Básico |
1.319,56
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Antiguedad |
6,60
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Asis. y Puntualidad |
110,51
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Total |
1.436,67
|
Aclaración: para hacer mas simple y comprensible el ejemplo, se trata de un empleado que no ha realizado horas extras, no tiene comisiones ni ninguna otra remuneración variable, por lo cual solo haré el cálculo de las vacaciones por su parte fija.
Y he aquí la situación que presenta muchas dudas. Que es lo que sucede con las sumas no remunerativas, los días trabajados y las vacaciones.
Existes dos posiciones, quienes dicen que los acuerdos deben pagarse en forma proporcional a los días trabajados, y quienes sostienen que se deben pagar en forma completa. Yo opté por esta última, porque entiendo que de otra manera, sería muy oneroso para el trabajador, ya que vería disminuido su salario en gran medida. Es mas, el solo hecho de no incluir las sumas no remunerativas en el cálculo de las vacaciones, trae un gran perjuicio al trabajador. El plus del 20% que tiene la liquidación de los días de vacaciones, es absorvido en gran medida al no incluirse los acuerdos en la liquidación de esta licencia.
Veamos las diferentes situaciones que se hubiesen presentado si se hubiese según los diferentes acuerdos:
1. Situación actual: tomando el acuerdo vigente de enero de 2010.
2. Según lo que decía el acuerdo de abril de 2009 para el mes de enero de 2010: según dicho acuerdo, las sumas del 20% y los $100 fijos otorgadas por el acuerdo de abril de 2009, debía incluirse en el básico en el mes de enero de 2010.
3. Según lo que decía el acuerdo de abril de 2009 para el mes de febrero de 2010: según dicho acuerdo, los $300 pesos otorgados por ese mismo acuerdo, pasaban la acuerdo en febrero de 2010, por lo que, quienes tomaran vacaciones a partir de dicho mes, verían incrementado también la liquidación de dicha licencia.
4. Tomando los acuerdos como Remunerativos: Es como yo creo que se deben tomar estos acuerdos, ya que de “no remunerativos” no tienen nada, son parte de sueldo y son habituales, por lo cual se deberían incluir en la liquidación de vacaciones y practicarle todas las retenciones correspondientes. Ya que de otra forma se trae un perjuicio, en primer lugar al trabajador, y también a estado, que recauda menos, desfinanciando de esta manera el sistema de seguridad de la social. Siendo el único beneficiado el empleador, que no solo paga menos contribuiciones, sino que también paga menos sumas por vacaciones.
Anónimo dice
disculpa ignacio, olvide decir que pertenezco al empleados de comercio
atte.
sofia
HOLA Ignacio, soy sofia, me despidieron hace tres dias de la empresa luego de tres años, dos meses y diez dias. sin preaviso y sin causa. En promedio, cobraba en mano unos $2500 netos, y con el aumento de diciembre seria un poco mas.
Los acuerdos no remunerativos solo parecen estar a favor del empleador.
Mientras que el sindicato me calculo una cifra de indemnizacion aproximada de $18.000 pesos, lo que la empresa me pago fue aprox. $10.000 ya que ellos no consideraron un centavo de estos benditos aumentos. A esto la empresa lo llamo "diferencia de criterios".
Yo pregunto, es necesario que se llegue a semejante abuso? No es mas sencillo no dejar grises en los acuerdos?
Lo unico que deja esto en claro, que el que sigue pagando los platos rotos es el mas indefenso,(o sea el empleado) y a quien la ley deberia proteger del mas fuerte.
Hola Cintia, 14 días.
hace 4 años que trabajo como emplado de comercio pero mi trabajo es en las obras en construccion,renuncie y quisiera saber como me hacen la liquidacion final por que solo me dieron una orden para ir en anses.y segun nunca me hicieron la libreta de fondo de desempleo de la construccion donde yo podria aver ido a cobrar por banco.desde ya muchas gracias
son unos hijos de puta,yo cobro 3.100 pesos en mano con los acuerdos y me pagaron,600 de vacaciones por 14 dias,quiere decir que cuando cobre febrero,le voy a summar 1500 mas 600 de cobro adelantado son 2100 y los otros 1000 ????
Hola Ignacio, tengo una preguntita yo empece a trabajar el dia 02/05/10 soy empleada de comercio… quisiera saber cuantos dias de vacaciones me corresponden tomarme… muy bueno el blog… Cintia
Hola Alejandro, muchas gracias, me alegro que hayas encontrado este pequeño sitio en el ciber espacio.
Tenés que contar la antigüedad al 31/12, vos al 31/12/2010 vas a tener 5 años y 28 días, por lo que te corresponden 21 días de vacaciones.
saludos y felices fiestas!!
hola Ignacio un gusto enorme haber encontrado esta pagina, mi nombre es alejandro y quería saber cuantos días de vacaciones me corresponden en este año, mi fecha de ingreso a la empresa, según el recibo de sueldo, es el 3/12/2005. Hoy me informaron que son 14 días, y la verdad vengo todo el año con la ilusión de que me tocaban 21.
saludos…
Si entraste el 23 de junio, 14 días
Hola ignacio te cuento que yo entre en una empresa a trabajar el 23 de junio
pero el alta me la dieron al mes siguiente, ahora en diciembre se cumplen seis meses desde que entre a trabajar, mi pregunta es cuantos dias de vacaciones me corresponden?
Hola, las vacaciones se pagan por adelantando e incluye un plus
Hola Ignacio, te hago una consulta. Si en enero me pagan lo que me corresponde de vacaciones, en febrero me lo descuentan? es como un adelanto de sueldo para que me tome las vacaciones o es un plus en enero?
Hola Jorge, podría ser una jubilación por invalidez, te diría que te contactes con un abogado previsional para que te asesore al respecto
Hola , te comento que a mi me despidieron y al momento de realizar la liquidacion final no quieron tener en cuenta los conceptos no remunerativos.
Yo fui hasta el sindicato y me dijeron que habia unos fallos que dicen que si los deben tener en cuenta.
Me asesore aparte con abogados y con diferentes contadores y todos llegan aprox a la misma suma.
Mi sueldo en mano era de $ 2800, me quieren dar una idemnizacion en base a un sueldo de $ 1700.
Que hago?
muchas gracias
hola ignacio mi nombre es jorge tengo 60años y 42 de servicio como empleado de comercio con categoria AUX B mi sueldo es de 3083.89 de bolsillo tuve una operacion de hernia de disco con una imcapasidad 32 porciento un infarto con 3 bay pas coronario y hace pocos dias una angioplastia miembro imferior por lo tanto camino con baston quisiera saber si puedo tramitar la jubilacion desde ya muchas gracias