Liquidación de haberes para el mes de junio de 2011 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.
El acuerdo se alcanzó luego de una extensa negociación entre el gremio de comercio y las Cámaras empresarias y en el mismo se pactó incrementar en un 30 % las escalas entre tres tramos no acumulativos según el siguiente cronograma:
– Un 15 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2011.
– Un 8 % del total acordado, a partir del mes de septiembre de 2011.
– Un 7 % del total acordado, a partir del mes de diciembre de 2011.
Se tomará como base de cálculo las sumas establecidas en las escalas salariales correspondientes para cada categoría para el mes de noviembre de 2011.
El incremento acordado se abonará como suma no remunerativa y se liquidará en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación “acuerdo colectivo junio 2011”. Mantendrán tal carácter hasta abril de 2012, mes en el que tendrán carácter salarial remunerativo.
A manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de junio junto con el retroactivo del mes de mayo.
Solución Propuesta
Recibo: Modelo liquidación Empleados de Comercio según acuerdo junio 2011 |
Básico: $2.216,33
Surge de la escala salarial publicada por FAECyS. Ver escala
Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $184,69 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).
2.216,33 / 12 = 184,69
Adicional no rem acuerdos anteriores: $705,33
Surge de la escala publicada por FAECyS según lo establecido en el Acuerdo Junio 2010.
Acuerdo Colectivo Junio 2011: $456,65
Es el 15% sobre el básico de la categoría “Administrativo A” para el mes de noviembre de 2011 (Base de cálculo)
Base de cálculo Administrativo A para Noviembre 2011: $3.044,32 según la escala:
3.044,32 x 15% = 456,65
Acuerdo Colectivo Junio 2011 – Retroactivo mayo: $456,65
Es el aumento correspondiente al mes de mayo, y se determina de la misma manera que en el punto anterior.
Asistencia y puntualidad: $134,89
Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.
(705,33 + 456,65 + 456,65 ) / 12 = 134,89
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- 3% de Obra Social
- $50 como aporte especial a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) (1)
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado de junio en la liquidación, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.
Espero me haya explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
Anónimo dice
Hola Ignacio una consulta se homologo el acuerdo, las empresas estan o no obligadas a pagar el acuerdo si aun no estuviera homologado?.
Muchas gracias.
Hola ignacio,
existe algun tope para el aumento? en la empresa me dicen que el calculo es en base a un maximo de $3000. Como yo cobro mas que eso, el aumento me queda por muy por debajo del 30%!!
Es verdad esto? De donde lo sacan eso?
Hola Ignacio, una consulta. Yo tengo un basico superior a los $3044. El aumento aplica de todas formas o existe algun tope? De existir, donde está escrito?
Espero tu respuesta ansiosamente!
Muchas gracias.
Hola gente a ver si alguien me puede ayudar. Hoy me pagaron el sueldo del mes de junio + aguinaldo correspondiente, y no me incluyeron ningun aumento! fui a preguntar porque, y me dijeron que es porque todavia no esta catalogado y bla bla… mi pregunta es, ES VALIDA la excusa que me estan dando, y de no ser asi a donde debo dirigirme para quejarme.
Soy empleado administrativo B, desde septiembre del 2010.
Espero que me puedan ayudar ya que soy nuevo en el ambito laboral y mucho no entiendo.
saludos!!
hola ignacio! mi nombre es leonela y te queria hacer una consulta urgente. Hoy me depositaron mi sueldo y de acuerdo a mis calculos no me da nada bien… y segun lo que me dijeron en el trabajo el ultimo acuerdo no se pago y tampoco el retroactivo porque "no es obligatorio que se pague este mes"… como que les dan una prorroga a las empresas para pagarlo… esto es cierto? o es obligatorio que lo paguen este mes? xq no es la primera vez que la persona de liquidacion de mi empresa olvida pagar los acuerdos.
ya que estoy te hago otra consulta, mi sueldo mas alto fue febrero 2011 xq yuve muchas horas extra, pero ese mes me hicieron el descuento de las vacaciones, para calcular el aguinaldo, tengo que sumar las vacaciones descontadas??
no tengo blog y no se como es el tema de la respuesta, asique por las dudas te dejo mi mail: [email protected]
muchas gracias desde ya.
saludos!!
