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El acuerdo establece un 27% en dos tramos, de 17% en Abril, 10% en Septiembre, más 2400 pesos no remunerativos a pagarse también en dos cuotas, 1200 en Julio, y el resto noviembre.
Con fecha 11 de abril de 2014, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas COMERCIALES ARGENTINAS (UDECA) y Confederación Argentina de la Media Empresa (CAME), y la Cámara Argentina de Comercio (CAC) acordaron un incremento salarial para los empleados de comercio bajo el CCT 130/75 en los siguientes términos:
Principales términos del acuerdo salarial de Empleados de Comercio 2014
Incremento salarial del 27% en dos tramos
Las partes pactan incrementar en un 27 % las escalas vigentes de las remuneraciones básicas del CCT 130/75, que se abonará en forma remunerativa y no acumulativa, de acuerdo con lo siguiente:
a) Un 17 % a partir del 1° de abril de 2014.
b) Un 10 % a partir del 1° de septiembre de 2014
Base de cálculo
Se tomará como base de cálculo para la aplicación de dicho incremento, la suma resultante de la escala salarial convencional correspondiente para cada categoría, en el valor expresado para el mes de marzo de 2014, en razón de encontrarse conformado el salario con arreglo al acuerdo celebrado en mayo de 2013.
Por lo tanto, las escalas salariales quedarían de la siguiente manera:
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font-weight: bold;
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Categorías | Básico | Básico | Básico |
---|---|---|---|
Jornada Completa |
Base de cálculo
|
17% sobre marzo | 27% sobre marzo |
Marzo 2014 | Abril 2014 | Septiembre 2014 | |
Maestranza A | $ 6.667,99 | $ 7.801,55 | $ 8.468,35 |
Maestranza B | $ 6.693,24 | $ 7.831,09 | $ 8.500,41 |
Maestranza C | $ 6.781,68 | $ 7.934,57 | $ 8.612,73 |
Administración A | $ 6.762,73 | $ 7.912,39 | $ 8.588,67 |
Administración B | $ 6.800,64 | $ 7.956,75 | $ 8.636,81 |
Administración C | $ 6.838,47 | $ 8.001,01 | $ 8.684,86 |
Administración D | $ 6.952,20 | $ 8.134,07 | $ 8.829,29 |
Administración E | $ 7.046,95 | $ 8.244,93 | $ 8.949,63 |
Administración F | $ 7.185,91 | $ 8.407,51 | $ 9.126,11 |
Cajeros A | $ 6.794,29 | $ 7.949,32 | $ 8.628,75 |
Cajeros B | $ 6.838,47 | $ 8.001,01 | $ 8.684,86 |
Cajeros C | $ 6.895,36 | $ 8.067,57 | $ 8.757,11 |
Personal Auxiliar A | $ 6.794,31 | $ 7.949,34 | $ 8.628,77 |
Personal Auxiliar B | $ 6.857,47 | $ 8.023,24 | $ 8.708,99 |
Personal Auxiliar C | $ 7.065,89 | $ 8.267,09 | $ 8.973,68 |
Auxiliar Especializado A | $ 6.870,10 | $ 8.038,02 | $ 8.725,03 |
Auxiliar Especializado B | $ 6.983,79 | $ 8.171,03 | $ 8.869,41 |
Vendedor A | $ 6.794,29 | $ 7.949,32 | $ 8.628,75 |
Vendedor B | $ 6.983,79 | $ 8.171,03 | $ 8.869,41 |
Vendedor C | $ 7.046,95 | $ 8.244,93 | $ 8.949,63 |
Vendedor D | $ 7.185,91 | $ 8.407,51 | $ 9.126,11 |
Jornada parcial
En el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo régimen de jornada reducida, el básico resultante será proporcional a la jornada laboral
Adicionales convenio
El incremento se aplicará además sobre los adicionales convencionales de Vidrieristas, Choferes y ayudantes de choferes (larga distancia).
Adicional Cajeros grandes superficies
El adicional especial previsto en el art.18 del Acuerdo Colectivo suscripto entre las mismas partes con fecha 22 de junio de 2011, se fija en $ 4.680 anuales, a partir del mes de abril de 2014.
Suma no remunerativa por única vez
Se pacta otorgar por única vez, con carácter extraordinario y excepcional una asignación no remunerativa de $ 2.400.- a pagarse en dos cuotas iguales:
- $ 1.200 en julio de 2014
- $ 1.200 en noviembre de 2014.
Esta asignación de pago único, en ningún caso, se agregará a las escalas salariales, ni modificará las mismas.
