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Cuál es la Jornada de trabajo para Empleados de Comercio. Los Horarios y los descansos según el convenio. ¿Hay una jornada mínima?
La jornada de trabajo de los Empleados de Comercio se rige por la ley 11.544 de jornada de trabajo y la LCT 20744, el CCT 130/75 no hace mayores diferencias.
¿Qué es la la Jornada Laboral?
Según las mencionadas normas, la jornada laboral es todo el tiempo durante el cual el trabajador esta a disposición del empleador, en tanto no pueda disponer de su actividad en beneficio propio.
Duración de la jornada de trabajo
La duración de la jornada de trabajo no podrá exceder de 8 horas diarias o 48 horas semanales
Sin embargo, cuando la distribución del horario laboral durante la semana fuere desigual, el límite de 8 horas diarias se puede extender una hora, extendiendo así el límite a 9 horas días, siempre que no se superan las 48 horas semanales.
Jornada nocturna
La jornada nocturna es aquella que se desarrolla entre las 21 horas y las 6 horas del día siguiente.
En estos casos, la jornada el límite será de 7 horas diaria y 42 horas semanales.
Excepción. Esta limitación no se aplica cunado se apliquen horarios rotativos del régimen trabajo por equipos.
Jornada Mixta
La jornada mixta es aquella durante la cual se alternan horas de trabajo diurno (de 6 a 21 h) y nocturnas (de 21 a 6 h).
En este caso, se reducirá en 8 minutos por cada hora nocturna trabajada o se pagarán 8 minutos de recargo.
Horas extras
Las horas extras o suplementarias, son las que superan el límite de la jornada legal completa, y se debe tener en cuenta que existen dos límites de jornada, uno diario y otro semanal, independientes y autónomos entre sí.
Entonces, son horas extras cuando se supera el límite de 48 horas semanales o cuando se supera el kímite diario, de 8 horas cuando la jornada tiene distribución igual, y en el caso de distribución desigual de horas, el límite diario de jornada es de 9 horas diarias.
En el caso de superarse alguno de estos límite, 48 horas semales, 8 horas o 9 horas diarias, según el caso, se pagan como horas extras.
Si esa hora es antes de las 13 horas del sábado, se trata horas al 50%, y en caso realizar las horas extras desde las 13 horas en adelante, son hroas con el 100% de recargo.
Jornada Parcial
El contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel en virtud del cual el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad.
En este último caso la remuneración no podrá ser inferior a la proporcional, que le corresponda a un trabajador a tiempo completo, establecida por ley o convenio colectivo, de la misma categoría o puesto de trabajo.
Si la jornada pactada supera esa proporción, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente a un trabajador de jornada completa.
Por ejemplo, si un trabajador tiene una jornada de 48 horas semanales, estamos frente a un caso de jornada completa. Ahora, si trabaja 20, 24 o 30 horas semanales, estamos frente a un caso de jornada parcial.
En cambio, si trabaja 34 horas semanales, si bien es una jornada es menor a la jornada a tiempo completo, se debe pagar como jornada completas, ya que supera las 2/3 partes de la jornada de completa.
Además, hay que tener en cuenta, que los trabajadores contratados a tiempo parcial no podrán realizar horas extras, salvo las excepciones que prevé la ley.
¿Existe una jornada mínima para los Empleados de Comercio?
No, no existe una jornada mínima para contratar a un Empleado de Comercio, sólo se establece la jornada máxima, que como vimos es de 48 horas diarias y de 8 o 9 diarias.
Jornada Insalubre
Para el caso de jornada insalubre, el límite es de de 6 horas y 36 semanales, existiendo también jornadas reducidas para los menores.
¿Qué es el trabajo insalubre?
Es el que se desarrolla en lugares donde las condiciones, la modalidad o la naturaleza del trabajo afectan la salud.
¿Quién decide si un trabajo es insalubre?
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Lo hace dictando una resolución de declaración de insalubridad.
¿Puedo hacer horas extras si el trabajo es insalubre?
No. Está absolutamente prohibido por ley
Pautas establecidas en el Convenio de Empleados de Comercio
Para establecer la jornada laboral, el convenio de empleados de comercio aplica las reglas establecidas por la leyes antes mencionadas, y sólo establece algunas pautas, respecto a horarios y descansos:
Horarios
En los establecimientos en que existieran distintos horarios de trabajo, se procurará que el personal más antiguo pueda escoger el horario de su preferencia, toda vez que se produzcan cambios en las dotaciones, que posibiliten ese desplazamiento.
Igual tratamiento se otorgará al personal que cursa estudios universitarios, secundarios o técnicos en establecimientos oficiales o privados autorizados, siempre que acrediten debidamente tal
circunstancia.
Excepciones
Los serenos que desempeñen sus funciones sin marcación de reloj de control de sereno y que no realicen otra tarea tendrán una jornada de trabajo que no excederá de 12 horas corridas, debiendo proporcionárseles un lugar adecuado para descansar.
En el caso del sereno que realiza su función con marcación de reloj de control de sereno o que realiza otras tareas, con o sin marcación de reloj la jornada diaria de labor no podrá exceder de 8 horas si fueran corridas.
Descansos en la jornada para Empleados de Comercio
Todo el personal gozará en forma rotativa por la tarde de 15 minutos diarios para la toma de refrigerios.
