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Cuál es la Jornada de trabajo para Empleados de Comercio. Los Horarios y los descansos según el convenio. ¿Hay una jornada mínima?
La jornada de trabajo de los Empleados de Comercio se rige por la ley 11.544 de jornada de trabajo y la LCT 20744, el CCT 130/75 no hace mayores diferencias.
¿Qué es la la Jornada Laboral?
Según las mencionadas normas, la jornada laboral es todo el tiempo durante el cual el trabajador esta a disposición del empleador, en tanto no pueda disponer de su actividad en beneficio propio.
Duración de la jornada de trabajo
La duración de la jornada de trabajo no podrá exceder de 8 horas diarias o 48 horas semanales
Sin embargo, cuando la distribución del horario laboral durante la semana fuere desigual, el límite de 8 horas diarias se puede extender una hora, extendiendo así el límite a 9 horas días, siempre que no se superan las 48 horas semanales.
Jornada nocturna
La jornada nocturna es aquella que se desarrolla entre las 21 horas y las 6 horas del día siguiente.
En estos casos, la jornada el límite será de 7 horas diaria y 42 horas semanales.
Excepción. Esta limitación no se aplica cunado se apliquen horarios rotativos del régimen trabajo por equipos.
Jornada Mixta
La jornada mixta es aquella durante la cual se alternan horas de trabajo diurno (de 6 a 21 h) y nocturnas (de 21 a 6 h).
En este caso, se reducirá en 8 minutos por cada hora nocturna trabajada o se pagarán 8 minutos de recargo.
Horas extras
Las horas extras o suplementarias, son las que superan el límite de la jornada legal completa, y se debe tener en cuenta que existen dos límites de jornada, uno diario y otro semanal, independientes y autónomos entre sí.
Entonces, son horas extras cuando se supera el límite de 48 horas semanales o cuando se supera el kímite diario, de 8 horas cuando la jornada tiene distribución igual, y en el caso de distribución desigual de horas, el límite diario de jornada es de 9 horas diarias.
En el caso de superarse alguno de estos límite, 48 horas semales, 8 horas o 9 horas diarias, según el caso, se pagan como horas extras.
Si esa hora es antes de las 13 horas del sábado, se trata horas al 50%, y en caso realizar las horas extras desde las 13 horas en adelante, son hroas con el 100% de recargo.
Jornada Parcial
El contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel en virtud del cual el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad.
En este último caso la remuneración no podrá ser inferior a la proporcional, que le corresponda a un trabajador a tiempo completo, establecida por ley o convenio colectivo, de la misma categoría o puesto de trabajo.
Si la jornada pactada supera esa proporción, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente a un trabajador de jornada completa.
Por ejemplo, si un trabajador tiene una jornada de 48 horas semanales, estamos frente a un caso de jornada completa. Ahora, si trabaja 20, 24 o 30 horas semanales, estamos frente a un caso de jornada parcial.
En cambio, si trabaja 34 horas semanales, si bien es una jornada es menor a la jornada a tiempo completo, se debe pagar como jornada completas, ya que supera las 2/3 partes de la jornada de completa.
Además, hay que tener en cuenta, que los trabajadores contratados a tiempo parcial no podrán realizar horas extras, salvo las excepciones que prevé la ley.
¿Existe una jornada mínima para los Empleados de Comercio?
No, no existe una jornada mínima para contratar a un Empleado de Comercio, sólo se establece la jornada máxima, que como vimos es de 48 horas diarias y de 8 o 9 diarias.
Jornada Insalubre
Para el caso de jornada insalubre, el límite es de de 6 horas y 36 semanales, existiendo también jornadas reducidas para los menores.
¿Qué es el trabajo insalubre?
Es el que se desarrolla en lugares donde las condiciones, la modalidad o la naturaleza del trabajo afectan la salud.
¿Quién decide si un trabajo es insalubre?
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Lo hace dictando una resolución de declaración de insalubridad.
¿Puedo hacer horas extras si el trabajo es insalubre?
No. Está absolutamente prohibido por ley
Pautas establecidas en el Convenio de Empleados de Comercio
Para establecer la jornada laboral, el convenio de empleados de comercio aplica las reglas establecidas por la leyes antes mencionadas, y sólo establece algunas pautas, respecto a horarios y descansos:
Horarios
En los establecimientos en que existieran distintos horarios de trabajo, se procurará que el personal más antiguo pueda escoger el horario de su preferencia, toda vez que se produzcan cambios en las dotaciones, que posibiliten ese desplazamiento.
Igual tratamiento se otorgará al personal que cursa estudios universitarios, secundarios o técnicos en establecimientos oficiales o privados autorizados, siempre que acrediten debidamente tal
circunstancia.
Excepciones
Los serenos que desempeñen sus funciones sin marcación de reloj de control de sereno y que no realicen otra tarea tendrán una jornada de trabajo que no excederá de 12 horas corridas, debiendo proporcionárseles un lugar adecuado para descansar.
