Art. 1 – En virtud de lo dispuesto en el articulo sétimo del acuerdo anterior de fecha 8 de abril de 2008, las partes convienen en otorgarle vigencia, en forma exclusiva a los artículos tercero y cuarto, del dicho acuerdo hasta el día 31 de diciembre de 2009, por ello lo dispuesto en su artículo cuarto se aplicará recién a partir del 1 de enero de 2010, fecha en que se incorporará íntegramente la asignación no remunerativa referida en este artículo a la remuneración mensual de cada trabajador, en su valor nominal y con carácter salarial y sin computar para ese único fin, la equivalencia del presentismo no remunerativo.
Por lo cual, las sumas otorgadas en abril de 2008, el 20% mas la suma fija de $100 dejan de ser No remunerativas y pasan a formar parte del básico, debiéndose practicar todas las retenciones correspondientes. Hasta el momento solo se deducía el aporte del 3% la obra social (para quienes estaban afiliados a OSECAC) y del 2.5 por el aporte sindical “solidario” (2% SEC y 0.5% FAECYS). Pero desde ahora, se deberá retener además, el 11% de jubilación y el 3% por la ley 19.032.
Esto trae como consecuencia, primero que el neto a cobrar por los empleados se vea disminuido. Aproximadamente entre 50 y 60 pesos según la categoría y la carga horaria.
Segundo, quienes tomen sus vacaciones en este mes de enero recibirán un mayor pago por dicha licencia que los que se tomaron vacaciones en octubre, noviembre o diciembre, ya que al incrementarse la parte remunerativa de los haberes, se incrementa la base a tomar para realizar el cálculo de la licencia.
Ahora, quienes se tomen vacaciones en el mes de febrero, recibirán una mayor paga por la licencia que gozaron de la licencia en enero, ya que en el mes de febrero se suma básico la suma de $300 otorgada por el acuerdo abril de 2009, así lo estipula el mismo acuerdo en el artículo 8:
Art. 8 – El incremento acordado en el artículo cuarto del presente acuerdo mantendrá su carácter no remunerativo hasta el 31 de enero de 2010, fecha a partir de la cual se incorporará a la remuneración que por todo concepto perciba cada trabajador con carácter salarial sobre su monto nominal, y sin computar para ese único fin el presentismo no remunerativo mencionado en el último párrafo del artículo cuarto…
Ejemplo: Liquidación para un empleado de comercio Categoría Administrativo A, con una año de antigüedad.
A) Liquidación con la escala vigente hasta el 31/12/2009:
B) Liquidación con la escala vigente desde el 1º de enero de 2010:
IMPORTANTE:
Todo lo comentado en el artículo tiene vigencia hasta la fecha, pero es posible que en los próximos días se llegue a un nuevo acuerdo entre el gremio mercantil y las cámaras empresarias, por lo cual es muy posible que los caso antes planteados pierdan su vigencia. Yo lo he realizado a la fecha con la información disponible, es decir el último acuerdo firmado y homologado, el acuerdo abril 2009.
Anónimo dice
Hola, Ignacio. Soy Jose, una consulta: en un empleado a tiempo parcial, se le podría liquidar en el sueldo, un adicional por única vez que representa el 50% del mismo, y si fuese correcto, bajo que concepto podría ser. Muchas gracias por tu ayusda. Saludos. Jose
Ignacio dice
Hola Mercedes, no hay ninguna nueva escala, solo que la antiguedad pasa de 0.5% a 0.75%.
mercedes dice
Hola soy Mercedes.
Necesito saber la nueva escala para la antiguedad.-
gracias.-
Hola Ignacio.
Con que categoria se relaciona la remuneracion de un encargado de deposito??, no veo que figure en el listado.
Hola Lorena, sin antiguedad, como Vendedor B, estaría en los 2068 pesos, por jornada completa.
