Liquidación de haberes para el mes de mayo de 2012 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.
El pasado jueves 24 de mayo, la FAECYS y las cámaras de empresariales de comercio lograron un acuerdo y se rubricó el nuevo acuerdo salarial para empleados de comercio 2012. El mismo establece un incremento salarial del 24% no remunerativo sobre las escalas de abril, en dos tramos no acumulativos según el siguiente cronograma:
Se tomará como base de cálculo las sumas establecidas en las escalas salariales correspondientes para cada categoría para el mes de abril de 2012.
El incremento acordado se abonará como suma no remunerativa y se liquidará en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación “acuerdo mayo 2012”.
- el 15% hasta el mes de octubre de 2012 inclusive.
- el 9% hasta el mes de abril de 2013 inclusive.
A manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de junio junto con el retroactivo del mes de mayo.
Básico:
$ 4.116,45
Surge de la escala salarial establecida en el acuerdo 2011, publicada por FAECyS.
Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $343,04
4.116,45 / 12 =
343,04
Acuerdo mayo 2012: $617,47
Es el 15% sobre el básico de la categoría “Administrativo A” para el mes de Abril de 2012 (Base de cálculo)
4.116,45 x 15% = $617,47
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Empleados de Comercio CCT 130/75 | Base de Cálculo | 15 % No rem. |
---|---|---|
Categorías | Abril 2012 | Mayo 2012 |
Maestranza A | 4.058,78 | 608,82 |
Maestranza B | 4.074,15 | 611,12 |
Maestranza C | 4.127,98 | 619,20 |
Administración A | 4.116,45 | 617,47 |
Administración B | 4.139,52 | 620,93 |
Administración C | 4.162,56 | 624,38 |
Administración D | 4.231,78 | 634,77 |
Administración F | 4.289,45 | 643,42 |
Administración E | 4.374,03 | 656,10 |
Cajeros A | 4.135,66 | 620,35 |
Cajeros B | 4.162,56 | 624,38 |
Cajeros C | 4.197,18 | 629,58 |
Personal Auxiliar A | 4.135,67 | 620,35 |
Personal Auxiliar B | 4.174,11 | 626,12 |
Personal Auxiliar C | 4.300,98 | 645,15 |
Auxiliar Especializado A | 4.181,80 | 627,27 |
Auxiliar Especializado A | 4.251,00 | 637,65 |
Vendedor A | 4.135,66 | 620,35 |
Vendedor B | 4.251,00 | 637,65 |
Vendedor C | 4.289,45 | 643,42 |
Vendedor D | 4.374,03 | 656,10 |
Asistencia y puntualidad: $51,46
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- 3% de Obra Social
- $100 como aporte especial a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) (1) ver como ingresar el aporte
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Aporte de 100 pesos a OSECAC
Respecto a si corresponde realizar el aporte a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) para aquellos empleados que hayan optado por otra obra social, lo que puedo decir es que es un punto polémico, hay quienes sostienen que deben realizar el aporte todos los empleados, estén afiliados a o no a OSECAC. Y hay quienes sostienen que se sólo deben hacer el aporte quienes estén afiliados a esa obra social. ver como ingresar el aporte
Anónimo dice
si se dice que el aumento es de un 15% y se toma sobre los básicos de convenio, entonces esto es falso ya que puede ser un 15% para un empleado sin antiguedad pero para alguien que tiene 20 años trabajando sería mucho menor .
Mario
no coincido con Carlos de La Pampa, el artículo 3º habla de otra cosa, no de la base de cálculo para este aumento, creo tendrían que salir del sindicato y aclarar las cosas.
Saludos
Mario
Sin contar la antiguedad, si yo tengo un básico superior al de la escala cual debo tomar para el calculo?
Laura
Salga cuando salga homologado el acuerdo es a partir de Mayo. Si los empleadores lo pagan en junio, todo bien. Si lo pagan en julio deberán pagar dos meses juntos, como sucedió en 2011.
Y si lo pagan en julio, con el sueldo de junio sin pagar la diferencia por mayo, les están robando.
Entiendo que el SAC se pagará como siempre, con la diferencia que la parte correspondiente al aumento será proporcional. Por lo tanto nos cagan, pero "sólo un poquito".
Excelente información, aunque pareciera que sólo Carlos de La Pampa ha leído detenidamente todo y que VARIOS primero preguntan y después leen el acuerdo.
Pablo de Santa Fe (o Dr. Enrique Moltoni)
hola ignacio, el aumento es sobre el basico de convenio o el basico que percibo, porque no se entiende bien.
ignacio queria consultarte si el aumento es solo sobre el basico, en mi caso tengo un item "cuenta a futuros aumentos" el aumento tambien en sobre eso? muchas gracias
para que 100 para que se pierdan como los 2millones neuquen aguante lucero
Ignacio, cuanto seria el monto del feriado, o como lo calculo?
tomando en cuenta el ejemplo que pusiste?
Este mes varios o muchos empleados de comercio han trabajado el 25 de mayo y lo tienen que cobrar.
Gracias y como siempre el mejor informando.
Buenas noches Ignacio.
Me queda la duda si a un empleado que se le liquida media jornada se le descuentan los $100 de OSECAC o si se le reduce a $50.
Muchas gracias por tu invalorable aporte!
Carolina
hola ignacio.veo muchas preguntas de lo mismo por el tema antiguedad.entra o no en la base de calculo? porque sino llegase a entrar seria lo mismo el aumento para un empleado de 1,2,5 o 10 años de antiguedad.
agradeceria tu respuesta..y sino sabes directamnete deci no se, asi nadie te vuelve a repetir lo mismo.
gracias x toda la paciencia e informacion brindada
saludos
Ramon de Caseros
Buenas tardes Ignacio, no entiendo 2 cosas:
Primero comenzas diciendo que vas a explicar como tendria que ser un recibo de "Junio" con el retroactivo a mayo y dps en el ejemplo es un recibo de mayo con el acuerdo correspondiente .Segundo , es q no me dan las cuentas, el pobre pibe que es administrador termina ganando unos pocos pesos mas aun con aumento.
Hola Ignacio.Bien lo tuyo explicando como siempre..mi pregunta es en tu ejemplo es con antiguedad 0.. en caso d tener antiguedad entra para el calculo.. muchas gracias
Martin de Hurlingan
Hola, buenas tardes, alguien tiene reclamos con respecto a los montos de las asignaciones familiares? tengo muchos casos de empleados que pierden las asignaciones por el aumento del basico, no hay algun comentario que suban la base o modifiquen los valores? gracias!
Hola Ignacio consulta el acuerdo salarial ya esta homologado? porque solo en ese caso mi empleador lo va a pagar! sino lo esta para cuando se estima la homologacion del mismo?
me quedo al aguardo y gracias por la info!!!
Lorena
Releyendo toda la informacion del dia, me pregunto:
para que siguen sacando acuerdos no remunerativos, si los tenes en cuenta para hs extras, aguinaldo, vacaciones, feriados e indemnizaciones. Pagan obra social, faecys y sindicato.
Al final, solo queda afuera la jubilacion y la ley 19032!!!!