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Empleados de comercio: Como ingresar el adicional de $50 OSECAC del acuerdo de junio

30 junio, 2010 Por Ignacio 86 comentarios

Empleados de comercio: Como ingresar el adicional de $50 para afiliados y no afiliados a OSECAC.

Formas de ingresar del aporte extraordinario de $50, previsto en en nuevo acuerdo junio 2010 de Empelados de Comercio. Tanto para empleados que aporten a OSECAC como para quienes aporten a otra obra social

El nuevo acuerdo de incremento salarial para empleados de comercio del 16 junio  de 2010, y homologado por resolución ST 782 de fecha 28 de junio, establece en su artículo NOVENO un aporte por única vez de $50 con destino a la obra social de comercio OSECAC:

“ARTÍCULO NOVENO:
Con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del sistema solidario de salud que brinda a los empleados de comercio OSECAC, y enmarcado en la emergencia sanitaria que fuera oportunamente dictada por el Poder Legislativo Nacional y que involucra a toda la cobertura médica asistencial, se conviene que los trabajadores mercantiles encuadrados en el Convenio Colectivo 130/75 y beneficiados con el presente acuerdo realizarán un aporte, por única vez, a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles, de $ 50.- (cincuenta pesos). Dicha suma será debitada por el sector empleador del monto a percibir por cada trabajador de la suma no remunerativa acordada en el artículo primero del presente, por el mes de junio de 2010 y depositada a la orden de OSECAC.”

Al igual que en el acuerdo de abril de 2009, donde se estableció un aporte de $30 de idénticas características, existen dos formas de ingresar el pago  de este aporte:

La primera, que es la que informa la Obra Social en su página web, es mediante el  aplicativo SICOSS, o en  Su Declaración online según el caso, para lo cual debemos ingresar a la solapa “Obra Social y LRT” y cargar los $50 en la celda de “Aporte Adicional” como se ve en el cuadro:






¿Que sucede con quienes optaron por otra obra social distinta a OSECAC?
Ahora, el problema que se plantea es si en el caso de empleados que aportan a otra obra social  deben realizar el aporte a OSECAC de todos modos, y en caso de que así sea, cómo realizamos el aporte, ya que resulta imposible realizar el aporte mediante el SICOSS, porque el aplicativo no permite destinar estos $ 50.- a una obra social distinta a la que se le hacen los aportes y contribuciones al empleado.

Con respecto a la primera pregunta, mi opinión es contraria a la de la mayoritaria, que plantea que el aporte lo deben hacer todos los empleados, indistintamente de la obra obra social a la que aporten. Mi punto de vista es que no corresponde, por mas que esa sea la intención del acuerdo.

Pero como no es es la intención de este artículo, no voy profundizar en ese cuestión,  por lo cual paso explicar como ingresar los $50, para quienes aportan a una obra social distinta a OSECAC:

Para realizar el aporte, en este caso debemos utilizar otra forma de ingreso, que es la misma que se utilizó con los 30 pesos del acuerdo 2009, y que es, para quienes no lo recuerdan o no liquidaban en aquella oportunidad, mediante la utilización del  FORMULARIO 120/A de AFIP.

En dicho formulario se deberán completar el:

  • CUIT de la empresa.
  • Código de la Obra Social: 126205 (OSECAC)
  • Luego en el rubro 1 que corresponde a obligaciones desde 07/1994 se deberán marcar:
  • 302: Aporte de Obra Social.
  • 019: DDJJ
  • 019: DDJJ.
El importe a ingresar surge de multiplicar los $50 por la cantidad de trabajadores beneficiados con el nuevo acuerdo de junio para empleados de comercio bajo el CCT 130/75. Ya que se puede utilizar para quienes estén afiliados a OSECAC como para quienes hayan optado por otra obra social.

