Empleados de comercio: Como ingresar el adicional de $50 para afiliados y no afiliados a OSECAC.
El nuevo acuerdo de incremento salarial para empleados de comercio del 16 junio de 2010, y homologado por resolución ST 782 de fecha 28 de junio, establece en su artículo NOVENO un aporte por única vez de $50 con destino a la obra social de comercio OSECAC:
“ARTÍCULO NOVENO:
Con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del sistema solidario de salud que brinda a los empleados de comercio OSECAC, y enmarcado en la emergencia sanitaria que fuera oportunamente dictada por el Poder Legislativo Nacional y que involucra a toda la cobertura médica asistencial, se conviene que los trabajadores mercantiles encuadrados en el Convenio Colectivo 130/75 y beneficiados con el presente acuerdo realizarán un aporte, por única vez, a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles, de $ 50.- (cincuenta pesos). Dicha suma será debitada por el sector empleador del monto a percibir por cada trabajador de la suma no remunerativa acordada en el artículo primero del presente, por el mes de junio de 2010 y depositada a la orden de OSECAC.”
Al igual que en el acuerdo de abril de 2009, donde se estableció un aporte de $30 de idénticas características, existen dos formas de ingresar el pago de este aporte:
La primera, que es la que informa la Obra Social en su página web, es mediante el aplicativo SICOSS, o en Su Declaración online según el caso, para lo cual debemos ingresar a la solapa “Obra Social y LRT” y cargar los $50 en la celda de “Aporte Adicional” como se ve en el cuadro:
¿Que sucede con quienes optaron por otra obra social distinta a OSECAC?
Ahora, el problema que se plantea es si en el caso de empleados que aportan a otra obra social deben realizar el aporte a OSECAC de todos modos, y en caso de que así sea, cómo realizamos el aporte, ya que resulta imposible realizar el aporte mediante el SICOSS, porque el aplicativo no permite destinar estos $ 50.- a una obra social distinta a la que se le hacen los aportes y contribuciones al empleado.
Con respecto a la primera pregunta, mi opinión es contraria a la de la mayoritaria, que plantea que el aporte lo deben hacer todos los empleados, indistintamente de la obra obra social a la que aporten. Mi punto de vista es que no corresponde, por mas que esa sea la intención del acuerdo.
Pero como no es es la intención de este artículo, no voy profundizar en ese cuestión, por lo cual paso explicar como ingresar los $50, para quienes aportan a una obra social distinta a OSECAC:
Para realizar el aporte, en este caso debemos utilizar otra forma de ingreso, que es la misma que se utilizó con los 30 pesos del acuerdo 2009, y que es, para quienes no lo recuerdan o no liquidaban en aquella oportunidad, mediante la utilización del FORMULARIO 120/A de AFIP.
En dicho formulario se deberán completar el:
- CUIT de la empresa.
- Código de la Obra Social: 126205 (OSECAC)
- Luego en el rubro 1 que corresponde a obligaciones desde 07/1994 se deberán marcar:
- 302: Aporte de Obra Social.
- 019: DDJJ
- 019: DDJJ.
Anónimo dice
HOLA IGNACIO. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE,EN EL MES DE SEPTIEMBRE NOS TIENEN QUE DAR UN 7%,ESO SE CALCULA SOBRE EL BASICO O LO QUE COBRAMOS EN MANO.DESDE YA MUCHAS GRACIOS !!!!
DANIELA GARCIA
Hola Ignacio! muy bueno el blog!…una pregunta mi obra social no es osecac, pero estoy bajo el conv. de comercio obviamente; ¿corresponde que me retengan el 3% para la obra social de los acuerdos no remunerativos?
Gracias!!..Rodrigo
Estimados, en la pagina de OSECAC dice como realizar el aporte de los $50 Me parece que es distindo a lo que se esta comentando en el Blog
Saludos, Verónica.-
http://www.osecac.org.ar/servicios/doctos/INSTRUCTIVO%20ACUERDO%20JUNIO%202010.xls
HOLA IGNACIO MI CONSULTA ES SOBRE LAS ASIGNACIOES FAMILIARES: SE CALCULAN SOLO SOBRE LO REMUNERATIVO O SOBRE LA SUMA DE LO REMUNERATIVO MAS LO NO REMUNERATIVO? DESDE YA MUCHAS GRACIAS.
maria: en la remuneracion 4 y 8 tenes que poner la suma de lo remunerativo y de lo no remunerativo.
Hola Ignacio lei tu articulo, pero me queda una duda. En el caso de empleados cuya obra social es Osecac, al colocar el importe en el campo "adicional obra social" automaticamente deriva una parte de los 50 pesos al ANSAL, que no me parece que sea el espiritu del convenio. No seria mas conveniente depositar el total a traves de la boleta 120/A. Muchas gracias y saludos.
Ignacio: tenés alguna información sobre si van a publicar nuevas escalas salariales incluyendo mes a mes la doceava parte del importe de los acuerdos anteriores?
