Art. 1 – En virtud de lo dispuesto en el articulo sétimo del acuerdo anterior de fecha 8 de abril de 2008, las partes convienen en otorgarle vigencia, en forma exclusiva a los artículos tercero y cuarto, del dicho acuerdo hasta el día 31 de diciembre de 2009, por ello lo dispuesto en su artículo cuarto se aplicará recién a partir del 1 de enero de 2010, fecha en que se incorporará íntegramente la asignación no remunerativa referida en este artículo a la remuneración mensual de cada trabajador, en su valor nominal y con carácter salarial y sin computar para ese único fin, la equivalencia del presentismo no remunerativo.
Por lo cual, las sumas otorgadas en abril de 2008, el 20% mas la suma fija de $100 dejan de ser No remunerativas y pasan a formar parte del básico, debiéndose practicar todas las retenciones correspondientes. Hasta el momento solo se deducía el aporte del 3% la obra social (para quienes estaban afiliados a OSECAC) y del 2.5 por el aporte sindical “solidario” (2% SEC y 0.5% FAECYS). Pero desde ahora, se deberá retener además, el 11% de jubilación y el 3% por la ley 19.032.
Esto trae como consecuencia, primero que el neto a cobrar por los empleados se vea disminuido. Aproximadamente entre 50 y 60 pesos según la categoría y la carga horaria.
Segundo, quienes tomen sus vacaciones en este mes de enero recibirán un mayor pago por dicha licencia que los que se tomaron vacaciones en octubre, noviembre o diciembre, ya que al incrementarse la parte remunerativa de los haberes, se incrementa la base a tomar para realizar el cálculo de la licencia.
Ahora, quienes se tomen vacaciones en el mes de febrero, recibirán una mayor paga por la licencia que gozaron de la licencia en enero, ya que en el mes de febrero se suma básico la suma de $300 otorgada por el acuerdo abril de 2009, así lo estipula el mismo acuerdo en el artículo 8:
Art. 8 – El incremento acordado en el artículo cuarto del presente acuerdo mantendrá su carácter no remunerativo hasta el 31 de enero de 2010, fecha a partir de la cual se incorporará a la remuneración que por todo concepto perciba cada trabajador con carácter salarial sobre su monto nominal, y sin computar para ese único fin el presentismo no remunerativo mencionado en el último párrafo del artículo cuarto…
Ejemplo: Liquidación para un empleado de comercio Categoría Administrativo A, con una año de antigüedad.
A) Liquidación con la escala vigente hasta el 31/12/2009:
B) Liquidación con la escala vigente desde el 1º de enero de 2010:
IMPORTANTE:
Todo lo comentado en el artículo tiene vigencia hasta la fecha, pero es posible que en los próximos días se llegue a un nuevo acuerdo entre el gremio mercantil y las cámaras empresarias, por lo cual es muy posible que los caso antes planteados pierdan su vigencia. Yo lo he realizado a la fecha con la información disponible, es decir el último acuerdo firmado y homologado, el acuerdo abril 2009.
Anónimo dice
Hola ignacio, como estás?
Mi consulta es cuánto debería ser el básico de cadate de un local de calzados. trabajando de lunes a sábados 6 hs diarias.
y otra cosita que significa calificacion maestranza. en la tarea me figura en el recibo como cadete, pero en la calificación "maestranza".
desde ya muchas gracias. Pablo
Hola, como se toman los días de vacaciones corridos, se incluyen sabados y domingos? y si cae un feriado se lo toma tambien como dia de vacaciones?. Ej, si sale de vacaciones el 23-12 cuando se reintegraria si tiene 14 días?
Gracias,
Hola, mañana empiezo a trabajar y me gustaria saber cual es el sueldo minimo que corresponde para un empleado de comercio: trabajando de 8 a 17. Muchas gracias. Maria.
