Básico |
1.319,56
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Antiguedad |
6,60
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Asis. y Puntualidad |
110,51
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Total |
1.436,67
|
Aclaración: para hacer mas simple y comprensible el ejemplo, se trata de un empleado que no ha realizado horas extras, no tiene comisiones ni ninguna otra remuneración variable, por lo cual solo haré el cálculo de las vacaciones por su parte fija.
Y he aquí la situación que presenta muchas dudas. Que es lo que sucede con las sumas no remunerativas, los días trabajados y las vacaciones.
Existes dos posiciones, quienes dicen que los acuerdos deben pagarse en forma proporcional a los días trabajados, y quienes sostienen que se deben pagar en forma completa. Yo opté por esta última, porque entiendo que de otra manera, sería muy oneroso para el trabajador, ya que vería disminuido su salario en gran medida. Es mas, el solo hecho de no incluir las sumas no remunerativas en el cálculo de las vacaciones, trae un gran perjuicio al trabajador. El plus del 20% que tiene la liquidación de los días de vacaciones, es absorvido en gran medida al no incluirse los acuerdos en la liquidación de esta licencia.
Veamos las diferentes situaciones que se hubiesen presentado si se hubiese según los diferentes acuerdos:
1. Situación actual: tomando el acuerdo vigente de enero de 2010.
2. Según lo que decía el acuerdo de abril de 2009 para el mes de enero de 2010: según dicho acuerdo, las sumas del 20% y los $100 fijos otorgadas por el acuerdo de abril de 2009, debía incluirse en el básico en el mes de enero de 2010.
3. Según lo que decía el acuerdo de abril de 2009 para el mes de febrero de 2010: según dicho acuerdo, los $300 pesos otorgados por ese mismo acuerdo, pasaban la acuerdo en febrero de 2010, por lo que, quienes tomaran vacaciones a partir de dicho mes, verían incrementado también la liquidación de dicha licencia.
4. Tomando los acuerdos como Remunerativos: Es como yo creo que se deben tomar estos acuerdos, ya que de “no remunerativos” no tienen nada, son parte de sueldo y son habituales, por lo cual se deberían incluir en la liquidación de vacaciones y practicarle todas las retenciones correspondientes. Ya que de otra forma se trae un perjuicio, en primer lugar al trabajador, y también a estado, que recauda menos, desfinanciando de esta manera el sistema de seguridad de la social. Siendo el único beneficiado el empleador, que no solo paga menos contribuiciones, sino que también paga menos sumas por vacaciones.
JONATAN dice
SI YA SE QUE LO TENDRIAN QUE CUMPLIR OJALA FUERA TODO TAN FACIL PERO LAMENTABLEMENTE EL SECZA DE MDP ES MUY MAL SINDICATO Y TENGO QUE ACTUAR POR CUENTA PROPIA Y EL UNICO MEDIO QUE CONOSCO ES ESTE Y QUERIA SABER QUE PUEDO HACER EN EL CASO QUE NO CUMPLAN CON EL PAGO POR ADELANTADO DE LAS VACACIONES…
Hola Gabita, no, lo que yo entiendo, es que ese item "CONVERSION LEY 26341," pasó al básico.
Ignacio, antes que nada gracias por tu pronta respuesta.
El basico esta exactamente igual en los dos recibos, o sea,que el proximo mes cuando ya no cobre el plus vacacional que me correspondio en enero, mi sueldo va a quedar practicamente igual a como estaba, el aumento solo se va a reflejar en mi recibo de sueldo porque tengo $ 260 menos CONVERSION LEY 26341. Es asi?
Hola Romina, es un tema discutible, pero entiendo que es así.
Hola Gabita, por lo que me decís no te los sacó, sino que lo incluyó en el básico, algo que se hacía progresivamente.
Hola Romina, no, lo que entiendo que hicieron, es incluir en las vacaciones el item de a cuenta de futuros aumentos que absorvieron con el nuevo aumento, porque ese ya quedó remunerativo en tu caso.
Hola Jonatan, es lo que dice la ley, asi que deberían cumplirlo.
hola ignacio, mi nombre es jonatan y queria saber que puedo hacer si la empresa no me deposita las vacaciones adelantadas? se puede hacer algo por que el año pasado no me las depositaron y como era nuevo no dige nada pero este año que me voy de viaje necesito el adelanto y no se que hacer por que si no me las depositan!!? mi msn es [email protected] desde ya muchas gracias…
ignacio soy de vuelta romina, del nro. 36, a lo que yo me referia que para liquidar las vacaciones ellos tomaron los 100$ del nuevo acuerdo. si tomaron ese importe no tendrian que tomar todos los otros acuerdos? nose si me explico bien.
gracias!
romina
Hola Ignacio, necesito hacerte una consulta; en el sueldo de enero aparecen los aumentos no remunerativos,los $ 300, los $ 100 y los $ 75. Ademas el plus por las vacaciones, que en mi caso da un total de $ 250,74, lo cual sumaria en mi remuneracion de este mes $425,74 (sin contar los $ 300 porque ya los veniamos cobrando) pero en mi recibo de sueldo aparece un total de $ 2.867 mientras que en el anterior era de $ 2.632.- Me puse a comparar ambos y me di cuenta que en el de enero falta un concepto que es "CONVERSION LEY 26341" por $ 260.-(lo de los tickets). Puede mi empleador sacarme esto? es legal?
Muy buena la pagina y gracias por asesorarnos, mi pregunta es sobre el % de antiguedad en el mes que se cobra las vacaciones se paga menos? porque calcula solo sobre los dias trabajados?
Romina
Hola Romina, si el item a cuenta de futuros aumentos de lo dieron entre el 1 de septiembre y el 21 de enero, esta bien.
buenas tardes ignacio, una consulta…en mi empresa liquidaron vacaciones incluyendo el acuenta futuros aumentos pero ahi adentro esta incluido los 100 del acuerdo. esta mal,no?? porque sino tendrian que tomar todos los acuerdos para calcular las vacaciones 🙂
estoy equivocada? gracias!!
romina
Hola Andrés, no hay encargados del blog, escribo solamente yo, Ignacio. Y si tengo algún tipo de beneficio, supongo que te referirás a econónico, la verdad es que no, como el 99.99% de los blogs. El único ingreso es por la publicidad de google Adsense, que es mínima y no cubre ningún costo.
saludos
Ignacio
hola excelent info,impecable como siempre.
No quiero ser irrespetuoso pero tengo mucha curiosiad sobre si los encargados de este Blog obtienen algun tipo de beneficios con este gran servicio aportado on line.No tienen que responder,si no quieren;sepan disculpar mi intromision.
De todas formas financiado o no, el Blog es genial
Saludos Andres
Hola Verónica, si, acabo de ver el tuyo, pero tengo muchos para contestar. Saludos y buen viernes para vos también.
Hola Anónimo, no se a que 200 te referís.
IGNACIO HOLA COMO ESTAS?
QUISIERA SABER SI SALIÓ EL TEMA DE LOS $ 200 PARA EMPLEADOS DE COMERCIO. EN UN PRINCIPIO IBA A SER NO REMUNERATIVOS. PERO NO SE SI HOMOLOGÓ . ME PODRÍAS INFORMAR GRACIAS.- Anónimo.-
Solo para preguntarte: Estás respondiendo consultas hechas al mail de contacto???
Saludos y buen viernes!
Verónica