Cuánto se pierde de aguinaldo producto de las sumas no remunerativas de Empleados de Comercio.
Para la primera cuota del aguinaldo escribí un artículo sobre cuánto perdían los Empleados de Comercio por no tomar como base de cálculo las sumas no remunerativas.
Para la segunda cuota del aguilando que se cobra en diciembre, la situación ha cambiado para peor, de no salir un nuevo acuerdo, los empleados de comercio cobrarán de aguinaldo este mes lo mismo que en junio.
Esto es así porque las sumas no remunerativas del acuerdo, que a diciembre son el 59.5% del básico de convenio, no se toman como base de cálculo para el aguinaldo, al menos es lo que dice el acuerdo.
Tomar las sumas no remunerativas como base de cálculo no es un dato menor, si no tomanos esas sumas, el importe neto a pagar del aguinaldo se ve disminuido.
“los empleados de comercio cobrarán de aguinaldo este mes lo mismo que en junio“
Es por eso, que al igual que como hice con el aguinaldo de junio en lugar de calcular cuánto cobrarían de aguinaldo, quiero que vean cuanto perderán de aguinaldo los Empleados de Comercio, según cada categoría.
Pero antes, repasemos la cláusula sobre el Aguinaldo del último acuerdo:
“Sobre los importes que resulten del incremento pactado en el presente acuerdo – mientras mantengan su condición de No Remunerativos–, no se aplicará ningún equivalente respecto de los adicionales previstos en el CCT 130/75, a saber, presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer, ayudante de chofer, zona desfavorable ni tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario.“
Esto quiere decir que las sumas no remunerativas no se toman como base de cálculo para el aguinaldo.
En junio, recién teníamos un 18% de suma no remunerativo, en cambio en diciembre 2022 ya tenemos aplicado el sexto y último tramo de aumento, es decir el 59.5% no remunerativo sobre el básico de abril pasado.
Entonces, como no se toma esta suma como base de cálculo para el SAC y tampoco establece calcular la indecencia sobre estas, el aguinaldo a cobrar será menor.
¿Cuánto menor? hagamos el cálculo para cada una de las categorías del CCT 130/75.
En la siguiente tabla, se indica por categoría cuanto se pierde de aguinaldo neto, es decir de bolsillo porque de manera arbitraria y sin sustento legal, Empleados de Comercio, en primer lugar acuerda sumas no remunerativas y además la excluye del aguinaldo:
Categoría | No remunerativo | SAC Neto |
---|---|---|
Maestranza A | $ 51.877,25 | $ 24.512,00 |
Maestranza B | $ 52.027,40 | $ 24.582,95 |
Maestranza C | $ 52.553,53 | $ 24.831,54 |
Administración A | $ 52.440,87 | $ 24.778,32 |
Administración B | $ 52.666,52 | $ 24.884,93 |
Administración C | $ 52.891,99 | $ 24.991,46 |
Administración D | $ 53.568,61 | $ 25.311,17 |
Administración E | $ 54.132,28 | $ 25.577,50 |
Administración F | $ 54.959,22 | $ 25.968,23 |
Cajeros A | $ 52.628,74 | $ 24.867,08 |
Cajeros B | $ 52.891,97 | $ 24.991,46 |
Cajeros C | $ 53.230,27 | $ 25.151,30 |
Personal Auxiliar A | $ 52.628,74 | $ 24.867,08 |
Personal Auxiliar B | $ 53.004,62 | $ 25.044,68 |
Personal Auxiliar C | $ 54.245,06 | $ 25.630,79 |
Auxiliar Especializado A | $ 53.079,98 | $ 25.080,29 |
Auxiliar Especializado B | $ 53.756,47 | $ 25.399,93 |
Vendedor A | $ 52.628,74 | $ 24.867,08 |
Vendedor B | $ 53.756,60 | $ 25.399,99 |
Vendedor C | $ 54.132,28 | $ 25.577,50 |
Vendedor D | $ 54.959,22 | $ 25.968,23 |
En la primera columna indica la categoría, en la segunda la suma no remunerativa para cada una de esas categorías y en la tercera, el aguinaldo neto no cobrado o perdido.
El Aguinaldo está calculado como el 50% de la suma no remunerativa, menos los aportes a la obra social, al sindicato y FAECyS, que en total suman un 5.5%.