Durante dicho lapso el empleado podrá hacer abandono del establecimiento u optar por tomarlo en la empresa, cuando ésta dispusiera de cafetería, comedor o lugar equivalente instalado.
Este intervalo se considerará comprendido dentro de la jornada normal de trabajo.
En ningún caso la presente disposición modificará y/o alterará los usos y costumbres existentes en la materia que sean más beneficiosos al trabajador, ni se acumularán.
Descansos entre jornadas para Empleados de Comercio
Volviendo con la normativa general, y cuanto a los descansos entre jornadas laborales, los trabajadores deberán tener un descanso mínimo de 12 horas entre jornada y jornada de trabajo.
Descanso o Franco semanal
Por último, los Empleados de Comercio deberán tener un descanso semanal de 35 horas, desde las 13 horas del sábado hasta las 24 horas del domingo. En caso de no cumplir con este descanso, deberán tener un franco compensatorio en la semana.
Ley de Jornada de Trabajo 11.544
luana dice
Consulta Un repositor de 14 a 22 hs, de lunes a Sabado.
Como seria? de 21 a 22, esa hora? y los sabados seria hora extra?
Gracias
Leandro dice
Hola. Consulta, en el caso de los empleados de comercio, cómo es la tolerancia de las tardanzas, con cuántas se considera una inasistencia (un día de trabajo) y con cuántas inasistencias se pierde el presentismo?. Eso está en la ley de contrato de trabajo o lo maneja cada empleador a su conveniencia?. Gracias
Jonathan dice
Hola muy buenas tardes, querría consultarles si es obligación pagar turno rotativo, es 6X1 / 6X3 / 6X2 , turno mañana, noche y tarde. La empresa dice que no está en el decreto pagar rotativo ni horas nocturnas, ¿Es verdad ?
VERONICA FERNANDEZ dice
Hola Ignacio, consulta el recibo de Sueldo deben figurar los dias trabajados y la antiguedad en numeros o los porcentajes de los descuentos o no es obligatorio?,
Pablo Gabriel Romanello dice
Buenas tardes.. trabajo en shopping con franco semanales rotativos. Medio dia por sabado a la tarde trabajado y dia compemto por domingo. cuando el franco me toca un domingo a la semana siguiente no me lo dan. Y si me toca un sábado tampoco me dan el mediodía. Me podrás decir si es correcto. Gracias
Adriana dice
Hola Ignacio!!!! Yo trabajo de lunes a sábados 4 1/2 hs diarias ( 27 hs semanales ) y 8 o 12 hs semanales por la tarde, en este caso corresponde hs extras…gracias
Ernesto dice
Buenas tardes,
En el caso de ser 8 a 18 de Lunes a viernes como se debe tener en cuena las 9 hs por dia? 9 hs mas la del almuezo 10 hs, o en este caso serian 9 hs con almuerzo y se debe pagar 1 hora extra? Gracias . Muchas gracias.
Cristian dice
Buenas tienen idea si es legal trabajar 8 horas diarias pero cortadas o sea de 12hs a 16hs y de 19hs a 23hs es comercial en gastronomía?
Buenas noches esty buscando trabajo ,donde podre dejar CV ,el que sabe me avisa por favor es urgente tengo un nene chiquito .⁷
Hola Ignacio cómo estás? Si un trabajador hace jornada de 6 horas o 5 horas igual tiene 20 min + 10 de refigerio?
Gracias de antemano por tus excelentes explicaciones.
Buenas tienen idea si es legal trabajar 8 horas diarias pero cortadas o sea de 12hs a 16hs y de 19hs a 23hs es comercial en gastronomía?
Buenas tardes,trabajo 30 horas semanales de cajera en una zapatería en el centro en Caba,tengo 17 años en el mismo lugar,de cuánto tendría que ser mi sueldo ?.desde ya agradezco tu respuesta
Entiendo que tu jornada es de tiempo parcial de 2/3. Fíjate en tu categoría que debería ser cajera A. Además debes tener un 17% por antigüedad.
Hola yo trabajo de medio jornal y no tengo ni 15 minutos para la merienda. Otra cosa mi horario es de 16 a 20 hs y los sábados trabajo en ese mismo horario y no me pagan al 100 % en realidad ninguna de mis compañeras les importa pero ami me parece injusto…
trabajas 4 horas diarias y necesitas descanso???? estamos todos locos???!!!
Hola buenas noches Ignacio. Trabajo media jornada (24 hs semanales), de lunes a sabados por la mañana, en el caso de tener que trabajar 4hs mas el sabado por la tarde, ¿me corresponde cobrar horas extra? Por lo que lei en tu artículo deduzco que no, pero queria tener la certeza.Desde ya muchas gracias.
Hola buenas tardes yo trabajo 9.5 hs de lunes a viernes y 5.5 hs los sábados 53 hs semanales serían 5 hs extras semanales o se toma como hs de descanso q Nunk es descanso pero bueno ponele q no van como hs extras o el descanso tiene q ser adentro de las 48 hs semanales x ley no entiendo eso xq ai no m pagan nada y si fuera así lo voy a reclamar xq son 20 hs extras al mes.
Como le deben pagar al empleado de comercio el 1nde mayo si trabajaron. Donde esta escrita la resolución.
doble
Hola como estas ? Siempre miro las actualizaciones….
Trabajo de noche, necesito saber donde buscar más información al respecto. Me están estafando literalmente, necesito info.. gracias