O esos importes que vayan pasando a remunerativos se deben liquidar en rubro separado?
Gracias.
Gracias Ignacio por el blog se aclaran muchas dudas.
Oscar
Hola a Todos .. simplemnete queria comentarles algo.Me paso lo mismo que a uno de los que comento mas arriba, que cuando hablo con OSECAC estos le dijeron que les descuente los $50 pesos a todos los empleados de comercio(sin importar obra social a la que este afiliada)y los declare en la parte de "aportes adicionales". AL igual, me dijeron que ellos despues se arreglaran entre obras sociales.
Sin embargo, luego hable con Daniel Val representante de la camara de comercio y me dijo que esa era ilogico ya que despues afronto el riesgo a que OSECAC me reclame la falta de aporte de estos $50 que pertenecen a otra obra social. Me dijo que los aportes de estos empleados lo puedo hacer mediante boleta de osecac pagada directamente en la obra social o mediante el F120 mencioando por Ignacio.
Por otro lado, respecto el Adicional 50% sobre los acuerdos nuevos que en principio se consideraba un porcentaje proporcional por los meses mayo-junio (de acuerdo a lo que se desprendia del acuerdo) y que luego ERREPAr saco un comunicado informando que ellos consideraban y entendian que no era proporcional sino correspondia el 50%, este mismo muchacho Daniel VAl me comento que no entendia porque ERREPAR saco este comunicado porque ellos en ningun momento entendian eso, sino seguian considerando que es proporcional a los meses mayo-junio este "SAC" sobre los acuerdos nuevos.
Muy bueno el Blog. Saludos. Nahuel
Hola !Quisiera preguntarte como hago en SU DECLARACION para indicar que los adicionales sufren retenciones de obra social. Es a travez de los distintos numeros de Remuneración. Busco una ayuda en la página Afip y no encuentro que incluye cada remuneración. Muchas gracias …María
Hola Ignacio, gracias por la muy buena fuente de información que es tu blog.
Ahora pregunto: al cargar los $ 50.- en adicional obra social de cada empleado, una parte va para Osecac, y otra para Anssal, eso es correcto que sea así, no debería ir todo para Osecac? Es solo una duda.
Saludos, Gabriela
Gracias Ignacio por la lectura… ahora con tu permiso le contesto a José María – Rosario: Estimado es obvio que este enmarañado es creado a drede. Como funciona? fácil, los gremialistas supuestamente están para defender a los trabajadores pero realmente los defienden? claro que no JUEGAN con las necesidades de los mismos y “NEGOCIAN” con las empresas, que son unas pocas las que les llenan los bolsillos, porque es obvio que los SINDICALISTAS comercian para si mismos y no para los trabajadores ahora bien; la necesidad de cada trabajador es el dinero. ¿que hacen estos perversos?, se lo dan… ¿como? con los acuerdos No remunerativos.. Que perjudican en muchos aspectos al empleado .. Pero se tapa y la gran mayoría no lo ve… plata en mano es plata en mano… ahora ¿INDEMNIZACIONES? JA! basadas en sueldos remunerativos completamente obsoletos, ¿jubilación? lo mismo etc. etc. Los empresarios todos contentos a la hora de despedir un empleado le sale dos monedas , todo es no remunerativo…. Ahí es donde esta la gracia del sindicalista Negociar con los empresarios (que repito son solo unos pocos) y conformar a los pobres trabajadores jugando con sus necesidades. Y de paso quien caraj…. va a poder interpretar estas liquidaciones je!. A eso le llamo yo quedar bien con dios y con el diablo .
En fin solo un aporte mas VIVA LA DEMOCRACIA!!! (Y sus efectos colaterales)
Pd. Ahora el gremio de comercio es uno de los peores (o mejores) exponentes del caso sin dudas
Saludos Cr. Pablo A.
Hola Laura, la fuente adecuada sería el sindicato, la obra social, o el Ministerio, pero no se si vas a encontrar la respuesta que querés escuchar.
Con respecto a la otra consulta, habría que ver la liquidación.
Hola Estela, no entiendo?! todo el artículo habla sobre ese tema
Hola Marianella, es que cuando se firma algo que no tiene ningún sentido, pasan estas cosas. El tema es que la intención del sindicato es que lo paguen todos, pero no tienen ninguna autoridad para exigirlo, y lo saben.
Hola Ignacio!
Dado que ví varios comentarios al respecto, quería contarles que llamé al bendito sindicato por el aporte de $50 a OSECAC y me dijeron que aunque el empleado tenga otra obra social debe hacerse igual el aporte…a unos les dicen una cosa, a otros otra… ¡¡estamos todos locos!!
Saludos
Marianella
Hola ignacio! como liquido LOS $50 adicionales de OSECAC en el F931 via web? (hablo del formulario que se realiza a traves de "Su Declaración Online " de la página de la AFIP)
gracias
Estela