• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Empleados de comercio: determinación SAC Junio 2011 según acuerdo

29 junio, 2011 Por Ignacio 73 comentarios

Determinación SAC Junio 2011 según el último acuerdo de Comercio

Ya vimos en otro artículo un ejemplo de como determinar la liquidación de empleados de comercio según el último acuerdo de junio de 2011 con el 15% de aumento y el retroactivo por el mes de mayo.

Ahora veremos un pequeño ejemplo de liquidación también para el mes de junio pero en referencia a la determinación del Sueldo Anual Complementario (SAC), que tiene algunas particularidades respecto a su cálculo.

Por un lado que tenemos dos componente, las sumas remunerativas y las no remunerativas, que por su naturaleza deben realizar los cálculos por separado.

Y por otro, la proporcionalidad a los meses de mayo y junio que establece el acuerdo junio 2011 sobre la determinación del SAC sobre el aumento otorgado por este acuerdo.

Veamos, el Acuerdo Junio 2011 en su artículo Tercero: “…En el caso del sueldo anual complementario correspondiente al primer semestre del año 2011, la incidencia del cómputo de las sumas no remunerativas para este rubro será proporcional a lo devengado por los meses de mayo y junio del mismo año…”

Por lo tanto, si bien las sumas no remunerativas establecidas por el acuerdo se tendrán en cuenta para la determinación del SAC, deberá hacerse en forma proporcional por los meses de mayo y junio.

El procedimiento es sencillo, al item “Acuerdo junio 2011” y su presentismo lo dividimos por 2 para obtener el SAC. Luego, para determinar el SAC proporcional a los dos meses de Mayo y Junio, como indica el acuerdo, lo dividimos por 6 y lo multiplicamos por 2.

Si simplificamos nos queda:

SAC Proporcional Mayo-Junio
 Acuerdo Junio 2011 + presentismo ] / 6 = SAC proporcional mayo-junio sobre “Acuerdo Junio 2011”

Entonces, tomando este criterio, deberemos determinar el SAC en tres partes:

1- SAC sobre sumas remunerativas
2- SAC sobre sumas no remunerativas, y dentro de este punto:

   a. SAC sobre sumas no remunerativas “Acuerdos Anteriores”
  b. SAC sobre sumas no remunerativas “Acuerdo Junio 2011”

Ejemplo: Voy a tomar los datos de la liquidación para el sueldo del mes de junio (ver). Primero debemos armar los papeles de trabajo con el resumen de las remuneraciones del semestre:

Como vemos en la tabla, en el mes de junio se pagó el aumento del último acuerdo, pero en esos 913,30 pesos está incluido el retroactivo del mes de mayo, entonces, lo que hay que hacer, es re asignarlo al mes que corresponde, y nos quedará así:

Este procedimiento debemos realizarlo no solo con el retroactivo de mayo, sino con todas las sumas que hayan sido pagadas en un mes y correspondan a otro.

Reasignado el retroactivo, vamos a los cálculos:



1- SAC sobre sumas remunerativas:

  2.401,02 / 2 = 1.200,51

2- SAC sobre sumas no remunerativas:

a. SAC sobre sumas no remunerativas “Acuerdos Anteriores”

  705,33 + 58,78 = 764,11 / 2 = 382,05

b. SAC sobre sumas no remunerativas “Acuerdo Junio 2011”

  456,65 + 38,05 =  494,70 / 6 = 82,45

Hasta aquí la liquidación del SAC según el procedimiento establecido por el Acuerdo Junio 2011.

Ahora, muchos preguntan si es correcto liquidar el SAC sobre las sumas del último acuerdo de manera proporcional a los meses de mayo y junio.

Un procedimiento que no es nuevo, en los últimos acuerdos de comercio, a excepción del 2010, el cálculo del SAC sobre los acuerdos que no hayan sido pagados durante todo el semestre, se debían pagar de manera proporcional.

Veamos que dice la ley 23041 que determina la forma de cálculo del Sueldo Anual Complementario (SAC):

ARTICULO 1º — El sueldo anual complementario en la actividad privada, Administración Pública Central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado, será pagado sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.

Por lo que queda claro que el SAC es el 50% sobre la mejor remuneración del semestre. Existe el SAC proporcional , pero sólo corresponde en los casos en que el empleado por alguna razón no hay trabjado el semestre completo.

Lo cierto es que los acuerdos salariales entre el gremio y cámaras de comercio nos tienen acostumbrados a este tipo de cláusulas “polémicas,” por así decirlo, y que no solo se limitan a la proporcionalidad del SAC cuando no corresponde, sino que va más allá y nos complica la vida a la hora de realizar una liquidación por más simple que esta pudiera parecer.

Determinación del SAC según ley 23041 

Tomando el método que establece la ley 23041, el cálculo se simplifica un poco, ya no tendremos que hacer tres cálculos sino dos:

1- SAC sobre sumas remunerativas y 2- SAC sobre sumas no remunerativas

1- SAC sobre sumas remunerativas:

  2.401,02 / 2 = 1.200,51

2- SAC sobre sumas no remunerativas:

  705,33 +  456,65 + 96,83 =  1.258,81 / 2 = 629,40

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Aguinaldo - SAC, Casos Prácticos, Recibo de Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. juan pablo dice

    29 junio, 2011 a las 12:42 pm

    disculpas ignacio, pero el presentismo de acuerdo no remun. junio 2011 sería de $96.83/2= $48.415 y tu has puesto $38.05 o en que me estoy equivocando. Saludos…
    Juan Pablo.