Veo que es muy comentado este articulo realizado por Ignacio.
Hoy recibi mi recibo de haberes correspondiente al sueldo de Junio. Paso los detalles del mismo, soy Vendedor B, con 1 año de antigüedad:
Sueldo Basico…. 2290.97
Antiguedad……. 22.91
Presentismo…… 192.75
Acuerdo 06/2010……………….. 726.51
Acuerdo 06/2011 – Ant. a Cta……. 476.29
Acuerdo 06/2011 – Ant. a Cta Retro. 476.29
Presentismo sumas NR ………….. 139.87
Jubilacion 11% …………………………… 275.73
INSJJP 3 % ………………………………. 75.20
OSECAC 3 % ………………………………. 75.20
OSECAC Sumas NR 3 % ………………………. 54.57
OSECAC Aporte Extraordinario ………………. 50.00
SEC 2 % …………………………………. 86.51
FAECyS 0,50 % ……………………………. 21.63
Redondeo …………………….. 0.25
Totales ………. 2506.63……… 1819.21 …. 638.84
Neto a cobrar : $ 3687
Hola Ignacio, muy bueno como siempre lo tuyo. Podrias por favor publicar un ejemplo con antiguedad y con empleado que hizo opcion por otra Obra Social ya que no me queda claro como proceder en este caso sobre todo con el acuerdo de junio de 2010. Gracias. FABIAN
simple los 100 son para cavagarca disfrasadosssss
Anónimo 155:
Te pregunto, tanto trabajo es leer el acuerdo?
Osea, es muy díficil ante cada salida de un nuevo aumento tomarse el trabajo de leer el acuerdo saliente?. Digo porque tanto vos como otras personas tiene la costumbre de hacer veintemil preguntas. Cuando con una leida normal del acuerdo bastaria. Ademas de no dejar todo a que otra persona te lo interprete.
Los $50 lo estipularon en el acuerdo la gente del gremio Empleados de Comercio. Por lo tanto es obligatorio. Punto
Buenas tardes Ignacio,
Mi nombre es veronica, queria consultarte si esta bien que se me abone en el sueldo de julio el aumento?
Por que mi empleador dice que el acuerdo no esta homologado y no corresponde pagarlo hasta que lo este.
Que deberia hacer en ese caso??
Espero tu respuesta,
Gracias!!
Gracias a Anónimo que respondió a mi consulta, dices que NO es voluntario, pero en mi recibo dice "Aporte voluntario fijo $ 50,00", nadie me preguntó ni me avisó nada, por lo que queria saber al menos a quien le estoy regalando mi dinero, digamos que a $ 50,00 por la cantidad de afiliados que hay, buena platita se levantan!!, si mejoran el servicio bueno, pero de lo contrario, nos meten la mano en el bolsillo. Dulce.
Hola Ignacio, tenes algun dato de cuando se otorga el aumento a los empleados de las agencias de viajes y turismo, ya que hay un convenio entre la asociacion de agencias de viajes y empleados de comercio … aguardo tu respuesta !! Gracias …. Monica
Buen dia Ignacio, sabes cuando homologan el aumento de empleados de comercio, porque hasta que no este hecho, muchas empresas no pagan, ni aumento, ni retroactivo.
gracias.
Hola Ignacio si fueras tan amable, quisiera saber donde puedo fijarme los montos de los fallos de caja, yo soy cajero clase b si no me equivoco, realmente creo que me estan liquidando cualquier cosa y la mayoria de las cosas tengo elementos para sostenerlos pero el fallo de caja no se de donde fundamentarlo, por eso te pido si sabes la ley o donde lo puedo buscar, y si no te molestara te podria enviar mi recibo de sueldo para que lo revises y veas si estoy equivocado o no, desde ya muchas gracias has sido de mucha ayuda saludos!!!
Alejandro.
HOLA IGNACIO, QUERÍA SABER SI ME PODÍAS DECIR DÓNDE VAN LOS $ 50 DE OSECAC, EN EL SICOSS??
CAROLINA