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Caso Práctico: Liquidación de sueldos Empleados de Comercio Abril 2023. Incremento del 6,5% más suma no remunerativa.
En la liquidación de Abril 2023 de Empleados de Comercio tenemos novedades, se cerró el primer acuerdo la paritaria 2023, por lo que tenemos nuevo básico y una suma no remunerativa.
Este nuevo acuerdo estableció un incremento del 19,5% remunerativo, que se abonará en tres tramos remunerativos:
- 6.5% en abril 2023
- 6.5% en mayo 2023
- 6.5% en junio 2023
La base de cálculo es la escala que esta prevista para abril en el acuerdo anterior, que es el básico de marzo 2023 más la suma no remunerativa.
Además, se pactó el pago de una suma no remunerativa de $25.000 que se abonará en dos cuotas, la primera durante abril y la segunda durante mayo 2023.
Ejemplo
Para este ejemplo utilizaremos los siguientes datos:
– Categoría: Administrativo A
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 10 años
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
– Feriados: 2 no trabajados
Cálculos de la liquidación
Básico $ 185.925,79
El básico de convenio se modifica respecto de las liquidaciones anteriores, primero porque se incorpora la suma no remunerativa del acuerdo anterior (59.5%), y sobre ese nuevo básico se aplica el primer tramo de aumento de esta paritaria 2023, que es del 6.5%.
Entonces, primero incorporamos al básico de marzo la suma no remunerativa:
122.137,30 + 52.440,90 = 174.578,20
Ahora, sobre ese nuevo básico, le aplicamos el 6,5%:
174.578,20 + 6.5% = $ 185.925,79
El procedimiento es el mismo para todas las categorías, de todos modos, pueden ver los básicos de convenio de comercio para cada categoría y jornada en este enlace.
Antigüedad: $ 17.043,20
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.
Entonces:
185.925,79 x 10 x 1% = 18.592,58
Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $ 17.043,20
El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.
(185.925,79 + 18.592,58) / 12 = 17.043,20
Feriados
En abril tuvimos dos feriados:
- 2/4 Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
- 7/4 Viernes Santo
Veamos como calcularlo.
Recordemos que los feriados nacionales son días pagos, se trabaje o no. Además, el artículo 169 de la LCT establece que “Para liquidar las remuneraciones se tomará como base de su cálculo lo dispuesto en el artículo 155.”
El artículo 155 LCT se refiere a la forma de retribución de las vacaciones:
“a) Tratándose de trabajos remunerados con sueldo mensual, dividiendo por veinticinco (25) el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento.“
Por lo tanto, los feriados no trabajados se pagan en base 25, entonces:
Primero, determinamos el valor de un día normal, para eso sumamos todos los haberes remunerativo y lo dividimos por 30:
(185.925,79 + 18.592,58 + 17.043,20) / 30 = 7.385,38566
Como son dos feriados, lo multiplicamos por 2 y nos da $14.770,77
Pero, como indicamos arriba, los feriados son pagos, se hayan trabajado o no, pero se bajan en base 25 en vez de base 30:
Veamos como hacer el cálculo:
(185.925,79 + 18.592,58 + 17.043,20) / 25 = 8.862,4628
Donde $8.862,4628 es el valor del día del Feriado no trabajado, como son dos días, lo multiplicamos por 2 y nos da: $17.724,93
La diferencia entre estos dos valores 17.724,93 – 14.770,77 = 2.954,16 es el plus por los dos feriado.
Suma no remunerativa: $12.500
Como vimos al comienzo de la nota, se acordó el otorgamiento de una suma fija no remunerativa, por única vez y de naturaleza excepcional, en dos cuotas de $12.500 cada una, a abonarse durante el transcurso del mes de:
- 1.° Cuota $12.500 Abril de 2023
- 2° Cuota $12.500 mayo de 2023
Atento su carácter No remunerativo, no serán contributivos a ningún efecto ni generarán aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social, con excepción de:
– Aportes y Contribuciones a OSECAC
– Aporte del trabajador establecido en los artículos 100 y 101 del CCT 130/75.
Además, sigue el vigente el aporte de $100 con destino a OSECAC, para los trabajadores afiliados a esa obra social.
Recibo
El recibo de sueldos, quedaría así:
Calculadora
Por último, ya está actualizada la Calculadora hasta marzo 2023. También, pueden probar la versión para Empleados de Comercio de Rama Turismo aquí.
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- Empleados de Comercio: Claves del acuerdo salarial abril 2023
- Acta acuerdo abril 2023
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javier dice
Cual es la Resolución que homologa la suma no remunerativa de $ 25.000,00 a efectos de informarla a afip
Ignacio dice
Empleados de Comercio: se homologó el acuerdo abril 2023
Si soy pasante y cobro como Administrativo A trabajando 20hs semanales, ¿cuanto me corresponde cobrar?
Hola buenos días. Yo quisiera saber si el adicional por kilómetro recorrido que tenemos los empleados de comercio entran en el convenio realizado por Massa de la exención de ganancias. Gracias
A. Mi por semana me pagaban $4000 hasta los feriados
Hola. El cálculo y el básico es el mismo si se trabaja 8 o 6 horas?
Tremendo aumento de contribuciones debido al pase al básico de la suma no remunerativa, los clientes van a insultar en arameo
Hola trabajo hace 7años de lunes a sábados 6 ha diarias ,me podrían decir cómo quedaría mi sueldo muchas gracias.
Hola. Se toma en cuenta el bono para la ART ?
Trabajando 1/2 jornada, el bono debe ser la mitad ?
si
Desde mi ingresó a la empresa, hace 3 años que cobro una diferencia de sueldo remunerativa, con el rubro “a cuenta de futuros aumentos ” siempre se actualizó según los aumentos de empleados de comercio, pero hace 3 meses no me lo actualizan. siempre me pagaron aguinaldo y vacaciones.
Esta bien o se están equivocando. si me puede ayudar se los voy a agradecer
Tengo un contrato de pasantía y todo mi sueldo es “no remunerativo”. Estoy adherida al convenio de la empresa y quisiera saber si me corresponde que me paguen el bono de $12.500? Gracias
El bono viene con el sueldo o lo tienen q pagar aparte es en efectivo o pueden darlo en bono de mercaderia
El bono que es de dos cuotas de $ 12500 tiene descuento? Porque a mí me pagaron $ 11. 618.
Hace siete años que estoy en la empresa.
Si llego a un acuerdo con la empresa para irme, despues puedo reclamar sobre liquidaciones de sueldos anteriores
Si, lleva descuentos de sindicatos, y si sos afiliado a OSECAC, también lleva descuentos de obra social
El bono que es de dos cuotas de $ 12500 tiene descuento? Porque a mí me pagaron $ 11. 618.
Hace siete años que estoy en la empresa.
Hola. Empecé a trabajar en febrero de este año. Me pagaron $5.900 del bono y me dijeron que ya estaba todo. Que se paga proporcional al sueldo y antigüedad. Es así? No me deben pagar dos cuotas de $12.500?? Por favor me pueden confirmar. Muchas gracias.
La antiguedad no tiene nada que ver, es proporcional a la jornada realizada, pero si no ponés más datos no te podemos ayudar.