero nos falta acrecentarlo de manera tal que el neto a pagar sea el mismo. Para ello debemos utilizar la formula de acrecentamiento (grossing up) que siempre usamos para incorporar los acuerdos en comercio::
Reemplazamos las variables para este caso:
Entonces, 17,3913 es el porcentaje a incrementar del importe del acuerdo no remunerativo que pasa al básico:
4.841,30 + 370,48 x 1.173913 = 5.276,22
Listo, y lo mismo tenemos que hacer para cualquier otra categoría. Es importante tener en cuenta reemplazar en la fórmula con los porcentajes correspondientes a cada tipo de liquidación, por ejemplo para el caso de empleados afiliados al sindicato el porcentaje de no remunerativos es del 7.5% y de remunerativos del 21.%. También encontraremos diferencias en el caso de que los empleados estén a jornada parcial o sean jubilados.
Acuerdo mayo 2013: $738,67
Determinemos el aumento.
5.276,22 x 14% = $738,67
El ejemplo es para un Administrativo A, pero los básicos de todas la categorías y su aumento:
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border: 1px solid #CCC; font-family: ;
font-size: 12px;
}
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padding: 4px;
margin: 3px;
border: 1px solid #ccc;
}
.tableizer-table th {
background-color: #104E8B;
color: #FFF;
font-weight: bold;
}
Categorías | Básico | No rem 14% |
---|---|---|
Maestranza A | $ 5.202,30 | $ 728,32 |
Maestranza B | $ 5.222,00 | $ 731,08 |
Maestranza C | $ 5.291,00 | $ 740,74 |
Administración A | $ 5.276,22 | $ 738,67 |
Administración B | $ 5.305,79 | $ 742,81 |
Administración C | $ 5.335,31 | $ 746,94 |
Administración D | $ 5.424,04 | $ 759,37 |
Administración E | $ 5.497,96 | $ 769,71 |
Administración F | $ 5.606,37 | $ 784,89 |
Cajeros A | $ 5.300,84 | $ 742,12 |
Cajeros B | $ 5.335,31 | $ 746,94 |
Cajeros C | $ 5.379,69 | $ 753,16 |
Personal Auxiliar A | $ 5.300,85 | $ 742,12 |
Personal Auxiliar B | $ 5.350,13 | $ 749,02 |
Personal Auxiliar C | $ 5.512,74 | $ 771,78 |
Auxiliar Especializado A | $ 5.359,98 | $ 750,40 |
Auxiliar Especializado B | $ 5.448,68 | $ 762,82 |
Vendedor A | $ 5.300,84 | $ 742,12 |
Vendedor B | $ 5.448,68 | $ 762,82 |
Vendedor C | $ 5.497,96 | $ 769,71 |
Vendedor D | $ 5.606,37 | $ 784,89 |
Asistencia y puntualidad: $51,46
Por último, la terca novedad de la liquidación de mayo, es que debemos realizar un aporte de caracter extraordinario la obra social de comercio de $50. Los demás descuentos son como en las liquidaciones anteriores:
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- 3% de Obra Social
- $100 como aporte especial a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) (1) ver como ingresar el aporte
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Aporte de 50 pesos a OSECAC
Respecto a si corresponde realizar el aporte a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) para aquellos empleados que hayan optado por otra obra social, lo que puedo decir es que es un punto polémico, hay quienes sostienen que deben realizar el aporte todos los empleados, estén afiliados a o no a OSECAC. Y hay quienes sostienen que se sólo deben hacer el aporte quienes estén afiliados a esa obra social.
En el caso de afiliado a OSECAC, lo pueden hacer directamente en el SICOSS (ver como)
En el caso de no afiliados, lo pueden hace con el F 120/A o mendiante VEP (ver como)
Anónimo dice
ignacio u otra persona me podrian explicar este punto??
Cuarto: En relación a la determinación de la base de cálculo del incremento alcanzado en este Acuerdo, las firmantes aceptan recomendar a aquellas empresas que liquidan suplementos y/o adicionales fijos y permanentes, por encima de los establecidos en el CCT 130/75, procuren negociar, durante el presente año, su adecuación, teniendo como referencia los incrementos salariales previstos en el presente Acuerdo.
genial……quien dice que no existen mas los vampiros!! ja en la sociedad moderna se llaman sindicalistas!!!! nos sacan nos sacan y para nos …nada! encima son ellos mismos son los que arreglan la suba de precios!!! antes de que te den algo ya aumentan…..lpm
Hola como estas? me dieron mi recibo y me surgio una duda! yo trabajo solo los fines de semana, osea que me liquidan 12 dias por mes, la pregunta que quiero hacer es si el no remunerativo es proporcional a los dias trabajados o solo proporcional a la jornada? gracias!