Adicionales fuera de convenio
Las partes aceptan recomendar a aquellas empresas que liquidan suplementos y/o adicionales por encima de los establecidos en el CCT 130/75, procuren negociar, durante el presente año, su adecuación, teniendo como referencia los incrementos salariales previstos en el presente Acuerdo.
Cláusula de absorción
Solo podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores a partir del 1° de diciembre de 2013.
Vigencia
El Acuerdo Colectivo tendrá vigencia desde el 1° de abril de 2014 hasta el 31 de marzo de 2015.
Homologación
Para el caso de estar pendiente la homologación de este Acuerdo y se produzcan vencimientos de plazos pactados para el pago de los incrementos en la forma escalonada prevista, los empleadores comprendidos abonarán las sumas devengadas con la mención de “pago anticipo a cuenta del Acuerdo Colectivo abril 2014”, los que quedarán reemplazados y compensados por los rubros correspondientes una vez homologado el Acuerdo.
Las partes solicitan la homologación del presente Acuerdo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de conformidad a la normativa vigente
ACTUALIZACIÓN: Homologación acuerdo aquí
PLANILLA EXCEL SUELDOS COMERCIO:
Anónimo dice
cuando liquidarian o pagarian el primer mes de sueldo salario con este aumento???
Osea que no habra descuento de osecac como los queridos $50 del acuerdo anterior??
Consultado al gremio, me respondieron que este es el último mes de los $ 50
Gracias Armando, los dueños de las empresas te lo agradecemos!!!
Sobre los adicionales fuera de convenio no tendrian que recomendar sino obligar a las empresas a dar el aumento tmb sobre los adicionales, porque las empresas siempre nos terminan cagando…….. este siempre fue un punto flojo de los acuerdos de comercio……
se firmo al final o no?, ya que lei que se había caído el acuerdo.
Hola. No se había caído el acuerdo?
cual fue la mejora q hicieron?
Le veo algo positivo… esta vez no hay aporte "solidario" a OSECAC!!!! Al fin algo bueno!!
si pero nos clavaron con lo de renumerativo, no le veo nada positivo
pero por lo menos si es remunerativo liquida antigüedad, digo aunque sea
buenas tardes ignacio..todo muy claro..el adicional cajero pasa de 320$ a 390$..tampoco hay aporte a osecac este año–no queda claro lo de la suma de 2400$ si es para todos los empleados del convenio 130/75 o proporcional a las horas trabajadas
me podrias sacar esa duda? muchas gracias
carlos de urquiza
IGNACIO, para lo qu etrabajan media jornada, quiero saber si tambien es proporcional el adicional de 1200 pesos, gracias
Hola ignacio en el caso de licencia x maternidad los $1200 los pasan a remunerativo para que nosotras podamos cobrarlo?
Tengo la misma duda! Entro en licencia por maternidad el 12 de mayo por ende el sueldo de junio lo liquida el anses. Ahi como debe ser?
Hola, tengo la misma consulta, yo entro en licencia el 12 de mayo, por ende en julio ya me estaria pagando el anses. Que deberia hacer la contadora o no nos lo abonan?
hola gente! el aumento lo veremos reflejado en mayo, ya que se cobra abril? y en octubre por el sueldo de septiembre?
Gracias!
Para todos los salames que postean rascandose los que les cuelgan; y no tienen ni la más puta idea de lo que es pechar en una paritaria… Hablando de juntarse y armar quilombo, jajaja! No pueden más de ignorantes…
los que postean son los que pagan el sueldo a los gremialistas pezon no te olvides de eso el empleado de comercio es el que te paga el sueldo y tenes que bancartela
Que pasa papa, seguro seras de los que cobran mas de 12 mil y no tenes problemas para llegar a fin de mes, y si sos vos el que tiene los huevos para ir a pechar en una negociacion me parece que te faltan bastante…
Para todos los salames que postean rascandose los que les cuelgan; y no tienen ni la más puta idea de lo que es pechar en una paritaria… Hablando de juntarse y armar quilombo, jajaja! No pueden más de ignorantes…
la verdad que con tu linea de pensamiento pareces un empresario del sector, mira soy un empleado deuna filial de l gremio en zona sur y se de muy buena fuente que el preacuerdo solo fue para mantenerse aislado como gremio del paro del jueves 10 de abril, ademas al ser directamente remunerativo estamos hablando de un aumento real del 21.2 % de bolsillo no hables sin saber informate para tener argumentos con que opinar.
La suma no remunerativa por unica vez es tambien proporcial para aquellos que laboren a tiempo parcial?
si desde ya siempre fue asi si trrabaja jornada reducida se le pagara la mitad