Liquidación de haberes para el mes de mayo de 2013 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.
Básico:
$ 5.276,22
Como dijimos, una de las novedades de la liquidación de mayo, es que debemos incorporar al básico el acuerdo no remunerativo. Para eso, tenemos dos posibilidades, la primera y más simple es buscando en la escala salarial 2012-2013 publicada por FAECYS. Pero existen casos en los que esa escala no nos será útil.
La otra, es determinar nosotros mismos el nuevo valor, partiendo del básico que pagamos hasta el mes de abril e incorporarle el saldo del acuerdo no remunerativo mayo 2012 de manera acrecentada.
Recordemos que según lo que dice el artículo segundo del acuerdo mayo 2012, el “Asimismo, el incremento acordado en el art. 1°, inc. b), del presente acuerdo mantendrá su carácter no remunerativo hasta el mes de abril de 2013 inclusive. A partir de su incorporación al salario se integrarán a las escalas de salarios básicos de la actividad, debiendo incluir el monto equivalente a los aportes a cargo del trabajador, a fin de que éste no sufra una merma en su ingreso neto y siga percibiendo en su salario de bolsillo el mismo monto nominal que recibía cuando los conceptos le eran liquidados sin aportes atento su carácter no remunerativo, y sin computar para ese único fin, el importe no remunerativo equivalente al presentismo del artículo 40 del C.C.T. 130/75, toda vez que al adquirir carácter salarial se aplicará a la nueva escala de básicos convencionales resultante el adicional por presentismo convencional anteriormente mencionado, en sustitución de la asignación no remunerativa complementaria pactada en el artículo primero, último párrafo, del presente acuerdo.”
Por lo tanto,
El BÁSICO ABRIL ya lo tenemos, para el caso del ejemplo es de $4.841,30 y el ACUERDO MAYO 9% también, es de $370,48, pero nos falta acrecentarlo de manera tal que el neto a pagar sea el mismo. Para ello debemos utilizar la formula de acrecentamiento (grossing up) que siempre usamos para incorporar los acuerdos en comercio::
Reemplazamos las variables para este caso:
Entonces, 17,3913 es el porcentaje a incrementar del importe del acuerdo no remunerativo que pasa al básico:
4.841,30 + 370,48 x 1.173913 = 5.276,22
Listo, y lo mismo tenemos que hacer para cualquier otra categoría. Es importante tener en cuenta reemplazar en la fórmula con los porcentajes correspondientes a cada tipo de liquidación, por ejemplo para el caso de empleados afiliados al sindicato el porcentaje de no remunerativos es del 7.5% y de remunerativos del 21.%. También encontraremos diferencias en el caso de que los empleados estén a jornada parcial o sean jubilados.
Acuerdo mayo 2013: $738,67
Determinemos el aumento.
5.276,22 x 14% = $738,67
El ejemplo es para un Administrativo A, pero los básicos de todas la categorías y su aumento:
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border: 1px solid #CCC; font-family: ;
font-size: 12px;
}
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padding: 4px;
margin: 3px;
border: 1px solid #ccc;
}
.tableizer-table th {
background-color: #104E8B;
color: #FFF;
font-weight: bold;
}
Categorías | Básico | No rem 14% |
---|---|---|
Maestranza A | $ 5.202,30 | $ 728,32 |
Maestranza B | $ 5.222,00 | $ 731,08 |
Maestranza C | $ 5.291,00 | $ 740,74 |
Administración A | $ 5.276,22 | $ 738,67 |
Administración B | $ 5.305,79 | $ 742,81 |
Administración C | $ 5.335,31 | $ 746,94 |
Administración D | $ 5.424,04 | $ 759,37 |
Administración E | $ 5.497,96 | $ 769,71 |
Administración F | $ 5.606,37 | $ 784,89 |
Cajeros A | $ 5.300,84 | $ 742,12 |
Cajeros B | $ 5.335,31 | $ 746,94 |
Cajeros C | $ 5.379,69 | $ 753,16 |
Personal Auxiliar A | $ 5.300,85 | $ 742,12 |
Personal Auxiliar B | $ 5.350,13 | $ 749,02 |
Personal Auxiliar C | $ 5.512,74 | $ 771,78 |
Auxiliar Especializado A | $ 5.359,98 | $ 750,40 |
Auxiliar Especializado B | $ 5.448,68 | $ 762,82 |
Vendedor A | $ 5.300,84 | $ 742,12 |
Vendedor B | $ 5.448,68 | $ 762,82 |
Vendedor C | $ 5.497,96 | $ 769,71 |
Vendedor D | $ 5.606,37 | $ 784,89 |
Asistencia y puntualidad: $51,46
Por último, la terca novedad de la liquidación de mayo, es que debemos realizar un aporte de caracter extraordinario la obra social de comercio de $50. Los demás descuentos son como en las liquidaciones anteriores:
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- 3% de Obra Social
- $100 como aporte especial a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) (1) ver como ingresar el aporte
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Aporte de 50 pesos a OSECAC
Respecto a si corresponde realizar el aporte a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) para aquellos empleados que hayan optado por otra obra social, lo que puedo decir es que es un punto polémico, hay quienes sostienen que deben realizar el aporte todos los empleados, estén afiliados a o no a OSECAC. Y hay quienes sostienen que se sólo deben hacer el aporte quienes estén afiliados a esa obra social.
