Liquidación de haberes para el mes de Marzo de 2012 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.
La liquidación de haberes de marzo de 2011 de Empleados de Comercio CCT 130/75, será la ultima sin modificaciones respecto de la anterior liquidación, ya que en la liquidación del próximo mes se incorporará al básico el acuerdo junio 2011. Por lo que finalmente todo el sueldo será remunerativo. Al menos hasta que se firme el acuerdo en la paritaria de este año, que por lo que afirman desde el gremio, recién sería para principios de mayo. (ver nota)
Como todos los meses, a manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de Marzo de 2012.
Datos para la liquidación
– Categoría: Administrativo A
– Básico: $ 3.044,32
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 0
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
Conceptos Remunerativos
Básico: $3.044,32
Surge de la escala salarial publicada por FAECyS. Ver
Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $239,89 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).
3.044,32 / 12 = $253,69
Conceptos No Remunerativos
Acuerdo Colectivo Junio 2011: $ 913,30
Hasta el mes pasado era de $ 700,20, e incluía los dos primero trámos de aumento, 15% de mayo/junio y 8% en septiembre, lo que totalizaba un 23%. Ahora, en diciembre, debemos aplicarle el último tramo restante del aumento que es del 7%.
Recordemos que el aumento se aplica sobre el básico de Noviembre, por lo tanto para esta caso sería:
$ 3.044,32 x 7% = $ 213,10
Por lo tanto:
+ 213,10 + 700,20 = $ 913,30
Que es lo mismo que aplicar el 30% directamente sobre el básico:
$ 3.044,32 x 30% = $ 913,30
Asistencia y puntualidad: $76,11
Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.
913,30 / 12 = 76,11
Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
- 3% de Obra Social
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos. Como siempre, espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado ni la interpretación ni en los cálculos.
Anónimo dice
señores llego la sintonía fina que seguro la pagamos los empleados de comercio no quiero caer en el facilísmo de putear a cavalleri pero me estoy tentando
Buenas tardes, consulto para un empleado de comercio, categoria vendedor b, antieguedad 2 años, trabajo 30 horas semanales y quiero saber que sueldo corresponderia. Muchas gracias!!!
Buen dia, quisiera consultar cuanto tendria que estar cobrando un administrativo A, jornada completa con 6 años de antiguedad, ya que creo que la antiguedad no me la abonaron nunca, al menos no lo figura en el recibo de sueldo, muchas gracias!!!! saludos
Consulta, ahora que no hay conceptos remunerativos, y en mi caso que estoy en otra obra social que no es osecac y pago una diferencia adicional, esa diferencia disminuye? tengo que pagar menos en es concepto? la obra social lo aplica o uno tiene que hacer el reclamo?
Desde ya muchas gracias.
Juan de Tucuman
hola amigo te hago una consulta,mi sueldo paso los 5.200$quiero saber si voy a seguir cobrando el salario tengo 5 chicos y te soy cinsero no alcanza trabajo 14 hrs diarias desde ya muchas gracias.
Hola Ignacio, como se adiciona el no remunerativo al bsico de AEC en abril. que coef. se le agrega para que siga cobrando lo mismo. Gracias Ariel
Ignacio te hago una consulta: en una liquidacion final por despido sin causa; la indemnizacion por antiguedad ¿lleva el acuerdo no remunerativo? osea hay que sumarlo con lo remunerativo para calcular la indeminizacion? y si es asi en que ¿normativa se establece que se debe tomar lo no rem?
Gracias
Pedros
Hola Ignacio: s/ el art 5 del AC salarial 06/2011 al pasar el monto no Rem a Rem el trabajador debe seguir cobrando de bolsillo el mismo salario, pero la escala informada solo contempla el 5;5% de deducciones y n la totalidad de aportes a cargo del trabajador como lo hacía el Acuerdo anterior. Es una diferencia importante, por lo tanto se podría crear un concepto que contemple esa diferencia?? es acertado o hay otra forma de resolverlo?? O solo le debemos explicar a los trabajadores que pierden ese monto?? Aguardo respuesta. Gracias y muy buena la página!
Hola, mi nombre es Mariela, quiziera saber cuanto tendria que estar cobrando un administrativo A, de bolsillo; con una antiguedad de 3 años. Muchas Gracias
Hola Ignacio, estoy tratando de hacer la liquidación de abril 2012 con el traspaso del no remunerativo a remunerativo pero, por lo que veo, en la escala del SEC el sueldo básico más su presentismo no alcanzan a cubrir el grossing up del no remunerativo…
entiendo que habría que poner el saldo en otro concepto para no jorobar a la gente, como lo ves?
Muchas Gracias como siempre
Victoria
muy bueno el blog, como siempre
Lorena. Se calcula de la misma forma expuesta por Ignacio en este blog, solo que cambia el valor del sueldo bruto. Para Mastranza "B" el sueldo bruto es de $3013.04 y $903.91 el No Remunerativo.
hola ignacio muy buen blog quisiera saber el valor de la hora maestranza B o como se calcula. gracias lorena
Hola no me renovaron el contrato de 3 meses. Cuanto seria el monto de la liquidacion?. Me mandaron el telegrama 3 dias antes de la finalizacion del contrato. ingrese en enero y me lo mandaron el 29/03.Rio cuarto. Cordoba.Oscar Andres Acosta
Hola Ignacio, primero felicitaciones por la pagina, esta muy buena y es muy util! quisiera consultarte algo un poco mas detallado. Quisiera que me des una mano, para lograr un recibo de sueldo para vendedor B, y tengo que llegar a un sueldo bruto de 6000 pesos aprox. yo lo hice con los ejemplos que das vos de recibo de sueldo parta administrativo, en este caso yo le agrego el concepto "bonificaciones", pero no se si estan bien los descuentos que hice sobre eso!
Desde ya muchas gracias! y perdon la molestia.
Abel ([email protected])