Empleados de Comercio Escala salarial Septiembre 2019 y Octubre 2019 incremento de básicos de convenio 130/75.
En septiembre se aplica el primer tramo de aumento remunerativo sobre los básicos de convenio, según lo establecido en el acuerdo mayo 2019.
Hasta el momento, sólo se pagaron 4 cuotas, de un total de 5, de la suma no remunerativa acordada en la última paritaria. La quina y última cuota se pagará recién en marzo del año próximo.
En cambio, en septiembre se comienza con los aumentos que van directo a al básico de convenio, por lo tanto totalmente remunerativo.
Respecto a este incremento remunerativo, el acuerdo establece un incremento escalonado en 4 etapas:
- 14,28 % desde Septiembre 2019
- 18,78 % desde Noviembre 2019
- 23,28 % desde Enero 2020
- 31,30 % desde Marzo 2020
Siempre tomando como base de cálculo el básico de marzo 2019 para cada categoría.
IMPORTANTE: Si bien el incremento desde septiembre es del 14,28 sobre el básico, al no haber suma no remunerativa, el incremento bruto es del 5.28% y el neto ronda el 3.36% aproximadamente.
Ver ejemplo de liquidación de septiembre
CATEGORÍAS | BÁSICO SEPTIEMBRE – OCTUBRE 2019 |
Maestranza A | $ 31.212,42 |
Maestranza B | $ 31.330,51 |
Maestranza C | $ 31.744,38 |
Administración A | $ 31.655,76 |
Administración B | $ 31.833,24 |
Administración C | $ 32.010,61 |
Administración D | $ 32.542,80 |
Administración E | $ 32.986,18 |
Administración F | $ 33.636,62 |
Cajeros A | $ 31.803,54 |
Cajeros B | $ 32.010,60 |
Cajeros C | $ 32.276,68 |
Personal Auxiliar A | $ 31.803,54 |
Personal Auxiliar B | $ 32.099,19 |
Personal Auxiliar C | $ 33.074,89 |
Auxiliar Especializado A | $ 32.158,48 |
Auxiliar Especializado B | $ 32.690,57 |
Vendedor A | $ 31.803,54 |
Vendedor B | $ 32.690,69 |
Vendedor C | $ 32.986,18 |
Vendedor D | $ 33.636,62 |
Ver también escalas completas aquí
joel dice
Complican las escalas para no darles un mango, dejemos de discutir por pavadas.. que 4 que 4.5 que 2 tres etc etc.. Amigos con una inflacion anual de 54% la frazada es corta y todos tenemos frio… lo peor que ahora gana fernandez y va a ser igual o peor, con la diferencia que para no pagarnos va a ser mas complicado el calculo.
Gustavo Gutierrez dice
Soy tecnico en una empresa pero estoy como empleado de comercio. No logro comprender el tema. Se suponia que el aumento era del 4,5 bimestral. O sea que cobrariamos en octubre ( correspondiente a septiembre ) 4.5 mas que el bimestre anterior tomando como referencia marzo.
Por eso no entiendo lo del 14 % pero 3 % neto. ??????????
Loli dice
Hola Ignacio, buenas tardes. Primero gracias por tu tiempo. Queria consultarte en relacion a los $2000.- que liquidaron en sept correspondiente al decreto. Si yo trabajo 42 hs semanales, corresponde cobrarlo completo? Me dicen que por ser empleado de comercio me corresponde un proporcional porque mi jornada no es de 48 hs semanales… Yo entiendo que mi jornada es de tiempo completo pq supera las 40hs semanales (trabajo entre 41 y 44 hs semanales dependiendo el mes) Muchas gracias! Slds
Romina dice
Hola! Tengo una duda y quizás me pueden orientar. Cuando me pagaron el sueldo de Agosto me han acreditado el mismo sueldo que en Julio salvo los 2000 del gobierno.
Esta bien hecha la liquidación???
Lamento molestar pero realmente no logro comprender.
Gracias
Susana dice
Ignacio, en el mes de setiembre, deberíamos aplicar grossing up para que el sueldo de bolsillo no se vea reducido por las retenciones al empleado ? En caso afirmativo, ¿ cuál es el porcentaje para acrecentar ?. Muchas gracias
Ignacio dice
Hola Susana, sin grossing up, escala de septiembre directo
entonces cobrarían lo mismo de bolsillo que en agosto? o hay un aumento en septiembre de bolsillo???
gracias Ignacio siempre te leo y me ayudas un monton!!!
Hola, alguien puede ser amable y responderme al final como fueron las cuotas
Mayo 4.5 %
Junio 4.5 %
Julio 9 %
Agosto 9%
Si estoy equivocado por favor corrijanme ya que en mi trabajo lo pagaron en 4 cuotas de 4.5% y por lo que entendí de Ignacio faltarían 4.5% de julio y 4.5% de agosto (aunque realmente están siempre mal liquidados los sueldos acá y las categorías pero eso algún día se resolverá en el juzgado)
Gracias y feliz día para los profes y para Ignacio que siempre esta ayudando aunque muchos lo bordean pobre.
