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Empleados de Comercio: ¿Cómo liquidamos 2024?

27 marzo, 2024 Por Ignacio 66 comentarios

Índice de Contenidos

  • Ahora, veamos un ejemplo de como se aplica el acuerdo, para lo cual utilizaremos los siguientes datos:
  • Básico $ 445.901,45
  • Antigüedad: $ 44.590,15
  • Asistencia y Puntualidad: $ 40,874.30
  • Suma no remunerativa enero 2024
  • Suma no remunerativa febrero 2024
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Caso Práctico: Liquidación de sueldos Empleados de Comercio marzo 2024. Nuevo acuerdo salarial.

Las negociaciones de la revisión salarial de marzo no ha culminado con los resultados esperados, llevando las conversaciones a un punto muerto. Ante esta situación, las partes han acordado continuar con las negociaciones en abril, dejando así pendiente cualquier ajuste salarial.

Esto significa que, para el mes de marzo, las liquidaciones se realizarán utilizando la misma escala salarial de febrero.

Habrá que esperar a abril, momento en el cual se espera que se resuelvan las negociaciones. Se especula sobre la posibilidad de un acuerdo que incluya un ajuste retroactivo a febrero o la inclusión de una compensación especial para cubrir el periodo en disputa.

Sin embargo, hasta el momento, no se han proporcionado detalles concretos, manteniendo en suspenso a todos los interesados.

Por lo tanto, y hasta nuevo aviso, la liquidación de sueldos de marzo mantendrá la continuidad con respecto a la de febrero, sin variaciones en la escala salarial. La incertidumbre sigue, y solo queda esperar para ver cómo se desencadenan estos eventos en el próximo mes.

Ahora, veamos un ejemplo de como se aplica el acuerdo, para lo cual utilizaremos los siguientes datos:

– Categoría: Administrativo A
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 10 años
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
– Feriado: 2 no trabajado

Cálculos de la liquidación

Básico $ 445.901,45

El básico no tiene modificaciones, es el mismo que se pagó en enero pasado, pueden ver los básicos de convenio de comercio para cada categoría.

Antigüedad: $ 44.590,15

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.

Entonces: 

445.901,45 x 10 x 1% = 44.590.15

Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $ 40,874.30

El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.

(445.901,45+ 44.590,15) / 12 = 40,874.30

Feriados

En marzo tenemos dos feriados:

  • 24 de marzo Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
  • 28 de marzo Viernes Santo Festividad Cristiana

Recordemos que el jueves santo no es feriado, es día no laborable.

    Veamos como calcularlos.

    Recordemos que los feriados nacionales son días pagos, se trabaje o no. Además, el artículo 169 de la LCT establece que “Para liquidar las remuneraciones se tomará como base de su cálculo lo dispuesto en el artículo 155.”

    El artículo 155 LCT se refiere a la forma de retribución de las vacaciones:

    “a) Tratándose de trabajos remunerados con sueldo mensual, dividiendo por veinticinco (25) el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento.“

    Por lo tanto, los feriados no trabajados se pagan en base 25, entonces:

    Primero, determinamos el valor de un día normal, para eso sumamos todos los haberes remunerativo y lo dividimos por 30:

    (445.901,45+ 44.590,15 + 40,874.30) / 30 = 17.712,20

    Pero, como indicamos arriba, los feriados son pagos, se hayan trabajado o no, pero se bajan en base 25 en vez de base 30:

    Veamos como hacer el cálculo:

    (445.901,45+ 44.590,15 + 40,874.30) / 25 = 21.254,64

    Donde $ 21.254,64 es el valor del día del Feriado no trabajado. En este caso, como son dos días lo multiplicamos por 2 y nos da $ 42.509,28

    La diferencia entre estos dos valores 21.254,64 – 17.712,20 = 3.542,44 es el plus por feriado.

    A TENER EN CUENTA: también puede ver que se liquide el plus, si restar el día en base 30. Y, otro criterio, es pagar el feriado en base 30, sin el plus.

    Sumas no remunerativa

    En marzo seguimos con las mismas sumas no remunerativas que liquidamos en febrero:

    Suma no remunerativa enero 2024

    La de enero, es el 20% sobre el básico, entonces, el cálculo sería:

    445.901,45 x 20% = 89.180,29

    Además, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

    Antigüedad sobre no remunerativo:

    89.180,29x 10 x 1% = 8.918,03

    Presentismo sobre no remunerativo:

    (89.180,29+ 8.918.03) / 12 = 8,174.86

    Estos adicionales no remunerativos, y se deberán liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

    • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Enero 20243
    • Acuerdo Enero 2024 No Remunerativo Antigüedad
    • Acuerdo Enero 2024 No Remunerativo Presentismo