    Responder
  3. Anónimo dice

    29 junio, 2011 a las 12:26 pm

    Hola..Como siempre el acuerdo salarial deja dudas hacerca del procedimiento para su liquidacion, a saber:
    Cuando se refiere que se debe considerar la escala salarial noviembre 2011, se refiere a que tomemos la escala publicada para una ANTIGUEDAD 0 (cero);o para la escala salarial que resulte considerando la antiguedad de cada trabajador, ya que ésta resulta distinta de aquella al considerar el devengamiento e incorporacion de Acuerdos Anteriores al basico.
    Soy Andres

    Responder
  4. Anónimo dice

    29 junio, 2011 a las 12:12 pm

    Ahora de todas maneras el sac proporcional al aumento dado no sería /6 por 2 meses (mayo y junio)?
    por lo cual seria 164.90$
    maria

    Responder
  5. Anónimo dice

    29 junio, 2011 a las 12:02 pm

    ignacio yo lo calcule pero con una diferencia que nose si es correcta :
    sac sobre no remunerativo acuerdo junio/2011 (705.33(456.65+456.65)/6*2)+135.56)/2 = 575.33 me da es correcto esta manera.
    muchas gracias

    Responder
  6. hernan dice

    29 junio, 2011 a las 12:02 pm

    por suerte va a ganar jebus, asi que ojala andate del pais.

    Responder
  7. Anónimo dice

    29 junio, 2011 a las 11:43 am

    quiero saber del ejemplo que diste de donde sacaste los 58,78 del acuerdo 2010 y los 38,05 del acuerdo 2011 elena

    Responder
  8. Anónimo dice

    29 junio, 2011 a las 11:26 am

    El acuerdo fue homologado? o todavía resta ese paso?
    Gracias

    Responder
  9. La banda de lordi dice

    29 junio, 2011 a las 11:19 am

    IGNACIO fijate que en el parrafo dondo explicas "el procedimiento" para calcular el SAC s/Ac. 06/2011 pusiste: dividir por 6 y multiplicar por dos. y creo que es dividir el 15%+present. por 6 o la otra manera dividir 15%+present. por 12 y multiplicar por 2.

    Saludos

    Responder
  10. Anónimo dice

    29 junio, 2011 a las 5:22 am

    Ya no se de que manera decirte GRACIAAAAASSS por el aporte!!!! 🙂
    Gabriela Galasso

    Responder
  11. Anónimo dice

    29 junio, 2011 a las 4:17 am

    Hola Ignacio te consulto hasta que fecha de julio tienen tiempo las empresas para pagar el aumento de comercio ? pagaron sin el aumento,xq argumentan que ya estaba hecha la liquidacion antes de firmarse el acuerdo , muchas gracias por responder , saludos.

    Responder
  12. Clau dice

    29 junio, 2011 a las 4:08 am

    hola Ignacio consulta: hasta que fecha tienen las empresas plazo para pagar el aumento 30/06? o principios de julio? como ya lo tenian liquidado antes que salga el decreto firmado, no me lo pagaron, gracias por responder.

    Responder
  13. Anónimo dice

    29 junio, 2011 a las 4:02 am

    No,no… perdón, perdón, está bien así, se compensa, ya que lo calculás sobre el aguinaldo entero y no sobre el medio aguinaldo; entonces ni lo dividís ni lo multiplicas. Gracias y saludos. Marcelo.

    Responder
  14. Anónimo dice

    29 junio, 2011 a las 3:54 am

    ignacio te doi ejemplo d mi recibo del mes de mayo me podrias decr que tengo k cobrar que me corresponde (mes mayo )

    remunerativos

    presentismo $ 589
    pag x antiguedad $45
    acuerdo emp $1614
    grossing up $ 111
    dia domingo $684
    ajuste domingo feriado (x unik vez )$1814
    sueldo $2289
    feriado $513

    no remunerativos

    presentismo acuerdo $82
    adic no rem ac $986
    junio_10

    total neto a cobrar =6117
    me podrias decir que voia cobrar este finde mes que em corresponde d aguinaldo y de sueldo
    gracias saludos atentamente gisela
    por favor contestame a la brevedad

    Responder
  15. Anónimo dice

    29 junio, 2011 a las 3:51 am

    Hola Ignacio, donde decis "b. SAC sobre sumas no remunerativas "Acuerdo Junio 2011" 456,65 + 38,05 = 494,70 / 6 = 82,45", me parece que estaría faltando multiplicar por dos meses (mayo y junio) según el texto del acuerdo; o entendí mal? Gracias. Marcelo.

    Responder
  16. jebus dice

    29 junio, 2011 a las 3:44 am

    K es lo minimo k tendria k ganar a fin d año¿

    Responder
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1499) AGIP (173) Aguinaldo (78) Aguinaldo - SAC (109) ANSeS (522) Aplicativos (206) ARBA (350) Asignación Universal por Hijo (246) Autónomos (122) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (261) Casos Prácticos (217) CNTA (92) Convenio Multilateral (88) coronovirus (89) Escala Salarial (188) Factura Electrónica (78) FAECYS (395) FATSA (77) Ganancias (420) Homologación Acuerdos (126) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (119) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (83) Monotributistas (172) Noticias (87) Paritarias (532) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (189) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (87) Recibo de Sueldos (209) Resoluciones (493) Sanidad (94) SEC (101) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (125) UOM (217) UTEDYC (148)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d