Mayo 4.5 %
Junio 4.5 %
Julio 9 %
Agosto 9%
Perfecto hasta ahí super entendido, ahora cómo sigue el resto de los meses hasta llegar a Marzo?
Buenas tardes Ignacio, yo tengo las mismas dudas que Mónica y no me resulta clara tu respuesta, por el contrario me ha generado mas dudas. Nos la podrás ampliar por favor, así entendemos como liquidar septiembre.
Cuál es la duda?
14.28 de donde sale?
básico septiembre / básico Agosto
Hola Ignacio, No entiendo el 14,28% de Septiembre, Como se compone?
EN EL PORCENTAJE DE MARZO 2020 ES 27,78 % NO LOS 31,30%
POR LAS DUDAS QUE SEA UN ERROR DE TIPEO
SALUDOS CORDIALES
Hola, se cobra algo mas con el proximo sueldo de septiembre o seria el mismo monto que agosto? Gracias.
Hola Ignacio, hay novedades de cuando se va a activar la cláusula gatillo? Muchas gracias.
Por ahora, nada
Martín disculpame pero justamente lo estás poniendo en tu cita: 4.5% en mayo y en junio, 4.5% en julio y en agosto y 3% en marzo. Está claro, y así me lo está pagando mi empleador. Son 5 cuotas, tu empleador lo está interpretando mal
Hola no estaria entendiendo bien como hacer las liquidaciones en setiembre…ese 9% no remunerativo pasa a formar parte del basico…cuanto tengo que pasar en porcentual para no perder poder adquisitivo?
Y el nuevo aumento remunerativo del 4.5% se toma desde el nuevo basico o de marzo?
Hola Mónica, no, no pasa al básico
entonces como se liquida el mes de setiembre? no estoy entendiendo
Hola ignacio disculpame que te lo diga tan directo pero le estas pifiendo mal a todos los articulos de empleados de comercio desde que salio la última paritaria. Trabajo en empleados de comercio y nada de lo que publicaste se aplico del mismo modo, si entras al sec a la pagina oficial te comentan como son los aumentos y nada que ver a lo que vos pones por ejemplo no vamos por la 4 suma fijate bien.
Martín, la web de SEC dice exactamente lo mismo que Ignacio…te invito a que expliques como es tu procedimiento para poder hacer los cálculos correctos…
Cito textualmente la pagina oficial
”
La paritaria, en vigencia hasta el 31 de marzo del año 2020, tendrá un 12 por ciento de “sumas no remunerativas” (a cobrar el 4,5% en mayo-junio, 4,5% en julio-agosto y 3% en marzo del año entrante) que se incorporarán al básico en el mes de septiembre del corriente 2019, y un 18 por ciento de aumento salarial, sobre las escalas vigentes, a ejecutarse de la siguiente manera: 4,5% en septiembre-octubre, 4,5% en noviembre-diciembre, 4,5% en enero-febrero y 4,5% en marzo de 2020.” Como podes observar no don 5 sumas no remunerativas son 3 y no vamos por la cuarta sino por la segunda de 4.5. Podes ver la diferencia no? Te lo digo porque yo pregunte a mi empleador en función a lo que veía en la página de ignacio y me dijeron que la paritaria no era asi es como figura en la pagina oficial osea distinto se los digo a modo de crítica constructiva para que no informen mal saludos.
disculpame Martín, ahi mismo lo estás escribiendo 4.5% en mayo y en junio, 4.5% en julio y en agosto y 3% en marzo..Esta claro, son 5 cuotas y mi empleador nos está pagando de esa forma. Está bien informado, tu empleador lo está interpretando mal.
Haber hace 12% dividido segun vos en 5 tramos no te da 4.5 sabes sumar no ? Capas ahí esta el problema. Porque aumentos recibi 2 de 4.5 nunca recibi 4 aumentos. Y no creo que donde trabajo se hayan equivocado porque trabajo en una empresa que trabaja con la afip. Te lo repito si tomo lo que dice la pagina oficial del sec me estan dando lo que corresponde si me guio por la que dice ignacio no me da.
Hola Martin,
Ignacio dice textualmente:
“Hasta el momento, sólo se pagaron 4 cuotas, de un total de 5, de la suma no remunerativa acordada en la última paritaria. La quina y última cuota se pagará recién en marzo del año próximo”
Sería:
-mayo/2019:Cuota 1 No Remunerativo
-junio/2019:Cuota 2 No Remunerativo
-julio/2019:Cuota 3 No Remunerativo
-agosto/2019:Cuota 4 No Remunerativo
-y la Cuota 5 No Remunerativo debería ser abonada en marzo/2020
El aumento del 12% se divide en tres partes:
1- 4.5% en mayo y en junio
2- 4.5% en julio y en agosto
3- 3% en marzo
(esas 3 partes, abonadas en las 5 cuotas)
Trato de simplificarlo. La primera parte del aumento 4,5% se paga en abril y el mismo monto también se paga en junio. Luego viene el otro 4,5% que se paga tambien en julio y agosto. Y por ultimo el 3% en marzo 2020.
