La Secretaría de Trabajo homologó el acuerdo salarial 2021 de Empleados de Comercio. Resolución 1023/21
Mediante la Resolución 1023/21 de la Secretaría de Trabajo se homologó el acuerdo de revisión salarial de agosto 2021 de Empleados de Comercio Rama General CCT130/75.
El acuerdo dispuso el pago de una suma no remunerativa por única vez de $4.000 y un incremento no remunerativo del 9% a partir de noviembre 2021, que se incorpora al básico en enero 2022.
Para más detalles del acuerdo salarial ver el artículo punto por punto los detalles del acuerdo salarial agosto 2021.
Resolución 1023/21 ST
DJNR
La resolución que homologó el acuerdo, es la que se debe informar en la Declaración Jurada de Conceptos No Remunerativos de AFIP para los $4.000 y el 9% no remunerativo.
Mat dice
Se sabe cuando o si lo va a homologar la rama de turismo?… ya van 3 meses sin noticias…
MAGALI dice
Ignacio me podrías indicar desde donde se dan de alta en la DDJJ los dos conceptos no remunerativos por favor?
Gracias
Ignacio dice
desde la aplicación DJNR RG 3279
Mariana dice
Hola Ignacio, consulta. No estoy viendo que el faltante de caja se modifique, sigue en $ 1,635.18 ? Por favor si me podrías responder. Gracias.
Melanie dice
Esta actualizada la calculadora de comercio?
Me calcula dos veces sec Art 100 y 101…
gracias!
matias dice
ignacio y la revision de la rama call center? hay alguna novedad? saludos
Rocio celeste dice
Tenés novedades si esto ya se aprobó para la parte de calle Center?
Dardo dice
El 9% cuando se cobra?
Bárbara dice
si es con el sueldo de noviembre, lo cobrás en diciembre
Matias dice
Hola Ignacio te hago una consulta, los 4 mil llevan retencion judicial?