En el caso de afiliado a OSECAC, lo pueden hacer directamente en el SICOSS (ver como)
En el caso de no afiliados, lo pueden hace con el F 120/A o mendiante VEP (ver como)
Anónimo dice
HOLA IGNACIO, ALGUNA NOVEDAD O FECHA PROBRABLE, VOS QUE TENES MAS AÑOS Y EXPERIENCIA EN ESTE TEMA, DE CUANDO SE PUEDE HOMOLOGAR?
GRACIAS.
SALUDOS.
Una consulta, para cualquiera que lea, Ignacio seguramente debe saber…
si NO nos pagan el aumento, con el pretexto de que no pueden hacerlo (tampoco el de noviembre del año pasado).. que podemos hacer?
Muchas gracias,
Ignacio, llame al sindicato y me dijeron que el porcentaje de acrecentamiento era 1.18% del no rem para incorporarlo al básico.
Es La primera vez que lo hago, cual tomo?
Gracias!
Si con 1.18 te da, usala. Pero no es así.
HOLA, PERDONAME PERO DE DONDE PUEDO BAJAR EL ACUERDO?
gracias
Perdoname… pero de donde puedo bajar el acuerdo????
http://www.ignacioonline.com.ar/2013/05/Se-oficializo-el-Acuerdo-salarial-2013-para-Empleados-de-Comercio.html
hola, este calculo 4.841,30 + 370,48 x 1.173913 = 5.276,22
esta bien? porq me da otro importe
SI, está bien
porq me da 6118,17?
Porque estás separando mal en términos la ecuación:
4.841,30 + 370,48 x 1.173913 = 5.276,22
Es lo mismo que: 4.841,30 + (370,48 x 1.173913) = 5.276,22
Sumas y restas dividen los términos, por lo que no es necesario el paréntesis.
Vos estás haciendo:
(4.841,30 + 370,48 )x 1.173913 = 6.118,17
volve a la escuela anonimo….burro!jaja
ignacio no te olvides q aumenta INACAP a 26.01
compañeros creo que estamos siendo un poquito injustos con nuestros representantes consiguieron el mismo porcentaje que la mayoría de los gremios creo que su falta de capacidad para darse cuenta es la misma que tienen en el momento de administrar el sueldo y por eso no llegan a fin de mes úsenlo para comprar cosas útiles y vayan a llorar a la gruta
Hola una consulta como se debe liquidar si un empleado tiene el basico + adicional voluntario + a cta fut.aumneto, el aumento es sobre todo estos conceptos o solo sobre el basico de convenio gracias.-
Hola, quisiera saber como me deben liquidar el despido,que me hicieron a partir del 01 de junio de 2013,actualmente estoy trabajando el preaviso soy administratvo categoria b con 5 años de antiguedad al 31 de mayo de 2013 gracias
genio idolo Ignacio!! avisa cuando se homologue!
CUANDO SE HOMOLOGA…UNA FECHA POR FAVOR……GABRIEL
Buenas, queria saber porque no se liquida el 1º y 25 de mayo como feriados.
Espero respuesta.
Saludos.
hola ignacio, impecable tu informe!!! duda importante de cuanto es el aumento para aquellos que nuestro basico es superior al dela planilla de basicos, ej, yo soy AUXILIAR B pero mi basico de marzo 2013 es de 5794.47, el 14% se saca sobre mi basico o sobre el basico de la tabla???
PREGUNTA DE DONDE SALE EL DESCUENTO DE $100 EN LAS SUMAS NO REMUNERATIVAS(APORTE ESPECIAL OSECAC) ?
Hola Ignacio me gustaria saber si el aumento se aplica solo sobre el sueldo basico o sobre otros items tambien, como por ejemplo: adicional voluntario, o "a cuenta de futuros aumentos" otorgados por el empleador desde hace muchos años ya. Gracias