Descargar F 120/A



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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Acuerdo Salarial junio 2010, Aportes, OSECAC, SEC

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Analia- Mar del Plata dice

    30 junio, 2010 a las 5:21 pm

    Buen día Ignacio, mi consulta es la siguiente:
    El artículo segundo del Acuerdo Junio/10 establece que a partir del devengado junio el importe de los acuerdos no remunerativos serán base de cálculo para los adicionales fijos (como por ejemplo un voluntario a cta de futuros aumentos), pero asimismo sabemos que para determinar el importe de los acuerdos se toma como base para su cálculos el basico de cada categoria más los adicionales fijos y permamentes (como lo es el voluntario a cta de futuros aumentos mencionado anteriormente). Si no entiendo mal la redacción de este artículo se me presenta una fórmula circular, es decir los adicionales fijos son base para el cálculo de Acuerdo junio 2010 y anteriores y y por otro lado éstos lo son para el cálculo de los primeros. Que criterio tenemos que aplicar?
    Desde ya muchas gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    30 junio, 2010 a las 4:01 pm

    HOLA IGNACIO MUY BUENA LA PAGINA¡ Este articulo que publicaste significa que los que no tienen osecac igual tiene que aportar los $50,00 y pagarlo traves del F 120/A. MARCOS A.

    Responder
  4. Anónimo dice

    30 junio, 2010 a las 3:28 pm

    HOLA IGNACIO Y TODA LA GENTE DEL BLOG. ESPERO PUEDAN AYUDARME CON UNA DUDA QUE TENGO: TRABAJO EN UN ESTUDIO CONTABLE Y LIQUIDO SUELDOS. EN ESTE MOMENTO ESTOY HACIENDO LOS RECIBOS DE EMPLEADOS DE COMERCIO (INCLUIDO EL MIO) Y SE PRESENTO UN DILEMA CON EL CONTADOR YA QUE EL INTERPRETA QUE EL AGUINALDO SOBRE EL ACUERDO NUEVO DEBERIA SER PRORRATEADO POR LOS DOS MESES QUE INCLUYE EL NUEVO ACUERDO, Y NO PUEDO HACERLE ENTENDER QUE EL ACUERDO DICE BIEN CLARITO QUE LOS NUEVOS IMPORTES TANTO COMO LOS ANTERIORES DEBERAN SER TENIDOS EN CUENTA PARA EL CALCULO DEL SAC. Y QUE EL SAC SE CALCULA EN BASE A LA MEJOR REMUNERACION DEL SEMESTRE, EN ESTE CASO LA DE MAYO-JUNIO INDISTINTAMENTE. QUISIERA QUE ALGUIEN ME DIGA SI ESTOY EQUIBOCADA YA QUE PARA MI ESTA BUSCANDO EXCUSAS PARA PAGAR MENOS EL, CON EL BERSO DE QUE A LOS CLIENTES (EMPLEADORES DE COERCIO) LES VA A RESULTAR UN INCREMENTO MUY ALTO. MUCHAS GRACIAS DESDE YA, Y ESPERO RESPUESTAS.

    Responder
  5. maria victoria dice

    30 junio, 2010 a las 3:25 pm

    Hola Ignacio
    Una consulta. Tengo que preparar un contrato por período de prueba a partir del 01/07.
    Como quedaría conformado el salario básico para la categoría vendedor de $ 1380.01, con la incorporación de la primer cuota de los conceptos no remunerativos.
    Gracias.
    Maria victoria

    Responder
  6. Anónimo dice

    30 junio, 2010 a las 3:20 pm

    CREO QUE ESTAN CONFUNDIDOS. CUANDO SE REALIZA EL FORM. 931 FIGURA EN EL LA OBRA SOCIAL A LA QUE APORTAMOS (EN MI CASO NO ES OSECAC) Y SI EN LA SOLAPA DE APORTES ADICIONALES PONEMOS $50 VAN A LA MISMA OBRA SOCIAL QUE VAN LOS APORTES DEL 3% DE DESCUENTO. EN RESUMEN: SI NO APORTAMOS A OSECAC TAMPOCO VAN A RESIBIR LOS $50, SINO QUE LOS VA A RESIBIR LA OBRA SOCIAL ELEJIDA. ESPERO LES SEA UTIL MI OPINION.

    Responder
  7. Ignacio dice

    30 junio, 2010 a las 2:30 pm

    Hola GABRIEL, es una buena pregunta, siguiendo lo que dicen desde el sindicto, si.
    Según mi criterio, no.

    Hola Fernanda, tienen que darle la certificación de aportes por esos 5 años, lo pueden hacer entrando con clave fiscal a la página de la AFIP.