En el caso del sereno que realiza su función con marcación de reloj de control de sereno o que realiza otras tareas, con o sin marcación de reloj la jornada diaria de labor no podrá exceder de 8 horas si fueran corridas.
Descansos en la jornada para Empleados de Comercio
Todo el personal gozará en forma rotativa por la tarde de 15 minutos diarios para la toma de refrigerios.
Durante dicho lapso el empleado podrá hacer abandono del establecimiento u optar por tomarlo en la empresa, cuando ésta dispusiera de cafetería, comedor o lugar equivalente instalado.
Este intervalo se considerará comprendido dentro de la jornada normal de trabajo.
En ningún caso la presente disposición modificará y/o alterará los usos y costumbres existentes en la materia que sean más beneficiosos al trabajador, ni se acumularán.
Descansos entre jornadas para Empleados de Comercio
Volviendo con la normativa general, y cuanto a los descansos entre jornadas laborales, los trabajadores deberán tener un descanso mínimo de 12 horas entre jornada y jornada de trabajo.
Descanso o Franco semanal
Por último, los Empleados de Comercio deberán tener un descanso semanal de 35 horas, desde las 13 horas del sábado hasta las 24 horas del domingo. En caso de no cumplir con este descanso, deberán tener un franco compensatorio en la semana.
Ley de Jornada de Trabajo 11.544
Anónimo dice
Hola Ignacio, en la agencia donde trabajo, nos hacen trabajar de lunes a viernes de 9 a 18 tenesmos un descanso de 1hora y media y los sabados se trabaja de 9 a 13. Mi sueldo es de 11200 el cual solo la mitad me pagan en blanco como empleado de comercio. Nos quieren hacer trabajar de ahora en mas una hora mas sin modificacion de sueldo. Los unicos feriados que no trabajamos son el de el dia del trabajador, 2 de abril, 1 y 25 de mayo, 9 julio, 17 de agosto y 12 de octure, el resto de los feriados los tenemos que trabajar y no nos abonan extras por feriados trabajados. En epocas altas la jornada suele ser de 9 a 23hs y las horas extras no las abonan.
El sueldo esta bien? Si nos hacen trabajar una hora mas eso les corresponden sin modificacion del sueldo?
hola alguien tiene idea de cuanto esta cobrando un empleado de comercio en los shoppings ? tengo una entrevista laboral para trabajar en una marca en paseo alcorta y quisiera saber cuanto es lo que pagan por las 8 horas diarias, 1 franco semanal. muchas gracias
Cuantos francos me corresponden al mes si trabajo 32 horas semanales?
Buenas tardes, me contrataron por 4 horas, y a veces trabajo 12hs, que parte de esas 8 horas restantes son extras al 100%además trabajo de lunes a lunes a veces sin franco.porfavor agradezco tu pronta respuesta.
Trabajo 36hs semanales trabajo 6 días más 2 francos soy categoría administrativo a cuanto debo estar ganando con el actual aumento del gremio comercio? Agradecería su respuesta
Hola Ignacio, Loreley es mi nombre, trabajo de par- time en un mayorista 24hs semanales, ¿cómo se genera mi franco cumplida las 24 horas semanales ?, esta semana trabaje de lunes a sábado 4 horas y el domingo también tengo que ir, la semana para la empresa va de domingo a sábado. ¿cuándo corresponde el franco?
Hola soy vendedora b y me consulta es cuánto debería cobrar solo los sábado por la tarde si los trabajo
Hola ignacio .. trabajo de lunes a viernes de 9 a 13 y de 14 a 19. Y los sabados de 9 a 12. Estoy en la categoria A como administrativo… pero se me encargan tareas de cobranzas en otros lugares y control de actividades… y solo se me quieren reconocer como viaticos. Como puedo blanquear un resarcimiento por algo para lo que no fui contratado?
Buenos días, mi consulta es la siguiente: yo trabajo de 8 a 18 hs. Y en teoría me dan una hora de almuerzo, la cual NO me puedo retirar del establecimiento por qué la empresa no cierra esa hora y generalmente no tengo a nadie que me reemplace, obviamente esa hora no se me paga pero tampoco la puedo percibir como mi descanso, esto está dentro de la ley o no? Muchas gracias, saludos cordiales.
hola quisiera saber de cuanto seria un sueldo por 24 hs semanales.
Hola quisiera saber de cuanto es el sueldo por 24 hs semanales. Me van a poner en blanco en enero 2017. gracias!!
Hola Ignacio quisiera preguntarte cuanto seria mi sueldo por una jornada de 24 hs semanales. me van a poner en blanco a partir del 2017.
Hola,mi nombre es Mónica,tengo q arreglar con el encargado de un local,para empezar a trabajar,pero nose cual es el sueldo que me corresponde. Seria para cajera, el horario seria de Lunes a Miercoles de 8 a 17 hs y de Jueves a Sabados de 8 a 20hs. Cuanto deberia cobrar? Es una verduleria. Gracias
trabajo 9 hs semanal y los sabado de 7:30 a 13 esta mal o q
hola yo trabajo 9hs semanal me corresponde trabajar los sabados porque los sabado trabajo de 7:30 a 13