HOla ignacio! me encanta lo que haces ,,,
te hago una pregunta.. mi jefe (contador) nos exige despues de 3 años qe no trabajemps en zapatillas y con cierta ropa… no nos tendria que dar un plus por eso? es decir.. yo ahora me tengo que comprar zapatos para uqe el este feliz… pero no se si me los pueda comprar para usar todos los dias.. gracias!
vanina
HOla! te hago una consulta… hace 4 años y medio que trabajo para un estudio, hago liquidaciones, descargos, rg, inscripciones en ieric/seguro de vida, altas/bajas empleados…en fin mil tareas.. con 45 hs semanales… cuanto deberia un aprox estar cobrando? mil gracias!!!!
yanina
cuanto deberian pagarme x trabajar el 8 de diciembre.me pagan mensualmente 2080,00 pesos.me dijeron que debian dividirlo x30 dias
y eso era lo que correspondia.es asI? DESDE YA MUCHAS GRACIAS.
Hola, quisiera saber si hay alguna novedad o va a haber con respecto a la ley que regula el trabajo de los fines de semana? , ya que a partir de la media sancion de senadores de hace ya algunos meses no se supo nada mas.. La unica novedad al respecto es que a los trabajadores de fines de semana y feriados les agregaron unos cuantos mas al año, a demas de los feriados ¨puente¨ y todo sin percibir ni un centavo mas de salario. Muchas gracias. Saludos
Hola Ignacio queria preguntarte en cuanto estataria el minimo de una empleada administrativa C sin antiguedad.
Trabajando de 9 a 18 de Lunes a Viernes.
Claudia
hola ignacio;me llego el telegrame de pre aviso q tengo trabajo hasta el 31 de diciembre,yo empece a trabajar en abril estando en negro hasta agosto q fue la fecha q me blanquearon.que monto tendria que cobrar aproximadamente?y lo q estuve en negro se liquida tambien?.desde ya muchisimas gracias..CARMEN
hola ignacio. me llamo joana. Yo hace 4 años que trabajo en una tienda, 2 años en negro y 2 años en blanco, pero solo 4 hs en blanco. Trabajo 9 horas diarias de lunes a sabado y solo me pagan $1400. Yo quiero saber cual tendria que ser mi sueldo basico realmente..???
Hola Soy Agustín.
Hace 2 meses estoy trabajando como vendedor de planes de O km
Me pagan $ 1.650 + comisiones
Tengo pocas ventas y me están presionando
No tengo experiencia previa y me dieron solo una charla de capacitacion
Me habian dicho q me blanqueaban con SMATA pero al final me pusieron SEC
Consulta: es cierto que pueden despedirme si no llego al minimo de ventas por mes?
hola, soy vendedora en un comercio, en el recibo figura empleada mostrador 1/2 jornada, termino trabajando 6 horas incluyendo los sabados,cuantas horas tendria que trabajar realmente?
hola ! quisiera saber como calculo las horas mensuales…yo trabajo 46.5 horas a la semana..soy jornada completa?? en mi recibo aparecen las iniciales JR(creo q significa jornada reducida) donde dice sueldo y presentismo y figura 1187.6 de sueldo pero el basico dice 1319.56…administrativo a..
yo pienso q me estan pagan por 6 horas y no por 8 desde ya muchas gracias.
hola ignacio te queria hacer una consulta ;trabajo en un estudio juridico 33 horas semanales queria saber cuanto me corresponderia cobrar ..estoy en negro hace 4 años…y mi sueldo actual es de $1300, segun sus calculos deberia estar cobrando $1400.-muchas gracias valeria
Hola Ignacio quisiera hacerte la siguiente consulta ya que trabajo en un estudio de cobranzas en el sector de operaciones de lunes a viernes de 9 a 18.30 hs. Tengo entendido que la jornada legal es de 48 hs semanales. Pero mi pregunta es estoy en la categoria Administrativa b está bien que trabaje 9 hs y media??? Ademas en mi recibo de sueldo figura que me estan pagando los acuerdos no remunerativos de 8 horas y yo sin contar la hora de almuerzo trabajo 8 y media por día.
Agradeceré tu respuesta.