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Empleados de Comercio: detalles del acuerdo de revisión salarial

28 febrero, 2020 Por Ignacio 181 comentarios

Índice de Contenidos

  • Los puntos principales del acuerdo salarial
    • Incremento solidario
    • Sumas fijas acuerdo 2019/20
    • Jornada Parcial. Proporcionalidad
    • Empresas en Procedimiento de Crisis
    • Aporte a OSECAC
    • Homologación
    • Acta acuerdo
    • Calculadora
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Los principales puntos del acuerdo de revisión salarial de Empleados de Comercio.

En la tarde de ayer, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras de Comercio, firmaron finalmente el reajuste de la paritaria mercantil 2019.

El acuerdo establece el pago de sumas fijas desde el mes de febrero, pero se podrán pagar durante marzo.

Los puntos principales del acuerdo salarial

Los términos destacados del acuerdo son los siguientes:

Incremento solidario

En primer lugar, respecto al “incremento solidario” del decreto 14/2020, se acordó mantener lo establecido en el Art. 2 Inc B del mismo, que dice:

b. No deberá ser tenido en cuenta para el cálculo de ningún adicional salarial previsto en el convenio colectivo o en el contrato individual de trabajo, en tanto no sea pactado específicamente para este incremento, un criterio distinto mediante negociación colectiva.

Es decir que no se cambia este inciso y sobre el “incremento solidario” no se aplica ningún adicional de convenio.

Sumas fijas acuerdo 2019/20

En segundo lugar, se estableció un incremento salarial uniforme para los Empleados de Comercio bajo el CCT 130/75.

Dicho incremento se abonará de la siguiente forma:

Por febrero 2020: la suma de $1.000, pero que se podrán pagar durante el mes de marzo 2020.

En el mes de marzo 2020, una suma también de $1.000, que se pagará con los salarios de dicho mes, es decir los primeros días de abril.

En el mes de abril 2020, a los $1.000 de marzo se le suman otros $1.000, es decir que se pagarán $2.000 en total. Que se cobraran con los salarios de dicho mes, es decir los primeros días de mayo.

Estos $2.000 se seguirán abonando hasta que incorporen en la próxima negociación salarial (paritaria 2020).

Todas las sumas son REMUNERATIVAS.

Resumen

 Febrero 2020 Marzo 2020 Abril 2020
 $  1.000,00 $  1.000,00 $  2.000,00
 Se puede pagar
durante marzo 
 Se paga con los
haberes de marzo 
 Se paga con los
haberes de abril 

Al igual que con el “incremento solidario”, estas sumas no se tendrán en cuenta para ningún adicional de convenio.

Como se informa en el recibo

Las sumas acordadas deberán liquidarse bajo la denominación “Acuerdo 2019/20”.

Jornada Parcial. Proporcionalidad

Para los trabajadores que laboren a jornada parcial, las sumas acordadas se pagarán de manera proporcional a la jornada trabajada.

Empresas en Procedimiento de Crisis

Las empresas que se en encuentren en procedimiento de crisis, siendo este iniciado antes del 1° de abril de 2019, tendrán un tratamiento diferenciado que se deberá acordad con el gremio.

Aporte a OSECAC

Sigue vigente el aporte a OSECAC de $100.

Homologación

El acuerdo se encuentra pendiente de homologación.

Acta acuerdo

Calculadora

Está actualizada a febrero con el nuevo acuerdo aquí

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: FAECYS, Paritarias

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Comentarios

  1. -
  2. MELISA dice

    18 junio, 2020 a las 8:08 pm

    Buenas tardes .
    Estas sumas deben tenerse en cuenta para el SAC DE JUNIO?

    Responder
  3. SILVIA dice

    16 junio, 2020 a las 9:32 am

    BUENOS DÍAS!
    ESTAS SUMAS DEBEN TENERSE EN CUENTA PARA EL SAC DE JUNIO?

    Responder
  4. David dice

    1 abril, 2020 a las 1:09 pm

    Hola, mi contador dice que el mismo no esta homologado, quisiera saber si ya se homologo o donde verificarlo

    Responder
  5. Luis dice

    13 marzo, 2020 a las 6:43 pm

    Hola mas alla de todos los comentarios acertados, nadie se fija que la obra social osescan no anda bien y desde hace creo ams de 2 años estamos con el aporte solidario de $100 impuestyo por el Sr Cavallieri , a quien por dedocracia era por unica vez pero hace tiempo que esta ese descuento , Ahora que no me vengan a decir que por emergencia sanitaria y otras patrañas porque hace 2 años o mas que venimos asi con ese descuento, ami no me preguntaron si estaba de acuerdo, lo deciden ellos, muchas gracias

    Responder
    • Ferrante dice

      14 marzo, 2020 a las 8:17 pm

      No sólo eso maestro, si te fijas un recibo es una cargada, tenes entre pito y flauta un 7/8% que afana el viejo puto garca ese. Ahh pero tranquilos muchachos, es solidario. Pero también obligatorio. Me hacen cagar de risa en este país, usan los términos de lo más incongruentes. Donde carajo está lo solidario si es obligatorio.
      La posta es dejar de pertenecer al sindicato de mierda ese. Entiendo que es un pepino sentarse con cada empleador porque hay mucho garca suelto pero también es un salto de fe que debe intentar cada uno. Hay que salir de convenio, lo hice y me fue de puta madre y nunca más le di plata gratis a esta lacra.

      Responder
  6. Marcelo dice

    10 marzo, 2020 a las 5:55 pm

    Buenas tardes, a que se debe el monto no remunerativo de 800 y monedas que aparece cuando se liquida marzo en la calculadora, gracias.-

    Responder
  7. cecilia dice

    10 marzo, 2020 a las 3:26 pm

    Estimado Ignacio, buenas tardes, por favor me podes decir si en el sueldo que se cobra en el mes de abril recibiremos el 3,5% y el 4% que queda de la paritaria 2019? a eso sumarle los importes fijos últimos que han determinado (En el mes de marzo 2020, una suma de $1.000, que se pagará con los salarios de dicho mes, es decir los primeros días de abril.)

    Responder
  8. Martin Chagra dice

    6 marzo, 2020 a las 3:01 pm

    Hola Ignacio, el decreto 14/20 eran $3000 mes de Enero + $1000 mes de Febrero. Ahora en este ultimo ajuste a Comercio determinaron $1000 Feb + $1000 Mar + $2000 Marzo.
    Te consulto, quiere decir que en Febrero cobramos $2000? $1000 del 14/20 + $1000 de lo ultimo acordado?
    Muchas gracias!!

    Responder
  9. Lore dice

    6 marzo, 2020 a las 12:10 pm

    Holaa!!! Trabajo en comercio jornada completa. Aquí nosotros nos tomamos un sábado al mes libre.. obvio q se nos descuenta ese día. En caso de los 4000 del acuerdo x decreto los debería cobrar completo o Es proporcional ya q tengo un día menos trabajado!??? Gracias

    Responder
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