HOLA MI NOMBRE ES LORENA ,TE QUERIA PREGUNTAR SI ME PODES ACESORAR DE CÚANTO DEBERIA COBRAR EN MANO , COMO VENDEDORA EN BARILOHE ,TRABAJANDO JORNADA COOMPLETA , QUE TIPO DE CATEGORIA SERIA Y QUE SIGNIFICA SER DE CIERTA CATEGORIA ,DISCULPA LAS MOLESTIAS ,NO CONOSCO A NADIE A QUIEN PREGUNTAR,GRACIAS.
Hola Daniela, que categoría es Auxiliar de 3º categoria especializado? sobre que básico está calculado?
Los adicionales no los entiendo, me parece que están mal lo nombres.
Buenas Noches Don Ignacio!!! muchas gracias por atender a mi consulta desde ya.
bueno es el siguiente caso: El sueldo de un empleado de comercio Auxiliar de 3º categoria especializado. media jornada.que cobra en bolsillo $1.304
HABERES
sueldo:$674,47
Presentismo $56.20
Total haberes $730
Deducciones:
jubilacion 11%: $80.33
Jubilacion 3%: $21.91
Sindicato 2% : $14.61
Obra social 3%: $76.35
Faecys 0.5%: $3.65
Total Dedudcciones $1960
ADICIONALES:
Sal. Familia $ 0.00 (sin Hijos)
Acuerdo 2010 : $237.50
Acuerdo abr/09: $300.00
Anticipo fut Aumento: $231.84
Total Adicionales $769.34
TOTAL PESOS 1.304,00 esto esta bien??
Inicio de actividad carnicero 01/04/2010 Unico empleado del minimercado.-
Atte Muchas gracias
Hola, soy Miryam.
Trabajo en un call center, con un horario de 6 horas 5 dias a la semana + guardias los sabados opcionales. en el recibo de sueldo figura un basico de $862.50 con una categoria de vendedor b a partir de enero 2010, antes la categoria era telemarketer. Estaria correcto? no coincide con la tabla de los valores por categoria que estan publicados. Gracias.
Hola Ignacio ,mi nonmbre es Lorena gracias y felicidades por la ayuda,mirá mi consulta es que voy a trabajar en un comercio de indumentaria en bariloche quisiera saber cúanto debería cobrar en bolsillo y cual deberia ser mi basico desde ya agradezco tu respuesta .
existe una ley donde el trabajador que trabaja en el "sub suelo" tenga algun bono remunerativo especial? esta bien que la hora extra se cobre $0.75
hola soy debora. en los tres años que he trabajado nunca me han dado un franco. quisiera saber si trabajo diez horas diarias de lunes a viernes y ocho los sabados si me corresponde franco o no. y aca en parana corre el comentario que el basico se va a 3000. sabes algo
Hola Marcos, el acuerdo no está firmando, lo único que cambia para mayo es la antiguedad que ahora es de 0.75% por año, y ya no se cobran los 75 pesos. Lo demás, queda igual hasta que no se firme el nuevo acuerdo.
Hola Jorgelina, hay fallos a favor de incluirlo, obviamente los empleadores no lo pagan, aunque deberían hacerlo, te recomendaría que consultes con un abogado laboral para que te asesore.
hola ignacio nuevamente jorgelina, mi empleador dice que solo entra el basico y el presentismo ya que con los acuerdos "dice" HAY UN CONFLICTO GREMIAL, de que conflicto habla??? ya que se agarra de eso y lo que me queda es empezar con las c.d. muchas gracias por responderme. Jorgelina
Hola Ignacio soy Marcos yo te quería preguntar si yo tengo un básico de $1328.19 + antigüedad $6.64 + presentimo $111.19 = $1446,02 + los ac. colec. del 04/08 al 01/10 + asig. comp. esp. ext. + asig. x hijo = $1264.43 – los desc. $281.97… total neto a cobrar $ 2379 cuanto cobraría a partir de mayo? soy empleado de comercio categoria 20 vendedor "A" desde ya muchas gracias