Recibo de Sueldos de empleados de comercio: Liquidación septiembre 2010
- 15% en mayo de 2010
- 7% en septiembre de 2010
- 5% en Diciembre de 2010
En un artículo anterior vimos como liquidar el primer tramo de este aumento, como también así la incorporación de las sumas no remunerativas a partir de julio de 2010. Y para la determinación del aumento del 7% de septiembre, podemos ver el ejemplo publicado por FAECYS, con el recibo y la explicación correspondiente para el caso de un Maestranza A, o también podemos utilizar la herramienta online que ha elaborado la gente del Chacho, con la ventaja de poder calcular cualquier período, categoría, y antigüedad.
Pero, para quienes me han pedido que publique un ejemplo de liquidación con su correspondiente recibo, aquí va la la explicación:
Datos para el ejemplo
- Liquidación Septiembre 2010
- CCT 130/75
- Categoría Administravio A
- Sin antiguedad
- Obra Social OSECAC
- No afiliado al sindicato
Los valores del recibo expuesto arriba se se determinaron de la siguiente forma:
1. SALARIO BÁSICO $ 1.543,75
Que surge de la escala publicada por FAECYS, y se determina tomando el básico según la escala 2008 y sumándole las 3 cuotas acrecentadas (julio, agosto, septiembre). Veamos:
El básico un “Administrativo A” según la escala 2008 era de $1.319.56
La suma de “acuerdos anteriores” $763,91
763,91 / 12 = 63,66
Cuota acredentada: 63,66 x 1,17391 = 74,73
74,73 x 3 = 224,19 + 1319,56 = 1.543,75
2. PRESENTISMO según Art. 40 130/75= $ 128,65
Es la doceava parte del básico: 1543,50 / 12 = 128,62
3. ACUERDOS ANTERIORES NO REMUNERATIVOS$ 572,93
Es la suma de las acuerdos abril 2008, abril 2009 y enero 2010, menos las 3 cuotas que se ya incorporaron al básico.
Originalmente eran de 763,91, al que le debemos restarles las 3 cuotas de julio, agosto y septiembre que pasaron al básico:
763,91 – (63,66 x 3) = 572,93
4. ACUERDO JUNIO 2010 NO REMUNERATIVO: $572,53
Se compone de 3 items $75 + 15% de mayo + 7% de septiembre, y también lo podemos buscar en la escala publicada por FAECYS
a) Con los $75 no hay problema, ya que son fijos.
b) El 15% ya lo habíamos determinado en el recibo de junio de 2010, y era de $323,77.
c) Queda determinar el 7% de septiembre, para lo cual debemos tomar la misma base sobre la cual calculamos el aumento del 15% en el mes de junio, y se componía de la siguiente manera:
1319,56 + 293,91 + 100 + 300 + 100 + 75 = $2158,47 (Base junio)
Para septiembre, como es acumulativo, debemos sumarle el 15%:
2158,47 + 323,77 = 2482,24 (Base Septiembre)
2482,24 x 7% = 173,75
Entonces, sumamos los 3 items a, b y c: 75 + 323,77 + 173,75 = $572,53
Existe otra forma de determinar el valor del acuerdo junio para el mes de septiembre, y es determinarlo es aplicar el 23,05% sobre la base junio:
2158,47 x 23,05 = 497,53 + $75 = $572,53
5.- PRESENTISMO según Art. 40 130/75= $ 95,45
Es la doceaba parte de los acuerdos(572,93 + 572,53) / 12 = $95,45
DESCUENTOS:
Los descuentos son los mismos que en los meses anteriores, para las sumas remunerativas un 11% Jubilación, 3% Ley 19.032, 3% Obra Social, 2% SEC y 0.5% FAECYS. Para las sumas no remunerativas un 3% Obra Social, 2% SEC y 0.5% FAECYS. En el caso de que el empleado esté afiliado al sindicato, se deberá retener el importe correspondiente, que en la mayoría de las jurisdicciones es del 2%.
Sobre la calculadora online:
Me han consultado sobre algunas diferencias sobre los resultados de la calculadora online, por lo que he podido ver, se produce una pequeña diferencia por redondeo, ya que la calculadora determina el “presentismo” como un 8,33% de la remuneración, y no el 8,333333 (periódico) ó 1/12 como lo he realizado en este ejemplo. Solo genera una diferencia en centavos.