En la siguiente imagen se puede ver las dos opciones, una liquidando el aguinaldo sin tener en cuenta las sumas no remunerativas, y la segunda teniendo en cuenta la incidencia de la suma no remunerativa en el cálculo del SAC;
En este caso tomé un Empleado de Comercio Categoría Administrativo A, como se puede ver la diferencia es de $24.778, como se puede ver en la primera planilla.
¿Esta situación puede cambiar?
Si, si la FAECyS firma un acuerdo incorporando al básico de convenio las sumas no remunerativas o que se tome esta suma como base de cálculo del aguinaldo.
¿Puede el Empleados pagar el aguinaldo sobre las sumas no remunerativas?
Si, puede hacerlo si quiere, nada lo impide, algunos, pocos, empleadores lo hacen.
¿Puede el empleado reclamar el aguinaldo sobre las sumas no remunerativas?
Si, se puede hacer, las sumas no remunerativas son parte de tu salario y tenés derecho a cobrar el aguinaldo sobre esas sumas. Hay numerosos fallos en ese sentido.
Las sumas no remunerativas y el aguinaldo
Entonces ¿no tomamos las sumas no remunerativas? a mi entender si, se debería tomar ¿por qué? en un artículo anterior perfilé algunos fundamentos sobre porque entiendo que se debería pagar el aguinaldo.
Repasemos los principales argumentos:
Las sumas no remunerativas establecidas en la mayoría de los acuerdos, se apoyan en el artículo 6 de la ley 24.241, dando por sentado que las sumas son:
“de carácter excepcional, no habitual , ni regular.”
Es decir, todo lo que no son estas sumas, ya que se pagan de manera habitual y regular durante todo un año, y tiene previsto incorporarse al básico de convenio en abril 2023.
Además, este tipo de sumas vienen de acuerdo anteriores, por ejemplo en el primer semestre de este año tenemos sumas no remunerativas del acuerdo 2021 y el acuerdo salarial 2022.
Por lo tanto, estas sumas no son excepciones, son habituales y son regulares remunerativas y forman parte del salario del trabajador que se pagan en contraprestación de sus servicios dentro de un marco de contrato de trabajo.
También, cabe aclarar que que la norma citada arriba, se refiere a la base de cálculo de calculo para el SIJP.
Por otro lado, debemos mencionar el artículo 103 de la ley de Contrato de trabajo que si se refiere a que a que se considera remuneración en términos amplios:
Artículo 103. —Concepto.
“A los fines de esta ley, se entiende por remuneración la contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo.”
Como indicaba arriba, las sumas acordadas como no remunerativas se pagan como contraprestación al trabajo realizado en el marco de la paritaria salarial del sector.
Por su parte, el Ministerio de Trabajo, mediante la resolución 826/22 que homologa el acuerdo, le recuerda a los firmantes la vigencia de este artículo:
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que no obstante ello, deberán las partes tener presente lo dispuesto por el artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 2.004)
Por último, están los númerosos fallos de la justicia en el sentido de tomar las sumas no remunerativas establecidas por acuerdos o decretos, como parte del salario de trabajar, por lo tanto base de cálculo para indemnizaciones, vacaciones, horas extras, aguinaldo, etc.
Fallos que siempre hacen mención al Convenio 95 de la OIT y al ya mencionado artículo 103 LCT.
Jav dice
Bonos para grandes supermercados y para los demás afiliados de empleados de comercio no van a recibir nada… Es una risa
Beto dice
Lo único que hacen es meterles las manos a los laburantes ….ladrones !!!!
Siempre lo mismo primeros los sindicalista y tal vez después los laburantes
Una verguenza cavalleri el peor sindicato todos somos empleados de comercio nos corresponde el bono a todos y el aguinaldo se tiene que tomar con el sueldo mejor de los últimos 6 meses porque inflación hay todos los meses es injusto cobrar el aguinaldo del mes de junio
Los empleados de comercios ya pasamos a ser indigentes…..es una vergüenza…..el sindicato que tenemos deja mucho que desear…..