Hola buen dia queria consultar si alguien me puede ayudar.
Trabajo en una Agencia de Viajes. Segun se estamos adheridos a comercio.
Mi recibo de sueldo dice: "Fecha Ingreso: 01/10/2009" Calificacion Profesional: C3/Auxiliar 2da" Tarea Cumplida: "
Mi sueldo basico dice: $4182
Con deducciones y haberes: $4508
cobro zona desfavorable y faecsys
Con el nuevo acuerdo que en que categoria y sueldo caido?
Gracias
Hola gente, pregunta los importes de Adicional de Faltante de Caja para cajeros, los importes que se publican en las escalas son anuales?….o mensuales o trimestrales?. En caso de corresponder el % de Zona, también se le aplica a este adicional? Gracias!
Bibiana
Hola Como estas? Primero que nada GRACIAS tu blog esta buenisimo, y siempre hay cosas interesantes y super utiles! LA tenes re clara. Pregunta en mayo, porque no liquidaste los 2 feriados no trabajados como en meses anteriores? gracias!
Ignacio : Primero que nada GRACIAS! tu blog esta buenisimo, siempre hay cosas interesantes, y super utiles.
Despues consulta : no deberiamos incluir en mayo los 2 feriados nacionales (como feriados no trabajados?).
Gracias!
Hola el aumento del 24% de los empleados de comercio tambien le corresponde a los empleados de la rama de Turismo.
he leído que dentro de poco leerán y estudiarán si los empleados de comercio podremos pagar si o no el aporte de $50 solidario para osecac. Espero que sea a favor de nosotros los empleados. NO nos entusiasmemos, esperemos que todo salga bien para nuestro pequeño bolsillo.
Sergio , San justo.
Cavalieri en sus afiches de campaña prometía GESTIÓN, DIÁLOGO Y RESPETO, hasta ahora, ha cumplido con las tres promesas, Gestionó para Él, Dialogó con empresarios y gobierno, y Respetó lo acordado con ellos.
En neto un empleado sin antiguedad solo con presentismo si paso el 24% al remunerativo el aumento es del 28% hagan la cuenta
Hola soy Rosario, promotora de perfumerías en Córdoba. Trabajo en blanco y soy empleada de comercio. Pero me pagan por hora. Se acumulan las horas trabajadas haciendo promociones, y al final se liquidan todas juntas, de acuerdo al valor/hrs. por convenio.
Tengo presentismo? Cuanto vale la hora trabajada para mi?
Espero me respondan. Saludos y gracias!!
Hola, en realidad no se puede pagar por hora en Comercio, se debería determinar un valor mensual de salario, según las escalas de convenio.
El valor hora depende de la categoría y la antiguedad. Para el caso del ejemplo arriba presentado, serían unos 27 pesos aproximadamente
Señorita vaya al sindicato de comercio más cercano a su domicilio. Si tiene recibo , vaya con el recibo de sueldo. En el recibo tiene que figurar todo , antigüedad, aportes a obra social, acuerdos de paritarias y todo lo importante que es todo esto para nosotros los empleados de comercio.
Sergio, Buenos Aires.
Alguien sabe como se informa en la declaracion de no remunerativos de AFIP este nuevo aumento?
Aún no se publicó la resolución.
Muy buenas tus explicaciones como siempre Ignacio! Te felicito por tu GRAN paciencia para responder a todos los que escribimos tu blog!!!! Gracias por tus grandes aportes, son de mucha ayuda para todos! Antes de liquidar miró primero Ingnacio Online!!
Ignacio soy lucas… a mi me liquidaron ayer el sueldo correpondiente a mayo, pero no me vino el aumento… mi pregunta… es normal que los empleadores no pagen con aumento hasta que no este homologado?… cuando se homologe.. me tienen que pagar con retroactivo a mayo el aumento?… no quiero preguntar por que soy nuevo en el trabajo… (todavia no paso los tres meses) es una empresa grande… gracias…