Contestando a varias consultas que me han realizado varios lectores de la página en estos últimos días, les recuerdo a quienes tienen que liquidar los sueldos correspondientes al mes de mayo para empleados de comercio, que hasta le momento, el acuerdo vigente para los empleados de comercio encuadrados en el CCT 130/75, es el firmado en enero último. Por lo cual, bajo los términos de este acuerdo deberemos realizar la correspondiente liquidación del mes de mayo.
Cierto es, que ya estamos a 1ro de junio, por lo cual muchos habrán concluido con la liquidación del mes de mayo, pero de todos modos, para quienes no la hayan hecho aún o tengan alguna duda al respecto, haremos un repaso por el acuerdo de enero de 2010:
“ARTICULO DÉCIMO PRIMERO: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria especial y extraordinaria, de carácter no remunerativa y por única vez, de $300.- (trescientos pesos) para todos los trabajadores de la actividad comprendidos en el marco del Convenio Colectivo N 130/75. El monto mencionado se hará efectivo en hasta 4 cuotas de $75.- (setenta y cinco pesos) cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril de 2010. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “asignación acuerdo enero 2010″.”
En este artículo del acuerdo de enero de 2010, se estableció la suma no remunerativa de $300, que se podía pagar en hasta 4 cuotas de $75. Si dicha suma se comenzó a pagar en cuotas desde el mes de enero, la última cuota debió haber sido pagada en abril pasado, por lo cual para el mes de Mayo, ya no estará en la liquidación. Además el artículo destaca que es “por única vez.”
“ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO: Dada la condición de suma no compensable ni remunerativa de la asignación establecida en el articulo precedente no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre esta suma se devengarán los aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y el aporte del trabajador establecido por el arts. 100 y 101 (texto ordenado de fecha 24-6-94 del Convenio Colectivo N 130/75) sobre su monto nominal, como así también el aporte empresario con destino al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP) homologada por la Resolución N° 600/2008 (M.T.).”
Este otro artículo, establecía que sobre la suma no remunerativa de $300 mencionada anteriormente, se debían practicar las retenciones fijadas en los artículo 100 y 101 del CCT 130/75. El primero se refiere al aporte solidario del 2.5% (2% al SEC y 0.5% a FAECYS) obligatorio para todos los empleados, y le segundo se refiere al aporte con destino al sindicato para aquellos empleados afiliados al mismo.
Con respecto al aporte al INCAP, el aporte debería disminuir de $10,63 a $10,26 para este mes de mayo de 2010, ya que al no estar mas los $75, se disminuye la base para calcular el aporte, por lo cual la cuota baja en 37 centavos ($75 x 0.5% = 0,37).
ARTICULO DÉCIMO CUARTO: El adicional que por antigüedad establecen las escalas vigentes en virtud de lo dispuesto por el art. 5 del acuerdo del 8 de Abril de 2008 se incrementará en un valor equivalente al 100% del mismo, y con el siguiente escalonamiento: un 50% a partir del 1° de mayo de 2010 y otro 50% no acumulativo a partir del 1° de diciembre de 2010. El nuevo adicional, con base de cálculo en los salarios básicos correspondientes a cada categoría, absorberá hasta su concurrencia los conceptos adicionales por antigüedad o equivalente, voluntarios y/o convencionales, que se estuviesen abonando a la fecha.
Este artículo, lo que estable es la modificación del adicional por antigüedad establecido en el Artículo 5 del acuerdo salarial 2008, que era del 0.5% sobre el básico de cada categoría. La mencionada modificación establece un incremento de 100% del adicional por antigüedad en forma escalonada, un 50% a partir del 1° de mayo de 2010 y otro 50% no acumulativo a partir del 1° de diciembre de 2010. Por lo cual, la antigüedad para el mes de mayo será de 0.75% por cada año por sobre el básico de la categoría en la que revista el empleado.
En resumen, en la liquidación del mes de mayo, solo cambia con respecto a la del mes de abril el incremento en en la antigüedad, de 0.5% a 0,75, y que ya concluyó el pago de los $75.
Obviamente, lo expuesto tiene vigencia siempre y cuando el nuevo acuerdo salarial que se está negociando no lo modifique, estableciendo alguna suma no remunerativa con efecto retroactivo, o alguna otro tipo de modificación.