No solo perdemos con el aguinaldo, todos los que aspiramos a tener una mejor cobertura médica también nos vemos perjudicados, porque lo no remunerativo tampoco devenga contribuciones a la obra social, mientras las cuotas de las prepagas aumentan todos los meses, el aporte que descontamos es siempre el mismo
no es así, lo no remunerativo también forma parte tanto de aporte como de contribuciones o obra social y sindicales..
Para los que tienen obra social diferente a Comercio, el no remunerativo no se toma para el cálculo de los aportes y contribuciones.
Para la obra social comercio, si
En la empresa en la que trabajo lo hago liquidar sobre todo los conceptos y los dueños están de acuerdo. Demasiado ya perdemos con la escala salarial del último acuerdo. Todos deberían hacer lo mismo, los sueldos tal y como están caen dentro de la escala de “situación de pobreza No Indigente”. Una vergüenza. A la empresa le va muy bien…
Excelente, en mí empresa desde la pandemia facturo millones
Un asco, que miseria loco labura 10 hs al pedo nomas que bronca y sobre eso te manejan la vida como ellos quieren , ascooo me da, ni para la comida alcanza
Que se puede esperar de un sindicato tan corrupto como el que tenemos arreglan bono que ya lo daban las empresas como logros propios.
Nos roban una parte del aguinaldo y encima acuerdan por debajo de la inflación.
Juntemos firmas y vamos al sindicato de camionero para que nos represente.
Culpa de todos los inútiles que votaron al viejo
Algo ahí q hacer !!somos unos boludos bárbaros!!
Ignacio, Sobre las vacaciones si tomo lo no remunerativo? Gracias!
Encima tiene el descaro este viejo Komprado por cada gobierno que sube de Garcallieri de dar un bobo solo a los que trabajan en supermercados !!!!!!! y los otros que nos rompemos el c…. trabajando por un sueldo misero !!!!!!! ojala no llegues al 2023 Garcallieri
Es lo mismo de siempre sumas no remunerativas q no sirven para nada si no se acumula al sueldo una vergüenza hasta cuándo Cavalieri va seguir con los arreglos q solo se beneficia el y los sindicatos y nada para el trabajador
Vivo en Santiago Del Estero cobramos miseria recibo de media jornada Cuándo se trabaja 12 horas se paga miseria y el sindicato de la ciudad de la banda está vendido con Los Dueños de la empresa no cobramos Bono y no cobran aguinaldo estamos cada vez peor y cagados de hambre Y si le contaría los departamento de trabajo peor
La verdad una verguenza, pero es asi porque somos 1 millon y pico, y no salimos a la calle !!!! Como puede ser que el Gobierno de mierd…. que tenemos avale ese convenio. Mi empleador nos dijo que nos iba a dar un aumento pero como vino este 11% nos dijo que no y solo 3 mil nos dio….
Y asi ya ni ganas de trabajar tiene uno que cumple todos los dias !!!!
Algún día todos los que escriben acá se darán cuenta que mientras NO aprendan a votar serán cada vez mas pobres. No se dan cuenta que los sindicalistas son una pata del peronismo empobrecedor? Tan ignorantes pueden ser? Se quejan del Gremio y este gremio junto con otros son los que sostienen este gobierno ladrón. 80% del salario en dólares perdieron los trabajadores estos últimos años. No es Cavallieri, es el peronismo donde Cavallieri es un actor importante.
quien le va a hacer juicio a su empleador x 25000 cuando lo que falta es trabajo y te pueden dar una patada x conflictivo, sumado a que el culpable no es el empleador, eso es tirar la pelota para otro lado aca EL RESPONSABLE ES EL SINDICATO. Se supone que es el sindicato el que tiene que velar x el trabajador, no el empleador. Es una verguenza que no lo incorporen al aguinaldo, Si me hubieras dicho que de repente, este mes pasaba todo al basico, salvo este aumento de 11%,, bueno, perdes 4500 pero no es tanto como 24000. Realmente lo que habria que hacer es presentar una nota, diciendo que como no nos representa, no se paga, nada, ni la afiliacion, ni el 2% obligatorio, xq no solo quedaron en la mitad de la inflacion, sino que ademas te joden con el aguinaldo
Hola.. yo fui a la página de faecys y dónde dice contactos mandé un reclamos y le puse un poco de todo.. nose si todos reclamamos ahí por lo menos nose alomejor algo se mueven.. no lo creo ..pero bueno..