Sobre el ejemplo de FAECYS
Está determinado de la misma forma que este ejemplo, y que la calculadora online, solo tiene un error, supongo de tipeo, en el valor del básico, que figura por $1512,32, cuando en realidad es $1516,32
Día del empleado de comercio
Para hacer mas ágil la explicación, no tuve en cuenta en la liquidación del día del empleado de comercio (26 de septiembre), que se debe liquidar como un feriado.
Espero el ejemplo haya sido útil, fácil de comprender, sin errores y haya servido para comprender la la forma de liquidación.
Damián dice
Buenas tardes, Ignacio
Trabajo en una empresa del gran buenos aires, tengo 12 años de antiguedad, soy vendedor jornada completa categoría B. quisiera saber cuál es el básico apróximado para el mes de septiembre 2010. Si bien he percibido incrementos, desde noviembre de 2009 el básico asignado que figura en mi recibo es el mismo $ 1455.91
Desde ya, muchas gracias.
Damián
Hola Ignacio, yo pense que el 22% correspondiente a Septiembre se aplicaba de la siguiente manera:
– ad. NR ac. anteriores ($572,93 segun ejemplo)
– $75
– Básico septiembre 2010
Porque se utiliza la base de Junio? En el acuerdo no dice que cada etapa del aumento debe calcularse sobre la base del mes Junio.
Gracias! Gabriela.
Ignacio muchas gracias por tus explicaciones, son muy útiles para quienes liquidamos sueldos.
aclarame liquidacion auxiliar especializado empresas funebres antiguedad 6 años horario nocturno 22 a 06 no cobro el adicional por Hs nocturnas
Crisitan, en lo que respecta a lo que se gana por acuerdo, no hay diferencia, el impacto es nulo. Ahora, en el caso de tener antiguedad, se genera un pequeño aumento, ya que al incorporarse al básico, se tienen en cuenta para el cálculo de la antiguedad.
HOla Deborah, muchas gracias, saludos!
Si, las horas extras aumentan.
Hola Juan Pablo Haddad, si, en esos casos los valores difieren, por eso expliqué el método para determinarlos. Yo los expongo por separado, pero queda a consideración de cada uno.
Hola Paola, sobre todo.
Hola Rodrigo, podés determinarlo con la calculadora online.
Hola Alejandro, si, son acumulativos.
Hola Andrea, si, es acumulativo, yo no he dicho lo contrario
Gente,
A alguien le quedá claro si esto que se pase lo no rem al básico nos impacta de alguna manera en lo que cobramos NETO? esto no me queda claro ya sea si nos favorece economica mente o no…si alguien puede ayudarme estare agradecido…
Muchas gracias.
IGNACIO, BUENOS DIAS. EL ACUERDO DE COMERCIO ES ACUMULATIVO.
Mayo 15%,
Septiembre 23.05% (22% +1.05% ( el 7% del 15 anterior)) y
Diciembre 29.20% (23.05 * 1.05) + 5%
ASI ESTA EL EJEMPLO EN LA PAGINA DEL SEC
ANDREA
Hola Ignacio, perdón por la pregunta, pero no era que la escala de aumentos iban a ser "acumultivas". De ser así el cálculo no puede ser del 15 + 7 = 22%.
Muchas gracias.
Alejandro
buen dia ignacio si tengo un años de antigudad cuanto tengo q cobrar soy administrativo A.
rodrigo
Buen día Igancio, mi nombre es Paola.
Mi consulta es si para el cálculo del feriado se hace sobre el salario básico o también sobre los acuerdos.
Muchas Gracias por tu ayuda. Saludos
Ignacio: buenos dias el dia del gremio (no importa al cual se pertenezca) en un empleado mensual se liquida aparte del sueldo basico lo trabaje o no?
Gracias
Estimado Ignacio, muy buenas tus explicaciones, en mi caso liquido empleados de comercio que tenian antiguedad anterior al aumento que se dio en junio de este año, por lo tanto cuando calculaba el amuento de abril de 2008 tomaba (20 %) sobre el basico mas antiguedad por lo tanto me difiere del basico de la tabla al ir incorporando la doceava parte, esta bien asi o vos recomiendas ponerlo por separado? si lo pones por separado (diferencia) es un concepto remunerativo o no remunerativo? Desde ya agradecido.
IGNACIO UNA CONSULTA: LAS HORAS EXTRAS AUMENTAN SU VALOR CON EL NUEVO AUMENTO DEL 7% ? GRACIAS!
Muchas Gracias Ignacio POr tu ejemplo y el tiempo que te tomas para explicarlo. Siempre nos es de muchisima utilidad.
SAludos.
Deborah.