    Responder
  8. Anónimo dice

    30 junio, 2010 a las 2:16 pm

    Soy Fernanda
    Hola Ignacio, una pregunta, no esta referida a esta nota pero no sabia donde hacertela. Una persona que trabaja en la empresa cumplio 65 años el 24/06 y nos pidio los papeles para iniciar su tramite jubilatorio. No sabemos que es lo que debemos hacer, que tipo de certificacion hacerle, ya que seguira trabajando hasta que le otorguen el beneficio (el en total no cumple con los 30 años de aportes) aca en la empresa solo hace 5 años que esta. Te agradeceria que me ayudes a ver que es lo que tenemos que darle y hacer o decirme donde puedo encontrar esa informacion y/o a quien preguntar o que leer. Desde ya Mil gracias
    Fernanda

    Responder
  9. Anónimo dice

    30 junio, 2010 a las 1:31 pm

    HOLA IGNACIO, LOS EMPLEADOS JUBILADOS QUE NO APORTAN A LA OBRA SOCIAL POR SU CONDICION, DEBEN HACER EL APORTE DE LOS 50 PESOS??
    GABRIEL

    Responder
  10. Ignacio dice

    30 junio, 2010 a las 1:22 pm

    Hola Roxy, si, así es.

    Responder
  11. Anónimo dice

    30 junio, 2010 a las 12:44 pm

    Hola Ignacio, tengi una duda: los montos no remunerativos otorgados en 2008 y 2009 se iran pasando al sueldo en 12 cuotas a partir de julio de este año? Sé que lo de ahora se pasará en 5 cuotas a partir de julio del 2011 pero no estoy segura de lo anterior. Espero tu respuesta, el blog es excelente, muchas gracias. Saludos

    Roxy

    Responder
  12. Ignacio dice

    30 junio, 2010 a las 12:37 pm

    Hola Veronica, entiendo que si, e convenio no lo aclara, pero el año pasado se dijo que era para todos los empleados igual.

    Hola ESTEBAN, no creo que sea un país de tilingos, pero si creo que es un abuso que le permite el Ministerio de Trabajo.

    Hola Horacio, comparto, el perimer perjudicado es el empleado, y el segundo, el mismo estado.

    Responder
  13. Anónimo dice

    30 junio, 2010 a las 12:16 pm

    estos acuerdos no remunerativos solo tienen por objeto mejorar los ingresos del sindicato y la obra social de comercio.

    los aumentos que se dieron del 15% en mayo solo son el minimo de lo que deberia hacer este gremio, asi que no son ningun logro.

    saludos,
    horacio

    Responder
  14. Anónimo dice

    30 junio, 2010 a las 11:57 am

    OSECAC !, ENCIMA DE TODO LO QUE COBRAN :

    CONSULTA: $ 4
    ANALISIS: $ 5
    ECOGRAFIAS: $10
    ETC ETC
    NOS SACAN $ 50 ???
    Y NI HABLAR DE LA DEMORA EN DAR LOS TURNOS, DESPUES DE ESTAR A VECES 1 HORA ESPERANDO QUE RESPONDA ALGUIEN Y NOS DE UN TURNO, NOS DICEN QUE RECIEN PARA DENTRO DE 3 MESES TIENEN DISPONIBILIDAD.

    UNA VERDADERA VERGUENZA, CADA CONTROL ANUAL ME LLEVA 4 MESES

    Y ADEMAS PRETENDEN QUE LOS QUE TUVIERON LA SUERTE DE OPTAR POR OTRA OBRA SOCIAL TAMBIEN APORTEN?

    YO ME PREGUNTO SI ALGUIEN NECESITA UNA URGENCIA QUE PASA?

    UNA OBRA SOCIAL PARA DENUNCIAR !!!

    Responder
  15. ESTEBAN dice

    30 junio, 2010 a las 11:17 am

    ESTE ES UN PAIS DE TILINGOS COMO PUEDEN OBLIGAR A UN TRABAJADOR QUE NO PERTENECE A LA OBRA SOCIAL OSECAC A APORTAR A LA MISMA, CUANDO EL MISMO SE ENCUENTRA AFILIADO A OTRA, COMO PUEDEN OBLIGARNOS A HACER APORTES A DOS OBRAS SOCIALES. EL MINISTERIO DE TRABAJO ES COMPLICE DE ESTE ATROPELLO A LOS INTERESES PATRIMONIALES DE LOS TRABAJADORES AL HOMOLOGAR SEMENJANTE DESPROPOSITO.

    Responder
  16. Anónimo dice

    30 junio, 2010 a las 4:04 am

    Hola Ignacio, te hago una consulta el empleado que trabaja media jornada, se le descuenta los 50 pesos o es proporcional… Muchisimas gracias!!! Veronica

    Responder
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