    Suma no remunerativa febrero 2024

    Además, en febrero, por el nuevo acuerdo de este mes, tenemos otra suma no remunerativa, que es el 17.60% sobre el básico de convenio de enero 2024, es decir la misma base de calculo que la suma no remunerativa acordad en enero, entonces:

    445.901,45 x 17,60% = 78.478,29

    Además, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

    Antigüedad sobre no remunerativo:

    78.478,29 x 10% = 7.847,82

    Presentismo sobre no remunerativo:

    (78.478,29 + 7.847,82) / 12 = 7.193,84

    Estos adicionales no remunerativos, y se deberán liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

    • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Febrero 2024
    • Acuerdo Febrero 2024 No Remunerativo Antigüedad
    • Acuerdo Febrero 2024 No Remunerativo Presentismo

    Asimismo, atento su carácter No remunerativo, no serán contributivos a ningún efecto ni generarán aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social, con excepción de:

    – Aportes y Contribuciones a OSECAC

    – Aporte del trabajador establecido en los artículos 100 y 101 del CCT 130/75.

    Sigue vigente el aporte de $100 con destino a OSECAC, para los trabajadores afiliados a esa obra social.

    Recibo

    El recibo de sueldos, quedaría así:

    Liquidacion de sueldos marzo 2024 empleados de comercio rama general modelo de recibo paso a paso ejemplo ignacio online

    Calculadora

    Por último, ya está actualizada la Calculadora hasta marzo 2024.

    Otros temas relacionados

    • Empleados de Comercio: Claves del acuerdo salarial abril 2023
    • Escala salarial febrero 2024

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    Publicado en: Empleados de Comercio

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    Comentarios

    1. -
    2. Andrea dice

      5 abril, 2024 a las 8:51 pm

      Esta por salir el nuevo acuerdo de comercio.
      $40000 para 3/2024.
      4/2024 un 7%
      5/2024 un 8%

      Responder
    3. Pablo dice

      5 abril, 2024 a las 6:26 pm

      Qué inacción de los delegados, todos se la comen doblada con el viejo, tenemos unos representantes del orto

      Responder
    4. Florencia dice

      5 abril, 2024 a las 8:19 am

      Buen dia, yo trabajo 7 horas por dia de lunes a viernes, es decir, 35 horas semanales. Como puedo calcular mi basico para esa cantidad de horas? Porque tengo el dato de que pasando las 33hs semanales ya se considera jornada completa, pero no he leido nada oficial al respecto.

      Responder
    5. Bj dice

      5 abril, 2024 a las 7:08 am

      Me parece que arrancó el arregló de milei y garcalieri por 2 meses no hay aumento así nos pisotean del todo!

      Responder
    6. Julio Braun dice

      4 abril, 2024 a las 7:37 am

      Cómo nos caminaron!! Todo el tiempo Cavalieri diciendo que la estrategia de acuerdos mes a mes era la adecuada, y nos hizo perder un mes de inflación de 2 dígitos. Vi que alguien posteó que en teoría seguían negociando. Pero en el mientras tanto los laburantes seguimos perdiendo. y vemos cómo nuestros empleadores siguen retocando precios.

      Responder
    7. Marce dice

      3 abril, 2024 a las 2:50 pm

      De dónde sacaste q las negociaciones van a seguir en abril?? En ningún medio se habló de negociaciones de la rama general…

      Responder
      • Ariel dice

        3 abril, 2024 a las 5:15 pm

        Hoy se reunían para arreglar el aumento,de llegar a un acuerdo se liquidaria en recibo aparte

        Responder
        • Alan dice

          4 abril, 2024 a las 2:38 pm

          No encontré nada que indique que se reúnen o se van a reunir para cerrar la paritaria de este mes, me parece que Cavalieri nos cago y no hay nada , tendremos que esperar a Mayo con suerte.

          Responder
        • Maria dice

          4 abril, 2024 a las 3:32 pm

          No salió en ningún portal. No sé reunieron.
          Solo hay noticias sobre la homologación del acuerdo de febrero. Nos cagaron. Y era de esperarse porque los empresarios pidieron 120 días sin aumento de sueldo.
          No tires fake news. Porque es mentira que se reunieron
          Tengo un conocido delegado del sindicato y no hubo reuniones.

          Responder
        • María laura dice

          4 abril, 2024 a las 4:31 pm

          Mentira no se reunían nada.
          No dejaron tirados este mes
          No hubo reunión. Se veía venir después de que los empresarios pidieron que no haya aumento por 120 días.
          Tengo un u conocido delegado y no hubo reuniones aún.

          Responder
        • Carlos dice

          4 abril, 2024 a las 10:05 pm

          Buenas noches, ¿se sabe algo de eso ?

          Responder
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