Liquidación de haberes para el mes de junio de 2011 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.
El acuerdo se alcanzó luego de una extensa negociación entre el gremio de comercio y las Cámaras empresarias y en el mismo se pactó incrementar en un 30 % las escalas entre tres tramos no acumulativos según el siguiente cronograma:
– Un 15 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2011.
– Un 8 % del total acordado, a partir del mes de septiembre de 2011.
– Un 7 % del total acordado, a partir del mes de diciembre de 2011.
Se tomará como base de cálculo las sumas establecidas en las escalas salariales correspondientes para cada categoría para el mes de noviembre de 2011.
El incremento acordado se abonará como suma no remunerativa y se liquidará en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación “acuerdo colectivo junio 2011”. Mantendrán tal carácter hasta abril de 2012, mes en el que tendrán carácter salarial remunerativo.
A manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de junio junto con el retroactivo del mes de mayo.
Solución Propuesta
Recibo: Modelo liquidación Empleados de Comercio según acuerdo junio 2011 |
Básico: $2.216,33
Surge de la escala salarial publicada por FAECyS. Ver escala
Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $184,69 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).
2.216,33 / 12 = 184,69
Adicional no rem acuerdos anteriores: $705,33
Surge de la escala publicada por FAECyS según lo establecido en el Acuerdo Junio 2010.
Acuerdo Colectivo Junio 2011: $456,65
Es el 15% sobre el básico de la categoría “Administrativo A” para el mes de noviembre de 2011 (Base de cálculo)
Base de cálculo Administrativo A para Noviembre 2011: $3.044,32 según la escala:
3.044,32 x 15% = 456,65
Acuerdo Colectivo Junio 2011 – Retroactivo mayo: $456,65
Es el aumento correspondiente al mes de mayo, y se determina de la misma manera que en el punto anterior.
Asistencia y puntualidad: $134,89
Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.
(705,33 + 456,65 + 456,65 ) / 12 = 134,89
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- 3% de Obra Social
- $50 como aporte especial a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) (1)
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado de junio en la liquidación, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.
Espero me haya explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
gaston dice
hola, en caso de un empleado que realiza atencion al publico y tambien le cobra al cliente,y reparte como se deberia encuadrar, y que deberia cobrar, algun ajuste x mayor funcion o algo x el estilo. le agradesco si me contesta muchisimas gracias
Hola! quería saber que significa "vacaciones sin acuerdo" (cód 5018).
muchas gracias!
El rubro "a cuenta futuros aumentos" integra la base para la liquidación del 7% de aumento de diciembre según convenio empleados de comercio?.
Mi caso es que ingrese hace 3 meses con un salario superior a convenio por lo que el adicional para totalizar el sueldo convenido lo liquidaron en ese rubro.
Paulina
Queria hacer una pregunta, yo trabajo de lunes a viernes y sábado mediodia, si mi empleador quiere cerrar el sábado, me puede reducir el sueldo?? se puede hacer eso?? leo en el convenio que no se puede reducir por ningun motivo, pero nose si este es un motivo valido, porque este alega que sino se trabaja no se cobra y en realidad no es una decision mia no trabajar los sabados, sino que el me lo impone.
Muchas gracias. Lorena
De cuanto es el sueldo basico de un empleado de call center ? operario de cobranzas ? y que categoria seria ?
hola ignacio puede ser que en el aginaldo no entre el viatico y la comida porque si no es asi me estan currando como 1500 pesos desde ya muchas gracias, soy daniel
hola ignacio !! queria saber cuanto seria el aguinaldo de dicembre 2011 soy administartiva A . GRACIAS
Hola Alejandro, la antiguedad es el 1% sobre el básico por año.
Hola Mabel, no entiendo la pregunta
Hola Ignacio:
Podrás publicar un recibo de sueldo con la categoría Administrativo B. Estoy con la posibilidad de ingresar a una empresa, y pienso que mis tareas encuadrarían en esa categoría: atención telefónica, facturación, llamados para cobranzas, seguimiento de cobranzas, posible pago al personal operativo.
Podrás calcularlo tanto por 48 hs. semanales, cuanto por 36 hs. semanales por favor.
Actualmente soy monotributista, sin empleo. Lo mantengo porque utilizo la obra social de UOCRA.
Qué me convendría hacer: proponer al empleador facturarle como monotributista o que me ubique en relación de dependencia.
Desde ya, agradecida.
Te pido por favor si tenés la amabilidad de responderme a mi correo. De lo contrario, no sé cómo ubicaré tu respuesta.
Mi correo es [email protected]
Hola Ignacio, necesito saber el simulador de adminsitrativo A período noviembre 2011 basico 3044.32 + artículo nº 40 + antiguedad de 11 años + no remunerativos y todo el choclo correspondiente al período a liquidar, desde ya muchas gracias. mabel br
hola soy alejandra. kiero saber cual es la formula para calcular la antiguedad. si m pueden ayudar gracias!
hola mi nombre es mariela y mi pregunta es para saber cuanto debo cobrar por mi trabajo. soy empleada en un comercio en el que me desempeño como fiambrera, repositora y cajera. trabajo los martes y miercoles 5 hs y medias y de jueves a domingo 10 hs. mi mail es [email protected]. gracias
Hola ignacio que tal, te quiero hacer la siguiente consulta.
Soy empleado y estoy realizando un curso en el cual yo me estoy pagando los estudios y en mi trabajo me ponen trabas para no concurrir, como por ejemplo no me dan el dia que necesito.
Quisiera saber que es lo que se puede hacer o si hay algun articulo en el cual el dia de estudio que tengo me lo puedan dar en mi trabajo.
Un fuerte abrazo
hola, queria saber cual es el sueldo de una persona con un año de antiguedad por cinco horas de trabajo diarias como tecnico especializado de lunes a viernes, gracias
hola ignacio..de donde sale el 1% de la antiguedad???que normativa lo establece??