Estimado Martín: depende cómo lo mires, son 3 sumas o 5 sumas.
– primera suma: se cobra en cada uno de los meses de mayo y junio (es decir, que también se podría decir que son 2 sumas)
– segunda suma: se cobra en cada uno de los meses de julio y agosto (es decir, que también se podría decir que son 2 sumas)
– tercera suma: se cobra solamente en el sueldo de marzo 2020
Le pongas el nombre que le pongas, se cobró suma no remunerativa en mayo, junio, julio y agosto. Y resta la de marzo 2020. Es decir, 4 meses ( 4 cuotas) y falta 1 mes (1 cuota).
Si no lo aplicaste así (o no te lo aplicaron así en tu recibo), estaría de forma incorrecta.
Exacto. Se cerraron 5 sumas no remunerativas para los meses de MAYO-JUNIO-JULIO y AGOSTO. En el anexo C que subió Ignacio oportunamente estan las 5 cuotas. Seguramente algunos empleadores las sumaron e hicieron 2 cuotas. Por ejemplo a mi me pagaron las dos primeras juntas y luego las dos restantes.
El problema es que esas cuotas estaban calculadas en función del básico, por lo que si tu sueldo está por arriba de eso, el porcentaje que representaron las sumas no remunerativas sobre tu sueldo de bolsillo es menor al 4,5 bimestral.
Me asusta como van a aplicar los empleadores el pase al básico de estas sumas no remunerativas en septiembre, porque si el básico aumenta un 14,5 % lo mismo debería aumentar el salario de bolsillo (sobre sueldo de marzo. Pero tengo que miedo que apliquen un 4,5 sobre el sueldo cobrado en agosto. Veremos.
Es correcto lo que dices Martin, mi empleador lo está liquidando así, cuando leí a Ignacio que informaba 9 % lo traje a debatir en mi empresa y nos aclaró chequeando la página del sindicato.
La paritaria, en vigencia hasta el 31 de marzo del año 2020, tendrá un 12 por ciento de “sumas no remunerativas” (a cobrar el 4,5% en mayo-junio, 4,5% en julio-agosto y 3% en marzo del año entrante) que se incorporarán al básico en el mes de septiembre del corriente 2019, y un 18 por ciento de aumento salarial, sobre las escalas vigentes, a ejecutarse de la siguiente manera: 4,5% en septiembre-octubre, 4,5% en noviembre-diciembre, 4,5% en enero-febrero y 4,5% en marzo de 2020.
no se en que sindicato lo estan viendo pero yo trabajo para el sindicato y la forma que lo liquida es la correcta. Sindicato de Mendoza
Leé bien el acuerdo y luego comentá, bastante ayuda nos da la información que publica Ignacio.
Martín en el acta está bien explicado y dice 5 cuotas…fijate.. no te guies por lo que han escrito ellos sino por lo que dice el acta acuerdo salarial. Metete en el acta firmada por ellos. Ahí te dice exactamente lo que ha dicho Ignacio.
Lamentablemente en la realidad no es asi. Y por favor comenta desde la misma cuenta que me doy cuenta. Ya averigüe con otra persona que trabaja para empleados de comercio y no es como figura aca es fácil de entender lo que digo no es muy complicado el porcentaje final es el mismo pero como lo estan dando no.
lo que digas.. yo sólo comento lo que dice el acta y lo que dicen todos los diarios. Y es como me han pagado…allá vos.Saludos
yo solamente te digo lo que estoy cobrando y como lo vengo cobrando no es como lo dice la pagina de aca. Saludos. Como técnico fiscal siempre que rechazo un alta fiscal me pasa lo mismo que no me entienden el motivo del rechazo, me pregunto si en la carrera de contador esta la materia terquidez porque son todos bien tercos. Si te digo que no cobro asi y en otra empresa que conozco tampoco se estan liquidando los sueldos de la forma que figura aca tanto te cuesta entenderlo ahora si saludo final
Disculpame que me meta pero es como dice la página,son 5 cuotas,por el simple hecho de que se firmó como bono (no acumulativo ,no remunerativo),por lo que se busca que todos los meses se lo cobre, si no fuese en 5 cuotas entonces lo cobrarías un mes y al próximo no…como por ejemplo también si en el primer bimestre que cobtraste el bono fueron 1000,en el segundo bimestre el bono ese sería 2000,ya que si fuese 1000 y al no ser acumulativo entonces no habría “aumento”
Martin, si no trabajas en el departamento de liquidación de sueldos te recomiendo que hables y aclarares tus dudas con personas que SI.
Como muchos de los que escribimos acá y sabemos que lo que publicó Ignacio, es correcto.
Buenas tardes soy de 120 horas no trabajo domingo..solo 1 día de 6h y 3 días de 8h..cuanto sería mi sueldo..gracias