Declaración jurada conceptos no remunerativos Empleados de Comercio.
El acuerdo salarial de octubre 2020 de Empleados de Comercio, estableció el pago de una suma no remunerativa de $30.000 en 6 cuotas. Para más detalles del acuerdo salarial ver el artículo puntos destacados del aumento salarial octubre 2020.
Dado su carácter no remunerativo, estas sumas y la norma que habilita el pago de las mismas, deben ser informadas a la AFIP mediante la Declaración Jurada de No remunerativos (DJNR).
La Secretaría de Trabajo ha homologado el acuerdo mediante la resolución 1326/20, por lo que la declaración quedaría de la siguiente manera:
- Tipo de Norma: Convenio Colectivo de Trabajo
- Tipo de Convenio: Otros
- Otros Tipos de Convenio: 0130/75: CONFEDERACIÓN GENERAL EMPLEADOS DE COMERCIO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA c/ COMISIÓN COORDINADORA PATRONAL DE
- ACTIVIDADES MERCANTILES Y OTRAS.
- Jurisdicción: Nacional
- Norma Homologante: Resolución
- Organismo que emitió la norma: Secretaria de Trabajo
- Nro. de Norma: 1326
- Año de emisión de la norma: 2020
Por último, recuerden que para aquellos empleadores obligados a presentar el Libro de Sueldos Digital (LSD), no deben presentar esta Declaración.
Daniela dice
Hola Ignacio, como informar el no remunerativo de comercio por adicional de caja.
Gracias !!!