Anónimo dice
hay dos soluciones, una es crear por cada rama del comercio su propio sindicato y la otra es fusilar a garcallieri. Si hay salve si el viernes va a haber una marcha por favor avise por este medio y preparen los huevos para el escrache.
Cavallieri seguí sentando en el pinocho como siempre, ya estás acostumbrado a comer galletitas, cuantas más te estarás por comer para arreglar los pactos maliciosos que tenés que cumplir , viejo homosexual
soy empleado de hiperlibertad de cordoba y en el recibo no nos estan pagando el 0,75 de antiguedad que rige a partir de mayo para cobrarlo en junio,y nos estan dando el 0,50
PARA APRENDER !!!!!!!!!!!!!!!!
A NOSOTROS NOS PUEDEN DESPEDIR A TODOS Y NO SALE NI NUESTRA ABUELA CHE !!!
Trabajadores del ministerio de Educación porteño denunciaron hoy despidos y recortes en los contratos, y realizaron un corte de tránsito frente a la sede de la cartera.
El dirigente de la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE), Esteban Sueyro, dijo a DyN que afiliados del gremio permanecían en asamblea cuando "llegaron compañeros diciendo que los habían echado o reducido los contratos, entre 30 y 70 por ciento".
"Son unos 80 trabajadores de distintas áreas del ministerio, de sectores de programas socieducativos", sostuvo el dirigente en el marco del corte que realizan en Esmeralda, entre Mitre y Rivadavia, y manifestó que "haremos una asamblea para resolver qué hacemos. No descartamos medidas de fuerza".
no habia aumentos directamente
Se obtenían porque el gobierno decía x % para todo el mundo, no dejando posibilidad a la discusión entre patronal y sindicato. Entonces, cuando las industrias y cámaras empresariales no podían afrontar esos aumentos (p.ej., del 15 %) el gobierno decía, buebo, pongan 9 uds y nosotros 6. Después de eso, unos y otros se echaban la culpa de que la plata no nos alcanzaba a nosotros.
JOTA
FIRNMO COMERCIO POR FIN
FIRMARON EL ACUERDO EN COMERCIO
Ya se firmo el aumento se incorporan los $75que cobramos de menos.El aumento es en tres cuotas 15%,7% y 5% acumulativo y se calcula sobre los adicionales que tenemos en el recibo.Saludos
VA A ARRANCAR EL MUNDIAL Y DESPUES TODO QUEDA EN EL OLVIDO HASTA QYE FINALIZE O SI LA SELECCION QUEDA ELIMINADA.LAS PREGUNTAS A PARTIR DE LA PROXIMA SEMANA VAS A SER SI SE PÙEDEN VER LOS PARTIDOS EN LOS TRABAJOS.LAMENTABLE PERO BUEEE……
YA ME PUDRIO TODO ESTO.HOY COBRE MENOS QUE EN DICIEMBRE DEL AÑO PASADO.VERGUENZA
HOLA IGNACIO,TE COMENTO QUE EN EL CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO LO QUE NOS INFORMARON ES QUE POR LEY NINGUN EMPLEADO PUEDE COBRAR MENOS DE LO QUE COBRO EL MES ANTERIOR TRABAJANDO EN LAS MISMAS CONDICIONES(LLAMESE JORNADA LABORAL; PUESTO DE TRAB.; ETC)POR ESO NOS DICEN QUE LOS $75 HAY QUE PAGARLOS IGUAL QUE EN LA LIQUIDACIÒN DE ABRIL.
EN ESTE CASO A QUIEN PREVALECE LA LEY O UN ACUERDO COLECTIVO?
MUCHAS GRACIAS!!!
yo me pregunto como se obtenian aumentos antes de que apareciera todo este circo de las paritarias ??? Desde cuando nos volvimos tan dependientes de esto ???
Somos muy muertos… ni los diarios hablan de comercio pero 20 patoteros de cualquier otro gremio arman un lio barbaro!
Yo me pregunto, como se obtenia un aumento antes de que apareciera todo este circo de las paritarias?? .. Capaz sea otra estrategia para centralizar y controlar a las personas a nivel global …
Ahora se puede imprimir la boleta del INACAP. El importe es el mismo del mes anterior, $10,63. No se dan por enterados de la baja de los $75.=
Ana María